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¿Cuánto cuesta ser autónomo en España?

Es la pregunta del millón. Lo que todo interesado en hacerse autónomo se pregunta en cuanto se le pasa por la cabeza la idea montar su propio negocio. ¿Cuánto cuesta ser autónomo? ¿Es realmente caro, o todo el mundo exagera?

Vamos a descubrirlo.

¿Cuánto cuesta darse de alta como autónomo?

Lo primero es lo primero: inscribirse en el censo de empresarios de Hacienda y darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social.

Muchos piensan que tiene un precio o que está sujeto a tasas para autónomos, pero no.

👩‍🏫 ¿Cuánto cuesta hacerse autónomo? Darse de alta como autónomo es 100% gratis. Ser autónomo ya es otro cantar.

Aunque claro, hay pequeñas trampas. Como la necesidad de solicitar las bonificaciones en el momento de darse de alta como autónomo si quieres pagar menos cuota o las dificultades que puedan presentarse si se ha estado facturando con anterioridad.

En este momento, lo que puede salirte realmente caro es no rellenar correctamente el alta, o no marcar alguna opción que te interesa.

Puedes quitarte de problemas con el equipo de Ayuda T Pymes. Ellos te dan de alta gratis contratando el servicio de asesoría, y te preguntarán todo lo necesario para que consigas el máximo beneficio. No esperes que la ayuda de Hacienda con esto salvo que tengas mucha suerte.

¡En definitiva! Darse de alta como autónomo no cuesta nada. Puedes pedir ayuda a un conocido, hacerlo por ti mismo o dejar que mi asesoría lo haga por ti. ¡Tú eliges!

¿Cuánto paga un autónomo al mes?

En una empresa hay costes fijos y variables. Como autónomo también vas a tener ambos tipos de costes.

Cuánto paga un autónomo al mes de cuota

El coste fijo que soporta el 100% de los autónomos es la cuota de autónomo. La famosa y criticada cuota que se lleva desde 225 euros de tu bolsillo cada mes (con la base mínima dentro del tramo 1), salvo que estés recibiendo alguna bonificación como las que puedes ver en este artículo.

Cuánto paga un autónomo en 2024

Por lo tanto, ganes lo que ganes mes a mes, tendrás que pagar esta cuota. ¿Y cuál es la cuantía exacta? Depende de qué tipo de autónomo seas, de lo que factures y de las bonificaciones que recibas.

Cuota mensual de los autónomos en España

El precio mensual de ser autónomo puede variar según cada caso:

  • Beneficiario de la tarifa plana antes del 2023: 143,13 euros (13 al 18 mes) 200 euros (del 19 al 24 mes). Además si eres mujer autónoma menor de 35 años un hombre menor de 30, del mes 25 al 36 otros 200 euros.
  • Beneficiario de la cuota reducida desde 2023: durante 2024, y en adelante, el importe será de 80 euros durante los 12 primeros meses de actividad, y se prorrogará 12 meses más si al concluir este periodo sigues sin superar el salario mínimo interprofesional.
  • Cuota cero: algunas comunidades autónomas devuelven el importe pagado el primer año de los nuevos autónomos acogidos a la cuota reducida.
  • Autónomo sin bonificaciones: en este caso dependerá bastante de tu nivel de facturación debido al nuevo sistema por tramos que ha entrado este año. La cuota podrá ir de 225 euros para autónomos con ingresos inferiores al SMI, hasta los 530 euros para aquellos suertudos que facturen a partir de 6000 euros. Y con la base máxima, 1.267€.
  • Autónomo societario: 310 euros al mes, produciéndose una mejora respecto a los 377,87 euros que pagaban antes de 2023.
  • Autónomo colaborador: debido a que estos trabajan sin declarar sus ingresos, ya que esta función corre a cuenta de la persona autónoma a cargo del negocio, los autónomos colaboradores tendrán una base mínima de cotización de 1000 euros y una cuota mensual de 313 euros sin acogerse a bonificaciones.

👩‍🏫 Si te das de alta lo normal es que puedas acceder a la cuota reducida, por lo que puedes ir haciéndote a la idea de que como mínimo tendrás unos gastos fijos como autónomo de casi mil euros durante el primer año.

El MEI se añade a la cuota

Desde 2023 existe un impuesto progresivo que se suma a la cuota de los autónomos: el MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional).

En 2024 es de un 0,70%, y supone pocos euros más a la cifra resultante de la cuota reflejada en cada uno de los 15 tramos, o de la cuota reducida.

Este impuesto se incrementa cada año hasta el ejercicio fiscal 2029.

Impuestos: el coste variable

Y aquí vienen los costes variables: el IVA y el IRPF. Los dos famosos impuestos que persiguen al autónomo y convierten su facturación en unos ingresos mucho menores.

Vayamos por partes.

IVA: el dinero que nunca fue tuyo

El IVA es dinero que nunca debes considerar tuyo. Es un impuesto que grava la venta de productos y servicios y que va directo hacia el Gobierno, por lo que tú nunca vas a ver nada de ese dinero aunque esté en tu cuenta. Lo liquidas cada 3 meses y «te lo quitas de encima».

Existen diferentes tipos, pero lo más común es que tengas que tributar por el IVA general que es del 21%. Por lo tanto, la mayoría de ingresos y costes que tengas incluirán este impuesto salvo que la actividad económica esté exenta de IVA.

Realmente el IVA no se debería considerar un coste como tal, ya que al fin y al cabo lo único que haces cada 3 meses en la declaración es devolver la diferencia entre lo que te han pagado y lo que has cobrado realmente, sin contar con el importe sujeto al tributo.

En resumen, tendrás que pagar cada 3 meses el resultado de la siguiente fórmula:

IVA a pagar = IVA devengado (cobrado) – IVA soportado (pagado)

Y si pagas más IVA del que has cobrado no tendrás que pagar nada, aunque eso no es lo más habitual. Puedes pedir que te lo devuelvan al final del ejercicio, pero ya te aviso que suele acarrear una inspección en los seis meses siguientes (justamente por su rareza).

Existe un caso en el que no hay que hacer declaraciones trimestrales de IVA, y en el cual el IVA que pagas por los productos es superior al tipo general del 21%: si debes pagar el recargo de equivalencia.

IRPF: el porcentaje de tus ingresos que se va

El otro impuesto es el archiconocido IRPF, que funciona de manera distinta al IVA y cuyo funcionamiento no es tan conocido. También tendrás que liquidarlo cada 3 meses y pasar por caja al igual que hiciste con la declaración trimestral de IVA, salvo que seas autónomo por módulos.

¿Y cómo funciona este impuesto? Pues siguiendo otra fórmula bastante simple:

IRPF a pagar = (Ingresos – gastos) x retención correspondiente (0,07 – 0,15 – 0,19 – …)

El primer detalle importante de esta fórmula es que los ingresos y gastos no incluyen el IVA. Es decir, debes coger la base imponible de tus ingresos (ingresos sin IVA) y restarle los gastos sin IVA.

Vale, ¿y qué es eso de la retención correspondiente y por qué hay diferentes porcentajes? Porque dependiendo de tu situación tendrás que pagar más o menos IRPF.

👨‍🏫 No paga lo mismo un autónomo profesional recién dado de alta que uno que lleva años o que un trabajador autónomo corriente.

Os pondré un ejemplo de a quién corresponden los diferentes porcentajes de retención:

  • Autónomo profesional con menos de 3 años de antigüedad: 7%.
  • Autónomo profesional con más de 3 años de antigüedad: 15%.
  • Trabajador autónomo no profesional: 20% que deberá presentar trimestralmente a través del modelo 130.

¿Más de un 70% de tus ingresos tienen retención? Entonces puedes «saltarte» la declaración trimestral de IRPF si eres autónomo profesional, evitando así tener que presentar el modelo 130.

Otros gastos de un autónomo

Los impuestos y la cuota son los gastos que comparten el 100% de los autónomos, pero aparte de estos gastos hay otros muchos habituales. Enumeraré algunos de ellos:

  • Asesoría/gestoría: este gasto casi que lo debería incluir en los gastos fijos, ya que muy pocos autónomos llevan su propia contabilidad. Por ejemplo, en mi empresa cobramos 36,95 euros + IVA a los autónomos por gestionarles todo y les damos de alta gratis. Más información aquí.
  • Alquiler de local: si quieres montar un negocio físico necesitarás un local y este gasto viene de la mano. Y, dependiendo de la ciudad y la zona, no es precisamente barato salvo que busques algún vivero de empresas local o un coworking.
  • Vehículo: muchísimos autónomos son comerciales o repartidores, por lo que el vehículo entra dentro de su gasto habitual. Para deducir el coste del vehículo y la gasolina es necesario que este sea exclusivo para tu actividad.
  • Telefonía e Internet: con el auge del teletrabajo y el aumento del número de personas que trabajan desde casa Internet y el teléfono se han convertido en un gasto fijo más para muchos. De nuevo, para deducirlos tendrán que ser de uso exclusivo empresarial. Y cuidado, porque he visto inspecciones en las que obligaban a pagar lo deducido porque habían examinado las llamadas y habían visto que se hacían a «horas no comerciales».
  • Empleados: si necesitas alguien que te ayude tendrás que contratar a otra persona o bien subcontratar a un autónomo. Recuerda que hay bastantes ayudas para contrataciones

Todos los gastos que tengas y que sean referentes a tu actividad son deducibles, pero hay algunos más complicados de deducir y otros menos. Lee mi artículo sobre los gastos deducibles de los autónomos y las empresas para ampliar tu información.

¿Cuánto cuesta ser autónomo en España? Ejemplo práctico

Vale, ya sabes cuál es el coste real que tiene ser autónomo. Ahora veamos el típico ejemplo de cuánto habría que facturar con estos gastos para ser mileurista.

O más bien, cómo se quedaría la cosa, de forma aproximada, si tú, como autónomo, generases unos ingresos de unos 1.000 euros.

El ejemplo que te pongo es para un autónomo que lleva ya 3 años de actividad, con una cuota dentro del nuevo sistema por tramos y sin derecho a bonificaciones.

Empieza la simulación.

¿Cuánto hay que facturar para ganar 1.000 euros al mes?

El hecho de generar o no beneficios dependerá de la naturaleza de nuestra actividad, de las condiciones en las que se encuentre el desarrollo de la misma y de un sinfín de factores específicos.

Pongamos el ejemplo de un autónomo freelance que presta sus servicios como diseñador web y a final de mes factura unos 1.000€ sin IVA. En este ejemplo, nuestro autónomo es soltero, sin minusvalías ni hijos a cargo.

En primer lugar, no cuenta con la bonificación de la tarifa plana ya que lleva más de 3 años ejerciendo su actividad.

Así que deberá facturar 1.000€ /mes + 267 que corresponden a su cuota de la Seguridad Social en el tramo 3.

  • 267€ x 12 cuotas =3.204€
  • 12.000€ + 3.204€ = 15.204€

El autónomo debería facturar hasta ahora 15.204€ aproximadamente. A efectos de IRPF, las cuotas pagadas al RETA (3.204€) son totalmente deducibles.

La cuantía de IRPF anual a pagar por este autónomo oscilará en torno a los 316,71€ teniendo en cuenta un tipo medio de impuesto sobre el bruto de sus ingresos del 2,07%.

Un autónomo que tenga 15.204€ brutos de ingresos, que paga 3.300€ por su cotización el la seguridad social y anualmente 316,71€ de su IRPF anual, debe generar una facturación mensual de:

  • 15.204€ + 316,71 (impuesto derivado de los ingresos) = 15.520,71€ al año.
  • 15.520,71€ / 12 meses = 1.293,39€ al mes.

¿Cómo debe declarar este autónomo el IRPF?

Siguiendo con el ejemplo, si tenemos un autónomo que ingresa con su actividad profesional, brutos, 15.204€ al año, le descontarán en concepto de IRPF las siguientes cantidades:

  • Retención al 7% (primeros años como autónomo): 1.064€
  • Retención del 15%: 2.280€

Cuando presente su declaración de la renta, Hacienda devolverá la diferencia entre la cuota de IRPF correspondiente al autónomo en función a su nivel de ingresos y la cantidad en total que él mismo ha ido pagando trimestralmente.

Para figurarnos la situación, este autónomo mileurista con unos ingresos de 15.204€ brutos anualmente, pagará a cuenta de sus impuestos derivados de su renta 2.280€ (retención del 15%).

En el ejemplo, al autónomo le están reteniendo en su facturación del año corriente, y hasta mayo-junio del siguiente periodo, cuando haga la declaración de la renta y reciba la devolución, que podría llegar desde mayo-junio hasta diciembre, no sería oficialmente “mileurista”.

Conclusiones sobre el precio de ser autónomo

Ser autónomo en España conlleva unos gastos de base que pueden resultar abrumadores para aquellos emprendedores que están empezando.

La perspectiva futura está marcada tras la modificación progresiva de las cuotas para que la cotización sea coherente con los ingresos reales.

La parte positiva es que la tarifa plana sigue adelante con el nombre de cuota reducida, y además con la posibilidad de la cuota cero en varias comunidades autónomas. ¡Las oportunidades están, solo hay que conocerlas!

En Ayuda T Pymes conocemos cada una de estas oportunidades, que se traducen en un ahorro todos los meses. ¿Quieres crecer con nosotros?

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • Yerai dice:

    Buenas, si pudiérais aclararme mi caso os lo agradecería infinito!
    Estoy apunto de comenzar como recolector de datos deportivos. Dicha empresa extranjera me paga 45€ por partido y cobro en función los que quiera hacer al mes, pongamos el ejemplo de que hago x partidos y acabo cobrando 500€ netos al mes, cuanto debería de pagar?

    • GesTron dice:

      Si te refieres a cuanto pagar como autónomo, dependerá de si te acoges a la tarifa plana (80€ los dos primeros años con esas cantidades que dices), de si incluso 0€ si en tu comunidad está la cuota cero y devuelven lo invertido en la tarifa plana, y en caso contrario al tramo menor de los rendimientos netos más bajos, que será algo más de 200€ al mes si no superas el SMI

  • Ana dice:

    Hola GesTron!

    Necesitaré contratar a vuestros servicios, pero antes necesito saber si es compensatorio darme de alta como autónoma o no.

    Soy portuguesa y estoy buscando trabajo en barcelona. Todavía necesito pedir el NIE.
    Tengo un potencial cliente que es una empresa de inglaterra y preveo facturar 2000 brutos al més.

    Lo que creo saber es: tendré derecho a tarifa plana, no cobraré IVA por ser empresa afuera de UE, y tampoco tendré muchos gastos deducibles.

    Pero finalmente: si elijo la tarifa de 7%, no tendré que pagar mucho en la declaración del IRPF el año seguiente?
    Si no soy elegible para los 7% la cuota es del 15%?

    Muchas gracias!

    • GesTron dice:

      Hola Ana. Con el NIE tendrás derecho a la tarifa plana, sí. Respecto al IRPF, ten en cuenta que ese 7% no es una ayuda económica para nuevos autónomos, ya que cuando llegue la declaración de la renta se compensará como si lo hubieras hecho al 15%. Es solo un apoyo para contar con un poco más de capital adelantado. De hecho, aunque tengas derecho al 7%, puedes optar por la retención del 15% (eso sí, ya no podrás volver poner el 7% en una factura posterior).

  • Sandra dice:

    Hola, le comento un caso. Tiene 22 años y está trabajando en el Servicio Público de Salud al 100% cubriendo una baja. Al mismo tiempo, va a empezar a trabajar en una empresa privada de salud al 50%. Le han comentado que tiene que hacerse autónoma para poder estar en ambos lados. ¿Cuanto le costaria? ¿Le traeria cuenta o se le iria casi lo que gana al 50% en el privado? Gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Sandra. Lo primero es que le reconozcan la compatibilidad si es funcionario (no todos pueden hacerlo). Lo que le costaría ser autónomo dependerá de sus ingresos. Eso sí, el primer año podría acogerse a la tarifa plana si cumple los requisitos, y solo pagaría un poco más de 80€ al mes.

  • Juanjo dice:

    Hola buenas, tengo una duda y me gustaría saber si me pueden ayudar.
    Soy un particular y estoy empezando a vender en Wallapop productos que compro en otras paginas algo más baratos para sacar unos 10 euros de beneficio a cada venta, me da algo de miedo la nueva normativa de hacienda y al yo comprar como un particular, no tengo facturas de gastos ni nada, que podría hacer?

    • GesTron dice:

      Hola Juanjo. En este nuevo escenario deberás estar al tanto de si superas los límites que estable ce la Ley para que tus datos sean comunicados a Hacienda: 2000€ o 30 ventas. Si se superas o prevés superarlo, hay que hacerlo como profesional y estar dado de alta en el RETA.

  • mario dice:

    Buenas tardes me llamo Mario y vivo en la C. Madrid.

    Desde hace dos meses como complemento a mi trabajo por cuenta ajena, me dedico a imprimir figuras 3d, lo que empezo como hobbie me ha dado algun ingreso de alguna venta a clientes a traves de wallapop y etsy. Con la nueva DAC7 me da miedo que hacienda me multe.

    No son ingresos constantes ni recurrentes, ¿Deberia darme de alta como autonomo? ¿Exiiste alguna figura antes de ser autonomo para este tipo de actividades? ¿Es posible hacer alguna tributacion anual solo por lo que se ingrese?

    Ando bastante perdido sobre el camino a seguir

    Muchas gracias y un saludo
    Mario

    • GesTron dice:

      Hola Mario. El tema de la DAC7 es muy novedoso, tanto que habrá que ver si Hacienda reacciona al momento o si tardará algo más en aplicarlo. Lo que queda claro es que vigilará especialmente a aquellos cuyos ingresos en estas plataformas superen los 2000€ anuales o un cierto volumen de transacciones. Lo cierto es que se trata de una actividad económica, con o sin DAC7, lo que daría a entender que si se trata de una actividad habitual el alta como autónomo sería obligada, pero hasta ahora era un limbo legal. Y cuidado con el concepto de habitualidad, pues no es como tú la interpretes, sino como la interprete el agente público. Está claro que una factura o dos al año no es habitualidad, pero a partir de ahí, quién sabe cómo lo entenderán. Y no, no es posible una tributación anual por lo que ingreses, a día de hoy las declaraciones son aún trimestrales. Y añado, que para emitir una factura hay que estar dado de alta como mínimo en Hacienda, y si ya es algo habitual y/o supera el SMI anual, hay que darse de alta en el RETA.

  • Tatiana dice:

    Hola quiero darme de alta como vendedor de comida rápida en Barcelona.
    Qué cuotas debo de entrar a pagar como autónoma?

  • Andres dice:

    Hola, soy Argentina (con pasaporte italiano) y estaba pensando en emigrar a España (valencia) y trabajar/vivir desde alla.
    Actualmente brindo servicios de Tecnologia para una empresa de USA y queria consultarles si ademas de la cuota mensual de autonomos hay algun otro impuesto que deba pagar ya que estoy evaluando si economicamente puedo vivir en españa con mi sueldo.
    brindan asesoria para extranjeros?

    • GesTron dice:

      Hola. Si cumples con los requisitos necesarios para acogerte a la cuota reducida, los impuestos que tendrás que declarar serán el IVA y el IRPF, a menos que tu actividad deba responder ante un impuesto especial. Si no tienes derecho a la cuota reducida pagarás de cuota en función a los ingresos reales, pero nunca menos de 200 euros y pico. Te recomiendo que trates este asunto con uno de nuestros asesores, con los que puedes hacer una consultoría. Damos asesoramiento a extranjeras siempre que su actividad económica se desarrolle en España y bajo la fiscalidad española.

  • Fabián dice:

    Hola. Estoy por viajar a España con la intención de conseguir trabajo de Masajista. Mi duda es que al no tener ciudadanía española ni ninguna otra, puedo hacerme autónomo para poder trabajar libremente en centros de masajes ó particular?

  • Luis dice:

    Hola, quiero vender por internet unos productos, pienso realizar la importación para empezar de 50 unidades (audifonos) puedo realizar la importación como persona natural utilizando courier como DHL, UPS, mi idea es probar este mes a ver como me va, si todo sale bien, darme de alta con ustedes.

  • Francisco Javier moreno navarro dice:

    Buenas, que tendría que pagar si es la primera vez que me hago autónomo para prestar servicio a una empresa que me paga por ejemplo 2000 euros. Me gustaría saber si me conviene o no ya que es la primera vez que me voy hacer autónomo y no tengo ni idea de nada. Tengo 22 años.

    • GesTron dice:

      Hola Francisco Javier. Al ser la primera vez tendrás acceso a la cuota reducida de 80€ mensuales durante un tiempo. Tendrás que añadir los gastos de asesoría, ya que solo faltaba que tuvieras que convertirte también en experto en Hacienda. Ellos te solucionarán los papeleos.

  • Laura Gonzalez dice:

    Buenos dias,

    Quisiera hacer una consulta, no me dedico a a hacer de intermediaria de ventas de barco habitualmente ni autonoma pero en este caso haré el trabajo y el cobro sera de una factura de 30.000 euros. Estoy muy perdida porque no se como actuar. SI me puede aconsejar por donde empezar. Gracias

  • yaiza dice:

    Hola buenas para el futuro me gustaría contratar una asesoría asequible como la vuestra, por el momento me preguntaba si podríais resolverme una duda. Acabo de firmar un contrato mercantil con una empresa y por lo tanto tengo que hacerme autónoma ya que es la mejor opción (aún sin saber los ingresos de cada mes). Mi duda esta en si me puedo hacer autónoma justo antes de que me ingresen el dinero por los servicios prestados o tendría que hacerlo cuanto antes. Muchas gracias y un saludo.

    • GesTron dice:

      Hola Yaiza. Puedes hacerte autónoma justo antes, sin ningún problema. Lo único, que cualquier gasto deducible anterior al alta no podrás desgravarlo.

  • SAN dice:

    Te cuento mi caso a ver si puedes ayudarme y, en todo caso, contactaré con vosotros para que me ayudéis a llevar la gestión.

    Empecé a trabajar en una empresa donde la sede se encuentra en Costa Rica e Indonesia y ambos países no tienen convenio bilateral con España, con lo cual no estoy cotizando y ni siquiera tengo derecho a prestación cuando finalice mi experiencia en la empresa…Además, llevo desde julio sin contrato, simplemente recibo el salario desde CR y ya está…Obviamente no he superado los 15000…de momento. Entonces, lo que quiero es cotizar y poder tener derecho a prestación, pero siendo autónomo no es posible, cierto? Le propuse abrir una LLC que puede estar bien para estas situaciones, pero tampoco quiere puesto que no tiene tener nada de contacto con España…..Entonces, ¿cómo sería mi caso? Gracias.

    • GesTron dice:

      Hola San. En España los autónomos sí tienen una prestación por cese de actividad (es la equivalente a la prestación por desempleo), si marcan esa opción al darse de alta. En España las LLC se llaman SL, pero con la facturación que comentas, si es anual, debe salirte mejor estar como autónomo sin sociedad, en principio.

  • Irene dice:

    Hola. Quiero ser profesora de yoga, pero no voy a dedicarme a ello al 100%. Aunque para eso hay que darse de alta. Mis preguntas son las siguientes:
    1. ¿Entonces sí es gratuíto darte se alta?
    2. ¿Si ese mes no trabajo como monitora me quitan dinero?
    3. ¿Si trabajo solo dos veces, quitan mucho?
    Gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Irene, el alta es gratuita, sí. Una vez de alta el pago de la cuota es obligado cada final de mes, aunque no factures. Por último, que factures dos o veces o treinta no afecta a la cuota, sino lo facturado en total, ya que desde 2023 se cotiza en función de los rendimientos netos.

  • Mari dice:

    Hola, soy de Uruguay y trabajo actualmente aquí como autónoma (aquí se le dice monotributo o pequeña empresa).
    El próximo año voy a España con mi esposo. Yo tengo pasaporte de la UE . Ya tengo nie y residencia para mi y voy a pedir el reagrupamiento familiar y residencia para mi esposo. Vamos a viajar por españa y europa por 1 a 2 años. No vamos a trabajar en españa.
    Viviremos de ahorros y quizás haremos algunos trabajos a distancia, si es que surgen, por internet, para clientes de uruguay que me pagan en uruguay, facturando con la empresa autónoma que tengo en uruguay.
    Es correcto que mantenga mi autonomo de uruguay? Debo hacer algo en españa?
    muchas gracias!

    • GesTron dice:

      Hola Mari. Si es correcto o no mantenerlo en Uruguay habrá que estar conforme a la normativa de tu país. Respecto a España, dependerá del tiempo que residas aquí. Si en el año resides más de 183 días, se te considerará residente fiscal en España y tendrás que tributar aquí por todos tus ingresos mundiales en la Renta.

  • Adrian dice:

    Hola. Estoy viviendo hace unos meses en España. Trabajo como freelance y solo facturo a una empresa de USA. Debo pagar iva? Que es lo más conveniente para mi caso? Gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Adrián. En tu caso, dependerá del servicio que le factures a la empresa de USA. Generalmente debes estar de alta en la obligación de presentar el modelo de IVA (modelo 303), independientemente de que salga a pagar o no e independientemente aunque las facturas por ser a una empresa de USA se emitan sin IVA. Contacta con uno de nuestros asesores especialistas que puedan explicarte bien tu caso.

  • Pol dice:

    Buenos Días,

    Soy socio fundador de una sociedad registrada en USA (sin filial en España) y a la vez trabajo para esta misma sociedad – residiendo en España – a tiempo completo. Debido a que la empresa no está registrada en España ni tiene una sucursal local, ejerzo mi actividad por medio de un contrato de consultor/contratista.

    En este caso, tendría que darme de alta cómo autónomo societario ? Las cuotas de autónomo pueden liquidarse en carácter retroactivo ?

    Muchas gracias de antemano !

    • GesTron dice:

      Hola Pol. Si la sociedad está en USA el tema del autónomo societario o alta de socios y administradores se regirá según la normativa estadounidense. Aquí tienes que declarar tus ingresos y si dichos ingresos son por la consultoría a la empresa en USA, es una actividad económica, y como tal tendrías que darte de alta como autónomo en Hacienda y Seguridad Social. Contacta con nuestros asesores especialistas para que puedan ayudarte con la gestión del alta.

  • Ana dice:

    Buenos días! buenisima la información. Estoy por empezar un proyecto audiovisual con una empresa, en modalidad freelance. Es un proyecto que tiene una duración de 3 meses y me pagarían mes a mes. Vivo en Madrid hace 1 año pero aún no he trabajado para ninguna empresa de acá, solo me di de alta en la seguridad social. Lo que me convendría hacer sería darme de alta en Hacienda únicamente? Porque no voy a facturar por más de 3 meses, al menos no en un principio. O tengo que darme de alta igual como autónoma? En caso de que me dé de alta en Hacienda, pagaría IVA pero no IRPF?
    Gracias!

    • GesTron dice:

      Hola Ana. El caso es que se tratan de 3 facturas periódicas consecutivas del mismo pagador y en la misma actividad económica. Hacienda podría entender que estás obligada al alta como autónoma por este motivo, al margen de los importes. Si fuera una única factura mi respuesta sería claramente SOLO ALTA EN HACIENDA.

      Por otro lado, con el alta solo en Hacienda sí tienes que poner el IRPF.

  • Joan dice:

    GesTron
    No, no lo hago desde que vivo en España por que aún no sé como debo registrame, etc. He explicado el funcionamiento con el marketplace al cual utilizaba en USA. Para seguir realizando esta actividad en España, tengo que ser autónomo, basta con alguna cosa más en hacienda, etc? Como no facturo, no sé realmente cómo sería en este caso… Muchas gracias.

    • GesTron dice:

      ¡Qué distinta es España de EEUU en temas de freelance! Empezando por los impuestos.

      Para solventar el resto de inquietudes que tienes te recomiendo contactar con los asesores porque en caso de tener que darte de alta en el RETA están apareciendo bonificaciones especiales (por ejemplo en Extremadura hay una ayuda muy golosa con los retornados a la comunidad).

      Además vives en Canarias, que tiene una tributación específica con el IGIC. Una asesoría cobra el doble de importancia donde vives ahora.

      Viviendo en España, cualquier actividad continuada te obliga a ser autónomo independientemente del importe. El alta en hacienda es obligada al hacer cualquier factura, por otro lado. Todo dinero que te entre por una empresa que no haya sido facturado y provenga de una actividad económica = riesgo de alertar a hacienda.

      ¿Ejemplos de marketplace que no obligan al alta en hacienda ni autónomos? Aquellos que no incrementan el patrimonio de la persona, como por ejemplo la venta de segunda mano (porque el precio al que se compró el producto es superior al de la venta posterior y no hay por tanto incremento del patrimonio).

  • Hola GesTron dice:

    Cuando una persona le gusta una de mis fotos, las puede comprar en distintos formatos y todo el proceso de venta, crear producto y entrega, etc, lo hace Fine Art America. Yo, nunca sé quien compra mi foto. Solo recibo un pago de Fine Art America a través de Paypal. No facturo. Entonces, este dinero, como lo declaro y en qué situación, régimen fiscal, etc debo hacer. Pueden ser ventas más de dos en un año y con valores pequeños, aunque nunca se sabe …Muchas gracias!

    • GesTron dice:

      En tal caso tendrías que hacer siempre factura de ingresos por cada pago recibido con vista a Hacienda (aunque no se las envíes a ellos si no la requieren), así se hace con Amazon Afiliados también (ellos pagan y no esperan recibir facturas de sus comisionistas). Ya hacienda tiene en cuenta paypal desde hace tiempo, no es como antes que podías disimular esos ingresos.

      Si estás recibiendo dinero ya sin hacer las facturas, Hacienda puede echarte el ojo durante 4 años (tiempo de prescripción).

  • Joan dice:

    Hola!
    Llevo mucho tiempo preguntando y nadie me responde al 100%. Viví en USA donde vendía mis fotos online ( como residente USA ) en el marketplace, Fine Art America. Ahora que vivo en las Islas Canarias, quiero volver a vender, pero no sé qué debo de hacer para no tener problemas fiscales cuando recibo ese dinero. Quiero dejar claro que yo no facturo, todo se encarga Fine Art America. Cuando ellos han creado el producto y lo han entregado al cliente ( que yo nunca sé quie es ) me envían mi parte a través de Paypal. Si no soy autónomo, qué alternatica tengo? si soy autóno, como lo declaro ? Espero que se me entienda… Muchísimas gracias.

    • GesTron dice:

      Hola, Joan. Aquí hay un dato que me falla. Si vendes y percibes dinero, tiene que mediar una factura de ingresos. Te pongo un ejemplo de esas páginas que pagan comisiones por las ventas que se generan en webs ajenas (Amazon). Ellos pagan incluso sin recibir facturas por tu parte porque tienen registrado en sus sistemas lo que vendes. En este caso los afiliados de Amazon (cuya sede está en Luxemburgo) tienen la obligación de crear una factura por el mismo importe que el ingreso, y esa factura la deben contabilizar aunque no haya IVA ni retención de IRPF. Puede que tu caso sea similar, a falta de más datos al respecto.

      Respecto a hacerse autónomo, si tus ingresos son periódicos estás obligado al alta, independientemente de los importes. Si es muy puntual (una o dos facturas anuales), con el alta de hacienda te vale.

  • Angely Rodriguez dice:

    Hola buenos días, quisera comenzar a trabajar en la aplicación de glovo, ¿qué valor mensual tendría ser autónomo con esta actividad económica?. Mil gracias!!

    • GesTron dice:

      Hola Angely. La cuota de autónomos será de 60€ el primer año, unos 143,13€ los siguientes seis meses y unos 200€ el cuarto semestre de actividad, si tienes derecho a la bonificación de tarifa plana. A partir de ahí, pasaría a ser la cuota normal sin bonificación de 294€. Si no tienes derecho a la bonificación de tarifa plana sería de 294€ desde el momento del alta. Podemos echarte un cable para darte de alta y ver si cumples los requisitos para aplicar la tarifa plana.

  • andrea dice:

    Hola! soy artista digital y quiero hacerme autónoma. Trabajaré para Estados Unidos y Europa, ( mis futuros clientes no estarán en España). Nunca fui autónoma. Facturar sin IVA tendrá repercusión positiva en dinero y en hacer menos trámites trimestrales ? Ustedes también ayudan en este tipo de casos ? Un saludo

    • GesTron dice:

      Hola Andrea, ¡qué talento! Gestron cuenta con el mejor equipo de asesores para poderte ayudar con todo el trámite de alta como autónoma y con el papeleo trimestral. Depende de la localización de la operación y de si el cliente es un particular o empresa llevaría la operación IVA o no. Tenemos que conocer su caso concretamente para poderle indicar exactamente todas las obligaciones fiscales. En cuanto a la repercusión positiva por facturar sin IVA no te afectaría puesto que los beneficios debes de calcularlos sin el IVA siendo los autónomos como una especie de recaudadores del IVA.

  • Lorena Gutiérrez dice:

    Hola! Me gustaría darme de alta como masajista a domicilio(relajantes, detox, anticeluliticos, etc). Esta pagina es lo más informativo y mejor explicado que he visto. Me harías un gran favor si me dijeras aproximadamente lo que tendría que pagar para hacerlo posible, porque estoy muy perdida y no sé por dónde empezar. Quiero hacer las cosas bien pero no sé ni lo que tendría que pagar, ni si tendría que hacerle un ticket a cada clienta porque vayan a pedírmelo en algún momento en alguna administración etc. espero encontrar algo de orientación. Muchas gracias de antemano!

    • GesTron dice:

      Hola Lorena, ¡claro que vamos a ayudarte! El trámite de alta como autónoma es muy sencillo y con nuestro equipazo de asesores en muy poco tiempo lo tendrías realizado. Una vez estés dada de alta tus obligaciones a grosso modo serían abonar la cuota de autónomos a final de cada mes, es decir, el pago se domicilia pero asegurarte de tener saldo suficiente. En cuanto a Hacienda, cada trimestre (abril, julio, octubre y enero) tienes que presentar las declaraciones trimestrales, aunque si deseas que te llevemos la gestión, esto lo realizamos nosotros y te olvidas de todo. Con nuestro programa de facturación puedes llevar el control de tus ingresos, expedir las facturas, personalizar las mismas, llevar un control aproximado del importe a pagar cada trimestre etc. Te aconsejamos contratar el servicio de asesoría para evitar futuras sanciones con el papeleo.

  • Ohana Dimitris dice:

    Buenas tardes, mi nombre es Ohana tengo 40 años soy de mestiza y de nacionalidad Española. Me gustaría emprender algo propio en el mundo de la estética (algo muy pequeño) como para hacer las uñas etc..El encontrar un trabajo digno, últimamente no es tan fácil. Porfavor me podrías ayudar con decirme que se pagaría de autónomo para ello. Millones de gracias

    • GesTron dice:

      Hola Ohana, la cuota general recogida en los Presupuestos Generales de 2022 es de 294€. También existe la bonificación de la tarifa plana para nuevos autónomos con la cual pagarías durante el primer año 60€. Del mes 13 al 18 pagarías 143,10€ y del mes 19 al 24 abonarías 200,30€. A partir del mes 24 pagarías la cuota general de 294€. Para tener derecho a esta bonificación no puedes tener deudas con Hacienda ni Seguridad Social y no puedes haber sido autónoma en los 2 años anteriores o en los 3 años anteriores si tuviste la bonificación de la tarifa plana en tu anterior alta. Nosotros podemos ayudarte con el alta de autonomos ¡somos especialistas en ello!

  • Karen dice:

    Hola, voy a trabajar de autónoma con un contrato de colaboración con una marca de suplementos donde paso consulta de nutrición en sus centros

    Me llevaré el precio de la consulta más colisión por venta de productos

    Al ser contrato de colaboración no hay iva?
    Y cuánto debo ganar para que me queden 2000 netos
    Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Karen. No hay distinción en cuanto al IVA por tratarse de un contrato de colaboración (que en muchos casos no dista casi nada de un contrato de servicios). Contratos de colaboración pueden derivar en un consorcio o unión temporal, o en administraciones delegadas… hay varias fórmulas. Las exenciones del IVA tienen muy acotados sus supuestos y son en función de la actividad empresarial o del cliente destino.

      Para hacer cálculo sobre el neto que finalmente ingresarás hay que tener en consideración desde la cuota que pagues (estándar o bonificada por tarifa plana o pluriactividad, el IRPF que tengas asignado por tu actividad (los dos primeros ejercicios son al 7%).

  • Ingrid dice:

    Buenas tardes gracias por su informacion, consulto estoy averiguando para crear una sociedad civil con 4 miembros. Me dijieron que nos daran de alta a cada uno como autonomos pero ademas tambien a la sociedad. No termino de comprender como funcionaria todo sinceramente. Lo de los autonomos lo entiendo a la perfeccion pero lo de la sociedad que tambien tributa a parte me mezclo todo. Si me podrian ayudar les agradezco. Muchas gracias. Soy de Argentina y esto me es todo nuevo.

  • Francia Edelinne dice:

    Hola, le han ofrecido a un familiar un trabajo de doblar ropa por horas en un centro comercial, el se tiene que dar de alta en la seguridad social. Consulta lo que le proponen es que se haga autónomo para trabajar unas pocas horas? Esto no lo veo claro y saldría perdiendo porque le tocaría pagar la cuota s.social, irpf, iva, etc. Es una persona universitaria muy joven que no tiene experiencia. Pienso que se quieren aprovechar. Me podéis dar vuestra opinión?
    Muchas gracias y saludos.

    • GesTron dice:

      Hola, Francia. Si la empresa dicta horarios, medios de producción y retribución, y además motiva a darse de alta como autónomo, la figura de autónomo no encaja, más bien la de falso autónomo.

  • Alberto dice:

    Hola tengo una duda, soy asalariado pero como segunda profesión soy artista y no estoy dado de alta de ello (cobro en b) me interesaría darme de alta para poder hacer facturas pero no sé si es más interesante crear una S.L y qué costes te diría una A.L a diferencia de autonomo

    • GesTron dice:

      Hola, Alberto. Como autónomo podrías tener derecho a la bonificación por pluriactividad o a la tarifa plana (solo una de las dos, son incompatibles entre ellas). La gestión de la sociedad es más compleja, pero si alcanzas unos ingresos te rentará porque tiene ventajas en la tributación. Normalmente se suele empezar como autónomo salvo que el proyecto sea muy ambicioso desde el principio. Podemos ayudarte tanto con el Alta de autónomo como con la creación de una empresa. De ese modo tendrás más claro cuál es la opción que más te conviene.

  • Gabriela dice:

    Hola!

    Me están ofreciendo un empleo en una empresa pero como freelance-autonomo. Cosa que nunca he hecho. Me preguntaron mis expectativas salariales mensuales. Por desconocimiento del tema solo respondí que siendo contratada había estado cobrando 1400 euros netos mensuales. Quería saber si termino aceptando este empleo y ahora siendo autónoma, cuanto debo estar ganando mensualmente para poder percibir este mismo monto de sueldo (tengo 29 años y nunca he sido autónoma) esto de cara a la entrevista cuando me ofrezcan el paquete salarial y no liarla.

    Gracias

    • GesTron dice:

      ¡Cuidado, Gabriela! Mis alarmas se hubieran encendido solo al escuchar «expectativas salariales». El salario es un concepto aplicable al trabajo por cuenta ajena, los autónomos facturan. Tus expectativas son exclusivamente de facturación, y es que los freelance son los que establecen su precio (por eso lo son); cuestión aparte es que pueda haber una negociación de tu precio. Suena a Falso Autónomo, un mal que sigue presente en España. Cuando eres autónoma tú te encargas de tus propias cotizaciones y de declarar el IVA e IRPF. Y si te dijeran que al ser la primera vez puedes acogerte a la tarifa plana y no pagar tanto, también es aprovecharse. Eso es una ayuda para ti, no para que un empresario ahorre más contigo que con un empleado asalariado. Básicamente, y es mi opinión, para un «salario» neto de 1400€ jamás facturaría menos de 2000€ siendo autónomo. Ser autónoma no es ser empleada.

  • José Antonio dice:

    Hola, tengo una duda sobre ser autónomo. Actualmente estoy trabajando (asalariado) y quiero trabajar en otra empresa pero me piden ser autónomo. ¿Es posible estar pluriempleado siendo una parte autónomo y la otra asalariado en empresas diferentes?

    En el caso de sí,
    -¿Qué IRFP debería ponerme en ambos trabajos?
    -¿Cuánto debería facturar de autónomo para que en la declaracíon de la renta saliera lo más ajustada?

    Muchas gracias

    • GesTron dice:

      Hola, José Antonio. Sí que se puede ser autónomo y asalariado. Tendrás que elegir entre la Tarifa Plana o la Bonificación por Pluriactividad, eso sí. La que más te convenga. Pero escoge una porque es un alivio económico al principio. Si quieres saber más nuestra asesoría puede ayudarte en este proceso.

      Respecto al IRPF, los dos primeros años al 7% y luego al tipo general.
      Respecto a la cantidad a facturar no he entendido bien la finalidad de la pregunta. Un autónomo siempre busca facturar lo más posible a menos que busque soluciones no legales. No es como en el caso de asalariados, que regularizan su IRPF para no tener que pagar una cantidad desmesurada en la renta.

  • Ana dice:

    Buen día…
    Tengo 36 años, soy de nacionalidad española (tengo DNI, etc) llevo unos meses acá Dios mediante empezaré a trabajar en una empresa pronto (no relacionada con mis estudios)… pero mi sueño es trabajar independiente en mi profesión: soy diseñadora, ilustradora y creativa…
    Siendo nueva acá en España, aún cuando tenga la nacionalidad y por ende todos los derechos y responsabilidades correspondientes… Habrán algunos puntos que varíen? Algún beneficio por no haber hecho una vida aquí en España? O algún otro particular?…
    Me llama la atención lo de escoger la profesión porque si bien me titulé como diseñadora gráfica, soy más bohemia y artista: ilustraciones, manualidades, etc…
    Todo esto que consulto sería para futuro no muy lejano eso sí con el favor de Dios…
    Gracias por su respuesta y saludos

    • GesTron dice:

      Hola, Ana. No hay beneficio por residir fuera de España. El beneficio en sí es ser española, para poder acogerte a las diferentes ayudas ofrecidas (por ejemplo la tarifa plana o la bonificación por pluriactividad). Te deseo la mejor de las suertes en tu nueva aventura profesional.

  • julio dice:

    Buenas noches, consulto si me puedo dar de alta como autonomo para acumular años de cara a la pension aunque lo mas probable es que no facture nada? Tengo obligacion de darme de alta y presentar las declaraciones de IVA? Gracias, un saludo

    • GesTron dice:

      Hola, Julio. Dependiendo de la actividad que realices tendrás unas obligaciones de cara a IVA, pero no facturar no te exime de dichas obligaciones.

  • Mari. Carmen dice:

    Hola , me gustaria saber cuanto tengo que pagar como autonomo , tengo 51 años y quiero empezar como community manager. Gracias un saludo .

  • José Manuel dice:

    Buenas. Quería consultar si voy a empezar a realizar unas ventas de un producto, ese empresa me va a ingresar, que tope salarial hay para hacer se autónomo. Que cuota tendría que pagar, ya que es una actividad online, posibilidad de ser presencial en algunas ocasiones. Gracias y un cordial saludo.

    • GesTron dice:

      Hola, Jose Manuel. Si superas el SMI ya es obligatorio hacerse autónomo. También si los ingresos son menores pero se repiten mes tras mes. El hecho de que tu proyecto sea online no tiene una repercusión directa sobre la cuota. Más aí aún si te acoges a la tarifa plana.

      • José Manuel dice:

        Muchas gracias por la respuesta, pagar la tarifa plana, es suficiente, también habría que hacer el trimestral, que he leído. Gracias y un cordial saludo.

  • Rober dice:

    Buenas tardes. Una pregunta. Puedo darme de alta como autónomo para una actividad eventual y a la vez ser asalariado en otra empresa?. De ser así como afectaría esto a la declaración de la renta y demás trámites?Gracias

    • GesTron dice:

      Hola, Rober. Es perfectamente posible, e incluso habitual entre muchos profesionales. Si son actividades muy esporádicas no es necesario darse de alta como autónomo, solo darse de alta en hacienda mediante modelo 036/037. Si es un ingreso que se va a repetir de forma periódica, entonces sí es obligatorio ser autónomo. Para detalles más profundos consulta a nuestra asesoría.

  • Khrais dice:

    Hola ,Soy estudiante, llevo 6 meses en España y tengo el NIE como estudiante. ¿Puedo darme de alta de autónomo ? 

    • GesTron dice:

      Hola Khrais. Debes estar como mínimo un año en España en condiciones de residencia legal. Y tendrás que solicitar un permiso para trabajar por cuenta propia, además del resto de requisitos. En caso de obtener esa autorización, tendrías un mes para darte de alta en el RETA.

  • Edward dice:

    Buenas tardes, muchas gracias por la información! Tengo una pregunta. Podría darme de alta como autónomo mientras resido en otro país Europeo? Finlandia en concreto.La idea sería gestionarlo todo a distancia y desplazarme a España solo cuando sea necesario. He leido el comentario anterior sobre una pregunta parecida, pero creo que son casos diferentes. Soy Español, con permiso de residencia y número de la seguridad social en ambos países. Muchas gracias!

    • GesTron dice:

      Hola Edward,
      Habría que ver tu caso concreto, por ejemplo si lo vas a compaginar con un trabajo en Finlandia. Puedes estar dado de alta y residir fuera pero por un tiempo limitado. En cualquier caso, tendrías obligaciones fiscales en ambos países. Te dejo este enlace de la Seguridad Social que te puede ser útil.

      Un saludo

  • Santiago dice:

    Hola, muy interesante y completa la nota! Quisiera saber si soy trabajador y además quiero ser autónomo en mí tiempo libre. Los costos serían los mismos? O que cosas cambiarían?Muchas gracias!

  • Sergio dice:

    Si estuve dado de alta como autónomo hace como 12 años puedo optar ahora a la tarifa plana como autónomo o ya no? 

    • GesTron dice:

      Hola, Sergio! Te recomiendo que eches un vistazo a este otro post del blog sobre la tarifa plana de autónomos. Te adelanto que la tarifa plana es también es aplicable para autónomos que llevan más de 2 años en cese de actividad o tres años en caso de que disfrutaras de la bonificación. Recuerda que, si necesitas ayuda, en Ayuda T Pymes podemos tramitar tu alta autónomos y echarte un cable con el papeleo. Un saludo!

  • ivan dice:

    Hola, me ah hecho propuesta para una evento como presentador. Al no estar dado como autónomo (aunque si lo estuve tiempo atrás), me debería dar de alta tan sólo para poder ejercer y aceptar? Y después de dicho bolo me doy de baja??Muchas gracias,IVAN 

  • Enrique dice:

    Enhorabuena por la explicación. La verdad da gusto entenderlo de una forma tan clara sencilla. Lamentablemente esto me acaba de confirmar que no me vale la pena hacerme autónomo. Muchísimas gracias por tu ayuda en la información.

  • Magalis dice:

    Hola soy masajista, en estos momentos me están alquilando un espacio para dar masajes, pero tengo entendido que debo declarar , mi pregunta puedo ir haciendo este oficio al mismo tiempo que me hago autónoma?

  • Marcela dice:

    hola..soy de Argentina, quiero trabajar en forma remota para España..puedo darme de alta como autónomo.. y seguir viviendo en mi pais?

    • GesTron dice:

      Hola Marcela,

      Así a primera vista te diría que no por varios motivos, en España se contempla la figura del autónomo desplazado pero se trata de una persona que, residiendo en España, vive temporalmente fuera del país. En tu caso ya vives en Argentina. Además, ¿cuentas con permiso de residencia, número de la seguridad social en España, etc.? Sin todos estos elementos te diría que es imposible. Lo que puedes hacer es informarte de cómo podrías facturas desde Argentina a empresas españolas.

      Un saludo y suerte

  • GesTron dice:

    Hola Gabriela,

    Si quieres impartir clases por tu cuenta todas las semana se trataría de una actividad habitual por lo que tendrías que darte de alta como autónoma, te dejo este post con los pasos por si te sirve de ayuda: https://ayudatpymes.com/gestron/como-darse-de-alta-como-autonomo/

    Un saludo

  • GesTron dice:

    Hola Eduardo,

    Si tienes permiso de residencia legal en España puedes ser autónomo, tendrías lo primero que solicitar un número en la Seguridad Social y a continuación seguir los pasos para darte de alta como autónomo. Si ya tienes tu actividad clara y quieres empezar a facturar, te recomiendo hacerlo. Este post te puede ser también de mucha utilidad: https://ayudatpymes.com/gestron/requisitos-ser-autonomo-espana/

    Un saludo y suerte con tu proyecto

  • Javier dice:

    Muy buena explicación, muy detallada. Gracias por la información.

  • Hicham dice:

    Hola. Quiero darme de alta pero no tengo claro que negocio. Prefero solo por salvar mis papeles. Por lo menos 6 meses. Es possible pagar solo ss o algo más. Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Hicham,

      Te recomiendo darte de alta como autónomo cuando tengas la idea clara de a qué actividad te gustaría dedicarte. Si no has estado dado de alta anteriormente, puedes pedir la bonificación a la Seguridad Social y en ese caso el primer año pagarías 60 euros al mes de cuota y el segundo año también tendrías la cuota reducida. Por si quieres ideas de profesiones que estén en auge, te dejo este artículo: https://ayudatpymes.com/gestron/perfiles-profesionales-mas-buscados/
      Un saludo

  • Olga dice:

    Voy a trabajar como profesora de inglés para una academia me pagan a 15€ la hora, que IVA se repercute ?

  • Guadalupe Leanny dice:

    Buenos días,
    Quisiera hacerle una consulta. Deseo comenzar a dar clases de yoga en Madrid. Las clases las daré en distintos centros de yoga y gimnasios. También a personas de forma privada.Deseo saber si debo darme de alta como autónoma, ya que es muy costoso el importe mensual fijo y lo que en verdad ganaría por mes. Muchas gracias

    • GesTron dice:

      Hola Guadalupe,

      Como se va a tratar de una actividad recurrente, sí que tendrías que darte de alta como autónoma. Si no has sido autónoma en estos dos últimos años, puedes acogerte la tarifa plana de autónomos lo que significa que el primer año pagarías 60 euros al mes.

      Un saludo

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