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Ampliación Tarifa Plana para autónomos de Madrid y otras ayudas

La capital de España ha ampliado la tarifa plana para autónomos de la Comunidad de Madrid pasando de 12 a 24 meses y ha puesto en marcha subvenciones para autónomos. Si quieres crear una empresa en Madrid, este es un buen momento. Eso sí, déjate acompañar por especialistas. 

¿Qué es la ampliación de la Tarifa plana de autónomos en Madrid?

La ampliación de la tarifa plana para autónomos de Madrid, consiste en una ayuda por la que te devuelven una parte de las cuotas de autónomo abonadas en el segundo año de actividad, si te habías beneficiado de la tarifa plana estatal en el primero.

Aparte de la ampliación de la tarifa plana para autónomos de Madrid, los madrileños pueden optar por una ayuda de hasta 4.500 euros para poder pagar los primeros gastos del proyecto, acceso a crédito y financiación. Se ha lanzado también el programa llamado Re-emprende que ayuda a aquellos autónomos que hayan agotado la prestación por cese de actividad con unos 450 euros durante seis meses y para aquellos autónomos que estén en problemas para sacar adelante su empresa se ha creado SOS Empresas.

Requisitos para la ampliación de Tarifa plana de Madrid

Estos son los requisitos para poder acceder a la bonificación de las cuotas en el segundo año de actividad a través de la tarifa plana en la Comunidad de Madrid.

  • Debes haber sido beneficiario de la tarifa plana estatal durante tu primer año de actividad.
  • Tienes que tener en cuenta que durante los 12 meses debes mantener las mismas condiciones que dieron lugar a la reducción inicial de la cuota del RETA.
  • Es muy importante que no tengas ningún tipo de deuda con la Agencia Tributaria, y también debes estar al corriente de las obligaciones con la Comunidad de Madrid y con la Seguridad Social.
  • Y, por supuesto, debes realizar tu actividad comercial en la comunidad de Madrid, ya que es la que abona la presente ayuda.

¿Cómo funciona la ampliación de la tarifa plana en los autónomos madrileños?

La tarifa plana estatal se basaba en una bonificación por la que en los primeros doce meses de actividad pagas alrededor de 60€ mensuales en concepto de cuota a la Seguridad Social (desde 2023 se llama cuota reducida y subió a 80€), pero en los doce meses siguientes pagarás:

  • 1º tramo: En los seis meses siguientes de actividad, del mes 13º al 18º, se aplica el 50% de reducción sobre las bases de cotización y tipos vigentes.
  • 2º tramo: En los últimos 6 meses de vigencia, desde el mes 19º al 24º en los que se aplica un 30% de reducción en la cuota.

Pues bien, la medida de la Comunidad de Madrid se basa en devolver a los autónomos el importe pagado durante el segundo año de actividad que exceda los 60€ mensuales, de forma que el coste total de Seguridad Social para el autónomo en el segundo año sea el mismo que en el primero.

👨‍🏫 Una vez la Comunidad de Madrid estudie el caso y se conceda es cuando se procederá a la devolución del dinero que se ha pagado de más desde el primer mes hasta el último mes de este periodo de 12 meses.

Otras ayudas para los autónomos de Madrid

Además de la ampliación de la tarifa plana madrileña, en el siguiente enlace tienes a tu disposición las ayudas actuales para los autónomos de la Comunidad de Madrid.

Te adelanto algunas de ellas.

Subvenciones para desempleados de la Comunidad de Madrid que se den de alta como autónomos

Ya que hablamos de abaratar los costes de a la hora de darse de alta como autónomo en Madrid, terminemos con un último apunte. Para generar interés en torno a esta alternativa laboral, el Gobierno Regional de la Comunidad puso en marcha una iniciativa de ayudas destinadas a personas paradas que decidan impulsar su carrera profesional mediante la puesta en marcha de un proyecto empresarial como autónomos.

Para los jóvenes que no tengan trabajo menores 30 años, mujeres desempleadas y para los mayores de 45 años en la misma situación. También entran dentro desempleados de larga duración (inscritos en el paro durante al menos doce meses de los últimos dieciocho meses), mujeres víctimas de violencia de género, víctimas de terrorismo y personas discapacitadas un 33% o superior. El importe máximo de la ayuda será de 3.080€ y el mínimo 750€.

Para el resto de desempleados la cuantía máxima subvencionable es de 2.500€ y la mínima de 750€.

La convocatoria está abierta de forma permanente, así que podrás acceder a la ayuda durante todo el año.

Estas subvenciones sirven para cubrir gastos tales como:

  • Gastos de notarios, registradores, letrados y asesores para poder poner en marcha tu negocio.
  • El registro de tu marca y/o patente.
  • Tasas de la inspección sanitaria y, si te hicieran falta, las licencias urbanísticas.
  • El alquiler de tu propio local, espacios de coworking o viveros de empresas privados.
  • El desarrollo de la página web de tu negocio u otras aplicaciones que quieras lanzar.
  • Gastos del Servicio Obligatorio de Prevención para los autónomos que contraten al primer trabajador.
  • Gastos de la adquisición de licencias de programas informáticos que necesites para tu empresa.
  • Desembolso para cumplir con la normativa LOPD (Ley Orgánica de protección de datos).
  • Gastos de la publicidad y/o propaganda que realices de tu negocio.
  • Cuotas de tu colegio profesional si estás colegiado.
  • Facturas de agua, luz, internet…

Vale, cumples con todos los requisitos y te dan la subvención

Ahora debes tener en cuenta que para que no tengas que devolver la subvención es imprescindible estar dado de alta como autónomo durante dos años y comunicar al órgano gestor cualquier variación que se produzca en relación a tu alta como trabajador por cuenta propia.

Lo mejor de estas subvenciones que está concediendo la Comunidad de Madrid es que puedes compatibilizarlas con la tarifa plana estatal y con la ampliación de la Comunidad de Madrid.

Programa Impulsa para autónomos en dificultades

Si tu negocio está pasando por un mal momento puedes obtener una ayuda de la Comunidad de Madrid ha sacado el programa mencionado anteriormente para echaros un cable. Esta ayuda la pueden solicitar aquellos trabajadores que estén dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, incluyendo también a socios de cooperativas, de sociedades laborales y de sociedades mercantiles. Es imprescindible cumplir los requisitos que se han establecido en las bases reguladoras y debes disponer de un local físico.

Requisitos Programa Impulsa Madrid

Como ya habréis adivinado, y como toda ayuda que venga del estado, tiene una serie de requisitos que te detallo a continuación:

  • Tener un local físico en la Comunidad de Madrid.
  • Que en tu negocio haya pasado algunas de estas dos cosas:
  • Ejecución de obras por parte de la administración pública con una duración mayor a seis meses, con la cual se haya obstaculizado el acceso y/o la visibilidad de tu negocio tanto de forma peatonal como en vehículo. La distancia máxima a la que se debe haber ejecutado la obra es de 50 metros desde la entrada de tu local.
  • Haber sufrido cualquier tipo de catástrofe natural o siniestro fortuito con la consecuencia de cerrar el local y suspender la actividad del mismo temporalmente.
  • Debes de poseer una antigüedad mínima como autónomo de doce meses.
  • Por supuesto estar al corriente de tus obligaciones tributarias tanto con la Administración del Estado, como con la Comunidad de Madrid y con la Seguridad Social.
  • Tu actividad debe desarrollarse dentro de la propia Comunidad de Madrid.

Plazo de solicitud Programa Impulsa Madrid

Debes presentar la solicitud con un plazo de tres meses desde que se cumplan los requisitos anteriormente mencionados y sólo se puede presentar una solicitud por solicitante.

Esta ayuda es totalmente compatible con la Ampliación de tarifa plana de autónomos antes tratada.

Pago único de la prestación contributiva

Pues si quiere darse de alta como autónomo en Madrid y tienes derecho a paro durante un tiempo puedes pedir que te hagan un único pago. Esta medida es incompatible con aquellas personas que estén recibiendo un subsidio, RAI (Renta Activa de Inserción) o cualquier tipo de prestación asistencial.

Para poder optar a este pago único debes haber terminado tu relación laboral por cuenta ajena, tener derecho a una prestación mínima de desempleo de tres meses, no haber recibido este pago durante los cuatros años anteriores y no haberte beneficiado de la compatibilización del trabajo por cuenta propia y la prestación por desempleo durante los 2 años anteriores.

Es super importante que pidas el pago único antes de darte de alta cómo autónomo. Para aquellos que estéis pensando en esta ayuda y queráis incorporaros a una sociedad mercantil, cooperativa, sociedad laboral o iniciar vuestra actividad como autónomo individualsociedad civil o a través de una comunidad de bienes podéis poneros en contacto con los asesores de Ayuda T Pymes.

Re-emprende: segunda oportunidad para los autónomos

Dicen que las segundas partes no son buenas, pero ya te digo yo que eso depende de muchos factores y la Comunidad de Madrid lo sabe bien, por lo que ha sacado una ayuda para aquellos que hayan agotado la prestación por Cese de Actividad. Se les otorga una ayuda de hasta 18 meses.

El programa dispone de 2 fases:

Primera fase: una ayuda de 420€, sube a 450€ para aquellos que tengan cargas familiares, durante los 6 primeros meses posteriores al cese de actividad. Para beneficiarte de esta ayuda debes participar en un itinerario de re-emprendimiento para asesorarte y formarte para que vuelvas al mercado.

Segunda fase: si después de esos 6 meses decides pegar el salto de nuevo y tramitar el alta como autónomo, tendrás una ayuda durante los primeros 12 meses de actividad, ésta consistirá en subvencionar parte de las cuotas de autónomo, recibiendo aproximadamente 200€ mensuales.

Esta ayuda solamente es compatible con el Programa de ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia.

Como ves, hay mucho más además de la ampliación de la tarifa plana de los autónomos en la Comunidad de Madrid. Es una zona de España que brinda muchísimo apoyo a los emprendedores y debes aprovecharlo a la mínima oportunidad que se te presente.

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • Antonio dice:

    Hola, en el 2021 he cobrada la subvención de la comunidad de Madrid de la ampliación de la tarifa plana, a la hora de hacer la declaración del IRPF tengo la duda de si hay que incluirla, y en el caso afirmativo si se computa como ganancia patrimonial o se pone como subvención corriente.
    Muchas gracias

    • GesTron dice:

      Hola Antonio, esta ayuda percibida tiene la calificación de rendimientos de actividades económicas, por lo que iría dentro de los ingresos de la actividad económica, concretamente, en la página 8 de la declaración de la renta de 2021.

  • Simone dice:

    Hola soy autónomo y tengo una tienda online, que por falta de dinero he puesto en mantenimiento. He tenido ayuda de la tarifa plana los primeros 12 meses, y como me dijeron un mes antes de caducar los 12 meses he solicitado 12 meses más ósea la ampliación de la tarifa plana a la comunidad de Madrid. Han pasado 10 meses y todavía no me han dado nada. No se que hacer.

    • GesTron dice:

      Hola, Simone. Los compañeros que se encargan del alta de autónomos son los que mejor controlan los trámites relacionados con la tarifa plana, sobre todo si se trata de las peculiaridades de cada comunidad en base a las competencias que les delegó el gobierno. Deja tus datos en el enlace que te mostramos para que se pongan en contacto contigo y te echen un cable 🙂

  • Noelia dice:

    Buenos días,
    Si me di de alta de autónoma en Cataluña en febrero 2019 y ahora trabajo en madrid, puedo beneficiarme de la tarifa plana de 24 meses al hacer el cambio de comunidad? cómo debo proceder para ellos?
    Gracias!

  • Sara dice:

    Hola buenas tardes
    yo estoy trabajando pero me ha salido un segundo trabajo pero tengo que ser autónomo. ¿Podría beneficiarme de la tarifa plana? y la otra pregunta que tengo.

    Mi Marido es discapacitado y trabaja por cuenta ajena, estuvo dado de alta como autónomo hace unos años, ¿podría beneficiarse de la tarifa plana? Es para sacarnos un dinero extra, no es una actividad a tiempo completo ni nada por el estilo.

    gracias

  • Marta dice:

    Buenos días:
    Estuve dada de alta durante dos años de junio del 2016 a junio del 2018 y recibí la ayuda estatal y de la comunidad de Madrid durante ese periodo. Después he tenido contrato, pero ahora me voy a quedar sin trabajo y estaba pensando en darme de alta cómo autónomo otra vez en enero. ¿Podría pedir alguna ayuda? Si es así ¿cual? ¿Cuánto tendría que pagar al mes de autónomos? Espero su respuesta. Muchas gracias. Un saludo,

  • Cristina dice:

    Hola estoy pagando la tarifa plana y cobrando el paro durante 9 meses. una vez transcurrido este plazo en el que ya no tendré paro que tengo que hacer para seguir con la tarifa plana hasta los 2 años? o automáticamente ya me beneficiaré de ella sin hacer nada?

    Muchas gracias

    • GesTron dice:

      Hola Cristina,
      La ampliación de la tarifa plana a 24 meses es para la Comunidad de Madrid, para poder acceder a la ampliación tarifa plana, los trabajadores autónomos que decidan desarrollar actividad por su cuenta en Madrid deben cumplir prácticamente las mismas condiciones de quienes ya se benefician de la bonificación.
      Es decir, las personas que accedan a esta reducción de su cuota deben llevar al día sus obligaciones fiscales, no tener deudas con Hacienda o la Seguridad Social, estar inscrito en el RETA y mantener los requisitos que posibilitaron beneficiarse de la tarifa plana durante, al menos, 12 meses.
      Saludos.

  • CECILIA dice:

    Hola Buenas Tardes, padre se ha dado de alta como autónomo y ha solicitado la bonificacion. Todavía no le han contestado y le han cobrado 278,78 , esto significa que no le han reconocido la bonificacion o pueden que pague durante unos meses y si se lo reconocen luego le devolverán el dinero.
    Un sal

    • GesTron dice:

      Buenos días Cecilia,
      La »tarifa plana» por retomar la actividad después de la baja por maternidad es solo para las madres, no para los padres.
      Un saludo.

  • Ela dice:

    Buenas tardes!
    Llevo como autónoma TRADE desde noviembre del 2017. Llevo ya unos 5 meses pagando los 130€ aprox. Habría la posibilidad de que ahora que han ampliado el tiempo para la tarifa plana, me devuelvan algo o yo ya no tengo derecho a ella?

  • Luis D dice:

    Hola Gestron, Estoy empadronado en Madrid y la última vez que me di de baja como autónomo fue en Julio de 2016, después he estado en una cooperativa hasta junio de 2018.
    Puedo optar a la tarifa plana de 50€ si me doy de alta como autónomo en Septiembre de 2018?
    Muchas gracias!!

    • GesTron dice:

      Hola Luis,

      Pues a ver si no te dan problemas. Yo no abogo nunca por cooperativas de trabajo autónomo por ese mismo motivo. Si cuenta como trabajo asalariado y han cotizado pro ti, perfecto. Si sólo le has pasado las facturas, puede que incluso tengas que darte de alta con carácter retroactivo..

  • Veatriz dice:

    Hola puedo darme alta de Autónomo y disfrutar de la tarifa de 50 euros y darme de baja a los 2 meses y luego darme de alta 2 meses después? Y tener el mismo beneficio?

    • GesTron dice:

      Hola 🙂

      Sí puedes beneficiarte al principio, pero al darte de baja perderías el acceso a la bonificación. Es decir, para ahorrarte 100 euros de esos dos meses y pagar luego 280 casi, no te merece la pena cursar la baja.

  • diana dice:

    también me interesaría rotular el coche, hacerme una web y una cuña de radio, podría meter todos estos gastos en la subvencion de 3000 euros? cuando se hace efectiva esa subvencion ?

  • diana dice:

    hola soy parada de larga duración , resido en Madrid y estaba valorando darme de alta de autónomos, tendría tarifa plana 24meses? mi otra pregunta es si en la subvencion de gastos de empresa puedo meter un coche de segunda mano, necesito desplazarme par arealizar mi trabajo

    • GesTron dice:

      Buenas Diana,
      Podrías beneficiarte de la Tarifa Plana sin problemas al darte de alta como autónomos. Lo del coche podría entrar dentro de los gastos subvencionables, pero es competencia del ayuntamiento de Madrid decidirlo.

      En cuanto a si se trata de gastos deducibles o no, ten en cuenta que el vehículo debe ser afecto a la actividad y no ser empleado en temas personales.

      Las subvenciones pueden tardar varios meses en concederse y también en recibirlas.

      Un saludo

    • Tamara dice:

      Después de disfrutar de los 12 meses de la tarifa plana estatal y los 12 de la comunidad de Madrid (pagando 50€), cuanto se debería pagar como autónomo??? Los 140€ y va aumentando progresivamente o ya los 280? Un saludo y gracias de antemano

  • Agustin dice:

    Esta subvención tributa en el IRPF declaracion de la renta 2017?
    Si es afirmativo como hay que declararlo, como rendimientos de actividades económicas ?
    gracias

    • GesTron dice:

      Hola Agustín,

      Se refleja no la bonificación, sino lo que pagas en cuota. Si realizas una actividad como autónomo, en rendimientos de actividad económica. Si eres administrador de una sociedad y recibes nómina, en rendimientos del trabajo.

  • ALFENOR dice:

    Tengo una duda:
    Esta ayuda/subvencion tributará en la declaracion de la renta del ejercicio en el que se cobre?? Como habria que declararla??

    • GesTron dice:

      Hola Alfenor,

      Las cuotas de autónomo son deducibles en tu declaración, en las liquidaciones trimestrales de IRPF o la declaración anual, en concepto de cuota de la Seguridad Social. Va en gastos de Seguridad Social, te pone entre paréntesis incluidas las cotizaciones del autónomo, en el rendimiento de actividades económicas.

      Como te bonifican parte del coste de la cuota, tendrías que reflejar como cuota el importe efectivo que abonas y listo.

      En caso de que se te apliquen bonificaciones como las vigentes en la Comunidad de Madrid, que amplían la tarifa plana y dejas de pagarlo tú como contribuyente porque se hace cargo el propio organismo, eres tú quien debe informar expresamente.

      En ese caso, al principio del proceso de presentación te dice “tienes tal subvención, ¿la quieres incorporar?”. Di que sí y listo. Así se refleja sólo en la casilla correspondiente.

      Un saludo

  • GesTron dice:

    Gracias a ti por leer el artículo, Paula 🙂

  • Luia dice:

    Tengo que darme de alta proximemente de autónomo, la próxima semana, y mi negocio es en internet. Resido fuera de Madrid,…..¿me podría dar de alta en Madrid para acceder a las ayudas?
    Gracias

  • Sergio Caballero dice:

    Hola, me preguntaba si se puede dar de alta la actividad en Madrid aunque se esté empadronado en otra provincia. El negocio que voy a comenzar es de tipo online por lo que no voy a necesitar ningún local físico para desempeñarlo.

    Gracias por su respuesta.

  • Roberto dice:

    Hola Gestron! Para Andalucía hay algún tipo de ayuda o beneficio para nuevos autónomos? O nos tenemos que conformar con los 6 meses a 60€… gracias!!

    • GesTron dice:

      Hola Roberto 🙂
      En principio nosotros nos quedamos con los 6 meses a 50 pavos, hasta que amplíen a 12 meses con la aplicación de la Nueva Ley de Autónomos…

  • Jose dice:

    Vivo madrid si me doy de alta ahora en octubre por primera vez autonomo que m beneficiaria solo los 6 meses o dos años o me recomienda que me de de alta en enero

    • GesTron dice:

      Hola Jose,
      En la anterior ampliación en tu Comunidad Autónoma esta medida tuvo carácter retroactivo. No sé si volverá a pasar lo mismo y te la puedan conceder aun estando dado de alta desde ya…

  • Mª Carmen González dice:

    Ah, me olvidaba decirte que somos de Madrid.
    Para que me informes también sobre la tarifa plana. Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Mª Carmen

      Lo mejor es que veáis primero como os va yendo en el negocio, darse de alta como autónomo del tirón sin saber si vas a generar lo suficiente para superar el SMI (requisito junto al factor de continuidad para darse de alta como autónomo, es decir, no tendrías más remedio si fueras a desarrollar la actividad por cuenta propia de forma prolongada en el tiempo y con unos ingresos superiores al Salario Mínimo interprofesional). ¿Por qué? Porque una vez te des de alta solicitando una bonificación, si en un par de meses te das cuenta de que el tema va mal y que no compensa afrontar los gastos de cuota en seguridad social y todo lo demás, si en adelante quisieras emprender otro proyecto diferente como autónoma, normalmente, a no ser que hubieran pasado 5 años de baja en el RETA, no podrías volver a solicitar otra bonificación.

      Lo mejor desde mi punto de vista es que te contratara, ya que si no dependes económicamente de tu hija y no vives con ella no tienes porqué (ni podrías en teoría) darte de alta como autónoma colaboradora, aunque eso ya depende de vuestro caso en concreto. Si decides darte de alta como autónoma normal, en Madrid existe la tarifa plana de 50 euros para autónomos durante 18 meses, los requisitos son, entre otros, ser autónomo (no colaborador) de nuevo alta y no haber solicitado ninguna otra bonificación.

      Saludos 🙂

  • Mª Carmen González dice:

    o como autónoma y facturo a mi hija por el trabajo que le haga?
    Muchas gracias por tu respuesta
    Carmen

  • Mª Carmen González dice:

    Hola, te escribo porque estoy hecha un lio, no sé que hacer, tengo 55 años, soy parada de larga duración, no cobro ningún tipo de ayuda ni subsidio y tengo una hija con un negocio y necesita ayuda que yo le puedo dar. Pero la pregunta es ¿cómo es mejor, que yo me dé de alta como autónoma colaborador

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