¿QUÉ NECESITAS?

Inicio > Categorias > destacados | Hacerse autónomo > 10 + 1 errores que pagarás caro al tramitar tu alta autónomo

10 + 1 errores que pagarás caro al tramitar tu alta autónomo

Hoy en GesTron hablamos de un tema bastante interesante de cara a tramitar tu alta autónomo. Hablamos de las dudas (o errores) más comunes que nos cuenta Ayuda T Pymes en los emprendedores que se dan de alta como autónomos.

En el caso de que necesites ayuda con los trámites y la gestión del papeleo de tu negocio, puedes acceder a un montón de información útil en este blog. Te ayudará a aclarar un poco las cosas:

Si pasas de calentarte la cabeza y prefieres recurrir a profesionales que te orienten, se encarguen de todo y mantengan las cuentas y las gestiones de tu empresa al día, te adelanto que puedes contar con mis compañeros de la asesoría integral especializada en pymes y autónomos, Ayuda T Pymes.

Volviendo a la raíz del tema, errores que se cometen al darse de alta como autónomo. A continuación un análisis de los ‘despistes’ más comunes a la hora de gestionar el alta autónomo y cómo actuar de forma correcta en cada caso.

Errores que se cometen al darse de alta como autónomo

Estos son los errores que debes evitar si te das de alta en autónomos.

No vamos a hablar del típico error 6708* sobre la entidad de cobertura obligatoria, o del error 6421* que indica un código de identificación fiscal incorrecto para esa condición, o el muy común error 6414* cuando la condición es incompatible con la base y/o la actividad

Si tienes problemas al rellenar formularios déjanoslos a nosotros. Lo hacemos nosotros en un periquete. Tú debes centrarte en amortizar la inversión lo antes posible. ¡Tu tiempo es oro!

Marcar la casilla de responsabilidad civil en el alta de Hacienda sin haber ido antes al notario

La casilla de responsabilidad civil limita tu responsabilidad en la actividad que desarrollas. Esto significa que, al marcarla, te proteges de un posible embargo en caso de que tengas problemas con los gastos de tu negocio o no cuentes de antemano con un seguro de responsabilidad civil.

Pero para marcar esta casilla, antes tienes que ir al notario y después al registro para inscribir dicha escritura. Si no haces esto, cuando Hacienda te solicite la documentación firmada ante notario para la verificación te vas a quedar a cuadros y sin saber qué hacer. Además de que puedes llevarte una sanción de regalo ¡cuidado!

No capitalizar el paro antes de darse de alta como autónomo

Si pretendes iniciar un proyecto de negocio por cuenta propia, cabe la posibilidad de solicitar el pago único del desempleo ANTES de tramitar el alta autónomo. Así cuentas con algo de pasta para financiar los costes de arranque en tu empresa.

Pero recuerda, para poder de alta de autónomo y que tengas tu pago único, no solo basta con solicitarlo anteriormente sino además debes esperar a que este proceso ya este confirmado y concedido. Aconsejamos que una vez que esto ya esta confirmado ya puedes ir realizando el alta mientras esperas la entrada de tu dinero.

De todos modos, te índicos los errores más comunes que se cometen al capitalizar el paro:

  • Solicitar el pago único después del alta en la Seguridad Social.
  • No cumplir el plazo para comenzar la actividad del nuevo negocio.
  • Destinar el pago único a otras finalidades.
  • Tener que devolver el pago único por un cese de actividad injustificado.
  • Tener que tributar el IRPF por cesar la actividad antes de los 5 años.
  • Incluir el IVA en la memoria o relación de gastos.
  • Impugnar el despido y solicitar la prestación.

Darse de alta en la Seguridad Social después del alta en Hacienda

¿Primero alta en Hacienda o en la Seguridad Social? No sabéis lo común que es este tipo de confusión en el alta autónomo. Antes del 2018 tenías que gestionar primero el alta en Hacienda, y después, tenías un plazo de 30 días para darte de alta en el RETA. Pero eso ya se acabó.

👩‍🏫 La fecha de alta en la Seguridad Social tiene que ser la misma que la del alta en Hacienda o anterior al alta en Hacienda.

Por eso mi recomendación es que te des de alta en Hacienda y en la Seguridad Social al mismo tiempo. De esta forma, ambos organismos podrán verificar los trámites y tu cotización se hará efectiva en la fecha de inicio de tu actividad económica.

No aplicar bonificaciones en el momento del registro del alta de autónomo

Esto es súper importante.  Estudiar todas las posibles alternativas disponibles en cuanto a bonificaciones aplicables a tu situación antes de darse de alta como autónomo es lo ideal. ¿Por qué? Primero, porque normalmente cuando solicitas una bonificación pierdes el derecho a disfrutar de cualquier otra en el futuro. Segundo, quizás te decantas por un tipo descuento sin conocer cuál es la que mejor se ajusta a tus características y la que repercutiría en mayor beneficio para tu actividad. Tercero, último y lo más importante: una vez se tramite el alta de autónomo y seas oficialmente un trabajador por cuenta propia, ya no podrás aplicar ninguna bonificación.

Algunas de las bonificaciones actuales son: tarifa plana de 80 euros, bonificación para la conciliación laboral y familiar, bonificaciones para autónomos con discapacidad, bonificación para autónomos colaboradores, etc,..

Darse de alta como autónomo en epígrafes que no corresponden

Debes seleccionar los epígrafes del IAE que correspondan a tu actividad o actividades, ya que de otra forma te puedes llevar alguna sorpresa si la institución en cuestión estima que le estás dando gato por liebre.

Ten en cuenta que podrás seleccionar uno o más epígrafes, sin límite ni coste adicional. No es cuestión de volverse loco tampoco, sino de elegir la combinación de ellos que mejor describa finalmente la naturaleza de tu actividad.

No reflejar tu vivienda en el registro de Hacienda si trabajas desde casa

Si eres freelance y desarrollas tu actividad desde casa, a la hora de rellenar los modelos 036 o 037 deberás reflejar los metros cuadrados de tu vivienda que dedicas a tu profesión. Recuerda debes indicar los metros que verdaderamente utilizas y de esa forma podrás deducirte el porcentaje de IVA correspondiente de los gastos totales en tu hogar. No olvides que las facturas deben estar a tu nombre para ser deducibles y además no se deducirán al completo, sino un tanto por ciento.

Si quieres saber cómo va este tema, pincha sobre el siguiente enlace sobre los gastos deducibles afectos a la vivienda habitual cuando trabajas desde casa siendo autónomo.

No cotizar por cese de actividad y formación profesional

A la base que hayas elegido como autónomo tendrás que aplicarle su correspondiente cuota a la Seguridad Social.

La cuota que deberás pagar es el 31,20% de tu base de cotización. El porcentaje (tipo de cotización) que se aplica a la base de cotización para calcular la cuota queda así:

  • Por contingencias comunes: 28,30%.
  • Por contingencias profesionales: 1,3%.
  • Por cese de actividad: 0,9%.
  • Por formación profesional: 0,1%.
  • Por Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI): 0,6%.

Antes, si eras nuevo autónomo con tarifa plana, cotizar por cese de actividad y formación profesional era voluntario, pero te aseguraba unas prestaciones por cese de actividad o enfermedad. Desde el cambio que se produce en el año 2023 no es compatible ser beneficiario de la cuota reducida de 80 euros con la aplicación de la cobertura de cese de actividad y formación profesional.

Elegir mutua a lo loco tras tu alta autónomo

Elegir mutua es obligatorio, pero no todas son buenas opciones.

Trabajar con una mutua por motivos que no sean prestaciones o cercanía (en términos de respuesta, no necesariamente de presencia física) es una mala decisión. Las ofertas y esos rollos deberías dejarlas en un segundo plano. Luego tu «yo» autónomo del futuro se lo agradecerá a tu sensato yo del pasado.

Realizar compras o gastos antes de la fecha del alta

En el modelo censal 036 o 037 hay un punto, en el inicio de actividad, donde te preguntan directamente si vas a facturar al mismo tiempo que adquieres bienes o servicios o si primero vas a adquirir esos bienes y servicios para después comenzar a vender. Así que solo tienes que rellenar la casilla correctamente según tu caso.

Y para deducir los gastos que necesites hacer al arrancar tu negocio, tienes que haber tramitado el alta en Hacienda.  Por supuesto no todo es deducible, pero si además lo compras antes del alta y quieres deducirlo después…la Agencia Tributaria puede sancionarte por saltarte un requisito administrativo formal.

Realizar compras intracomunitarias sin coscarse de lo que hay que hacer

Llevar a cabo compras y/o ventas intracomunitarias, sin estar dados de alta en el ROI previamente, a menudo por desconocer que el país de hecho es intracomunitario.

👨‍⚖️ ¿Qué es esto del ROI? Se trata de un sistema específico de IVA al que están sujetas las operaciones de compra y venta de productos y servicios entre diferentes empresas de distintos países europeos.

Desde el 1 de enero de 2020 han entrado en vigor nuevos requisitos en la fiscalidad de este tipo de operaciones para poder aplicar la exención del IVA, como la necesidad de acreditar el transporte de mercancías. A tener en cuenta:

  • El empresario adquiriente tiene que tener un NIF-IVA asignado por el otro país, miembro de la UE, que no sea el mismo de partida y que, además, esté incluido en el Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA, VIES.
  • El proveedor tiene que incluir la información de la operación en la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (Modelo 349)
  • Si tú realizas la entrega, tendrás que emitir al cliente sin NIF-IVA la factura con IVA exigido por la Agencia Tributaria en España.
  • Si tú adquieres la entrega sin NIF-IVA, recibirás la factura del proveedor con el IVA de su país, con lo que no podrás deducirlo en el modelo 303, pero si solicitar devolución en el modelo 360.

No contar con ayuda profesional en tu alta y actividad como autónomo

Aunque te lo estoy explicando todo al detalle para que entiendas a la perfección como darte de alta como autónomo, la realidad es que la mayoría de emprendedores tienden a errores en el proceso, sobre todo si lo hacen por primera vez. No se puede estar en todo y lo peor es que un pequeño fallo puede tener graves consecuencias.

Los epígrafes, las obligaciones fiscales, los impuestos que debes presentar, la manera de hacer las facturas… hay muchas cuestiones en las que contar o no con una asesoría puede ser crucial.

Si lo necesitas, no olvides que en Ayuda T Pymes estaremos encantados de echarte un cable.  Como se suele decir: más vale prevenir que curar.

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • Natalia dice:

    Hola me acabo de dar de alta en hacienda telematicamente (ya tenia el alta en la S.S) y ahora no se que esperar que hacer , en la pagina de la aeat no me dice nadal. Me mandarán algun mensaje o como tengo que saber cuando y como y cuanto pagar etc?

    • GesTron dice:

      Hola, Natalia. Viendo la naturaleza de la pregunta creo que es crucial contar con una asesoría adaptada a autónomos en servicios y precios. Te la respondo. En Hacienda no tienes que pagar nada por el alta, ni sale ningún mensaje. Si te has dado de alta correctamente en la TGSS, directamente el día 30/06 te pasarán la cuota de autónomo. Y tendrás que presentar tus impuestos este trimestre (en julio). Insisto, te vas a encontrar con dudas mucho más grandes que esta en el futuro, deberías tener una asesoría a tu lado (sea la que sea, y si es con nosotros mejor) para que solo tengas que pensar en la obtención de beneficios y no en perder tiempo al rellenar modelos de hacienda.

  • Lobna dice:

    Hola soy Lobna y tengo una pregunta sobre autónomo, yo me acabo de dar de alta el día 05/02 y aún no estoy facturando porque aún estoy poniendo en marcha una tienda de productos de alimentación ecológicos y me gustaría saber que sucedería en este caso?Gracias

  • Gloria dice:

    Hola, Mi hermana tiene una tienda de alimentación desde hace más de un año y no se ha dado se alta en Hacienda ni como autónoma. Me ha propuesto que llevemos el negocio juntas, pero sigue sin querer darse de alta. Le propongo darme de alta yo y está de acuerdo. Lo que quisiera saber es si tendré problemas por el tema de la fecha de alquiler del local en una fecha y el alta en otra; Había pensado que solicite un nuevo contrato de alquiler por convertirse en una comunidad de bienes, pero acabo de leer que este tipo de sociedades no permite tener un socio capitalista. La siguiente solución era crear un SL, pero esta no permite la bonificación de la cuota de autónomos. En definitiva, quiero saber si hay alguna manera/excusa para cambiar el contrato, si este debería estar a nombre de las dos y si no se pudiera modificar el contrato y me doy de alta ahora, qué inconvenientes podría tener, si los hay.Gracias

  • Javier dice:

    Buenas, debido a que tenía muy pocos ingresos, no me di de alta en la Seguridad Social, pero si en Hacienda para poder emitir facturas. Hasta ahora he estado presentando los modelos trimestrales pertinentes al estar dado de alta en IAE. Ya empiezo a tener suficientes ingresos, y me quiero dar de alta en autónomos, ¿cómo sería la forma correcta de hacerlo para evitar sanciones? Gracias de antemano.

  • GesTron dice:

    Hola Manuel,

    He actualizado el post, así que igual te interesa releerlo para revisar tus dudas. Si necesitas ayuda con tu alta autónomos o con tu actividad, en Ayuda T Pymes estaremos encantados de echarte una mano.

  • GesTron dice:

    Hola Sara,

    Te recomiendo que le eches un ojo a lo que dice el SEPE sobre cotización, en el apartado de ingresos de cuota. Un saludo!

  • Pablo dice:

    Holauna consulta. Me quiero dar de alta otra vez  en febrero de 2021, tras 2 años de no estar en autónomos. Y quiero solicitar la tarifa plana.Me piden una factura ahora en diciembre como pago inicial de un trabajo largo bien pagado, por unas subvenciones que pide el cliente.He pensado darme de alta en el IAE en hacienda modelo 036, pero no de autónomo en SS, para poder facturar, y de alta de autonomos en febrero (hacienda y SS) con la tarifa plana.es correcto esto?gracias y un saludoEs correcto esto que hago?

  • Naia dice:

    Muy buenas!Gracias por el post, pero tengo una duda. En enero me voy a dar de alta como autónoma, pero estos días tengo que comprar los muebles y lo necesario para la sala, para tener todo preparado a primeros de enero. Podré deducirme el iva cuando haga la declaración en 2021, siendo un gasto del 2020? Muchas gracias

    • GesTron dice:

      Hola Naia,
      Sí que podrías, pero tienes que seguir los siguiente pasos

      – Ahora en diciembre, avisar a Hacienda presentando el modelo 036 y seleccionando la casilla 504. De esta forma notificarás un alta previa al inicio de actividad.
      – Todas las facturas tendrán que emitirse con fecha posterior a la de esta alta previa en Hacienda, es decir, si te das de alta mañana 11 de diciembre, pues a partir del 12.

      Ten en cuenta que cuando vayas a iniciar tu actividad de verdad, en este caso en enero, tienes que volver a presentar el modelo 036 pero, en esta ocasión, marcar la casilla 508 para hacerle llegar a Hacienda el alta definitiva de tu actividad.

      Un saludo y mucha suerte con tu proyecto

  • Javier dice:

    Buenos dias

    Graicas por toda esta info!! Voy a comenzar un comercio online de regalos y tengo una duda:

    Para empezar a comprar los productos que luego vendere con la correspondiente factura a mi nombre ya tengo que estar dado de alta en Hacienda y como Autonomo? O hay algun margen de tiempo (1 mes por ejemplo) para poder darse de alta en ambos y poder desgravar estas facturas….

    • GesTron dice:

      Hola Javier,

      Para deducir los gastos de antes de comenzar tu actividad, tienes que presentar el modelo 036 o 037 marcando la casilla 504 con antelación para avisar así a Hacienda de que vas a emprender próximamente. Después, cuando vayas a iniciar tu actividad, deberás de darte de alta autónomos y presentar de nuevo el modelo 036, esta vez, marcando la casilla 508. Un saludo y suerte!

  • Raquel dice:

    Hola! Muchas gracias por el post. Voy buscando como una loca algo de info…
    Me dí de alta en Hacienda con fecha 09/05/2020 pero marcando la casilla 504 en la página 5 del modelo 036.
    Esto significa que declaré que solo iba a adquirir bienes y que mi actividad no consta iniciada a efectos de entregas de bienes.
    Tengo planeado empezar mi actividad oficial en noviembre, ya con la venta de productos, por lo que emitiré un nuevo modelo 036 para comunicar este alta (casilla 508) además del alta en la seguridad social como autónoma.
    ¿El haber presentado el modelo previo de adquisición de bienes a fecha de mayo puede hacer que la SS pueda multarme y privarme de bonificaciones?
    Muchas gracias!!!

    • GesTron dice:

      Hola Raquel,

      Lo recomendable es realizar el alta en Hacienda y en el RETA en el mismo día o en el RETA con anterioridad. Así que es posible que en tu caso te recarguen un porcentaje de la deuda de las cuotas a la Seguridad Social. Si necesitas ayuda, contacta con nuestra asesoría empresas y autónomos. Un saludo!

  • Maria Eugenia dice:

    Hola! Actualmente trabajo por cuenta ajena y estoy en un ERTE por fuera mayor, cobrando la «prestacion por desempleo» correspondiente a las horas de trabajo(70%)

    quiero emprender y montar algo por mi cuenta de venta on-line, tengo enendido que tengo que darme de alta con el modelo 036, al no darme de alta en autónomo por no empezar a factura nada de momento o facturar lo mínimo, ¿puede afectarme al cobro de la prestacion el darme de alta con el modelo 036?

    Muchisimas gracias!

  • Juan D. dice:

    Hola, buenas.
    Quiero darme de alta en el Censo de Hacienda, en los epígrafes 821 y 822 de personal docente de enseñanza superior y enseñanza media.
    Quisiera saber si se realizan por separado, dos veces por lo tanto en el 037, o si hay alguna opción dentro del 037 para adscribir ambos epígrafes.

    Gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Juan,

      He actualizado el post desde el que escribes tu comentario, así que te recomiendo que le vuelvas a echar un vistazo para revisar tus dudas. En tu alta autónomos puedes poner más de un epígrafe sin problemas, todos los que necesites para describir correctamente tu actividad económica. Un saludo!

  • Ruth dice:

    Hola! Voy a dar clases de inglés online a partir de octubre y me daré de alta como autonoma, pero este sábado 26 me tengo que dar de alta en el censo de actividades económicas para poder trabajar eventualmente como examinadora durante un dia para un centro examinador. Afecta esto en algún modo a darme de alta ya como autónoma un poco más adelante ? Este año he examinado 4 días, no es una actividad habitual, pero me surge la duda de si habrá algún inconveniente.
    Gracias y saludos,
    Ruth.

  • Elsa dice:

    ¡Muchísimas gracias!

  • Sonia dice:

    Hola voy a comprar un local de uso residencial colectivo, quiero dedicarlo a vivienda y también alquilarlo, puedo deducir el IVA de la compra,? Para ello necesito darme de alta en hacienda antes de la compra? Y en la seguridad social? Gracias

  • MACARENA dice:

    Buenos días,

    Si yo me doy de alta en censos para una actividad esporádica y no en RETA, ¿tengo que presentar en ese trimestre los impuestos a los que pueda tener obligación? Gracias.

  • dianacarolinafrancoo@hotmail.com dice:

    Hola, estoy de Alta como autónoma, como agente de seguros, pero este verano me salio opcional mente un trabajo de temporada para ventas de frutas, realice la modificación de la actividad en hacienda agregando la actividad, pero no realice la modificaciòn en seguridad social, pero el trabajo opcional de verano resulto solo por 15 dias y fui dado dada de alta por recargo por equivalencia, como declararía esos días en hacienda??
    Gracias..

  • Marta dice:

    Hola,
    Mi situación es un tanto particular (y no sé si lo he hecho todo mal desde el principio)
    Llevo varios años haciendo facturas puntuales como ilustradora. Para ello, llevo dada de alta en IAE desde 2015. Hasta 2017 tenía otro trabajo principal con nómina, y durante 2018 cobré el paro. Como mis ingresos derivados de esta actividad no superaban los 9000 euros anuales, no he podido darme de alta en Reta. Ahora al fin mis ingresos sí van a superar esa cantidad y podré afrontar pagar las cuotas. La idea es darme de alta a 1 de julio, y cuento con que se me aplique la tarifa plana (ya que nunca pagué autónomos), pero al llevar dada de alta desde 2015 en iae (en RETA no) no sé si el sistema va a detectarlo como un error. No sé si ha de coincidir la fecha de alta en ambas. ¿Sabrían decirme, en mi situación, cómo debería proceder? Las oficinas en la Tesorería están cerradas por el Covid y no he podido informarme en persona. Muchas gracias de antemano.

  • sm dice:

    Bueno a ver cuando parece que todo el entuerto de alta en reta esta para finalizar y le das a confirmar me aparece un mensaje de error en la elección de mutua… que hacer? que se pone? porque si pones 777 q es la seguridad social te dice q te acuestes… AYUDA!

    • GesTron dice:

      Hola! Justo he actualizado este mismo post con información nueva, te recomiendo que le eches un vistazo porque han cambiado algunas cosas desde que lo publiqué por primera vez. Siento las molestias ¡Un saludo!

  • Fran dice:

    Hola

    Tengo una duda que por más que leo y me informo no me queda clara.

    Actualmente estoy contratado por cuenta ajena, pero de vez en cuando 3 veces al año aproximadamente me salen trabajos de de menos de 1000€.

    Tengo que darme de alta en autonomo? en RETA? en la seguridad social?

    Se considerá dos pagadores para mi IRPF?

    Quedo a la espera.

    • GesTron dice:

      Hola Fran! Justo he actualizado este mismo post con información nueva, te recomiendo que le eches un vistazo porque han cambiado algunas cosas desde que lo publiqué por primera vez. Siento las molestias ¡Un saludo!

  • Sal dice:

    Hola

    Soy dibujante de cómics y desde hace tiempo vengo ganando un sueldo al mes y me interesaría darme de alta en autónomo y quería contratar a un gestor para que me llevara todo el papeleo…el problema es que, al ser mi ocupación laboral especifica, quería saber si cualquier gestor podría ocuparse de llevar mi tipo de desempeño laboral o tendría que buscar alguno especializado en la materia. No sé mucho del tema.

    Gracias!

  • Roberto dice:

    buenas
    pues mi duda es que me di de alta como autónomo en hacienda y seguridad social y pero como creía que lo había hecho mal me di de baja de seguido en el mismo día eso repercute en las ayudas a las cuotas?????

    • GesTron dice:

      Hola Roberto! Justo he actualizado este mismo post con información nueva, te recomiendo que le eches un vistazo porque han cambiado algunas cosas desde que lo publiqué por primera vez. Siento las molestias ¡Un saludo!

  • Filipe dice:

    Hola. Buenos dias!
    Resulta que perdi mi trabajo debido al Coronavirus y mi compañía comenzó el proceso a un E.R.T.E. para los empleados.
    Ya estoy haciendo el trámite para ingresar al E.R.T.E. y surgió una oportunidad para hacer entregas de comida, (por eso necesito alta de autónomos) y no sé si eso va a funcionar y no quiero arriesgar mi E.R.T.E.
    Me podrías orientar por favor?
    Si hago alta como autónomo, ¿perderé los beneficios los beneficios del E.R.T.E?
    ¿Hay algo que también deba hacer?

    De antemano muchissimas gracias!

    • GesTron dice:

      Hola Filipe,

      Sí, es posible compatibilizar ambas situaciones pero solo puedes hacerlo por un máximo de 270 días y tendrás que solicitarlo con un plazo de 15 días desde la fecha de inicio de tu actividad por cuenta propia. Un saludo!

  • Jesus dice:

    Hola!

    Pensaba hacerme autónomo este mes de abril pero, actualmente mi empresa ha solicitado un ERTE y por lo que he visto, no me puedo hacer autónomo mientras obtenga un subsidio. Esta situación de subsidio calculo que será en este mes de abril y mayo.

    La pregunta es ¿puedo emitir facturas a fecha de abril y luego darme de alta de autónomos en junio y presentarlas en ese trimestre?

    Muchas gracias!

  • Pedro dice:

    Hola, muchas gracias por el post. Yo he realizado un informe de consultoría puntual y quiero emitir una factura por 3600 euros. No he emitido ninguna factura en años y no voy a emitir ninguna más en mucho tiempo. Es totalmente puntual. Me he dado de alta en el censo de empresarios (mod.37) pero no en en IAE (mod.840, fundamentalmente porque la página no funciona) y tampoco en el RETA. Mi epígrafe IAE es correcto en el censo. ¿PUEDO emitir la factura sin haber completado el mod. 840 y sin darme de alta como autónomo? Muchísimas gracias.

  • AL dice:

    Muy buenas
    En 2005 me afilié a la mutualidad de Arquitectos HNA y me di de alta en la actividad de arquitectura bajo el epígrafe 411, emitiendo facturas con su IVA y su retención correspondiente.
    Cuando la crisis pegó fuerte empecé a dar clases de inglés y me di de alta en el IAE bajo el epígrafe 826 (clases de inglés, exentas de IVA), en mayo del 2013, combinando ese año la arquitectura con clases de inglés esporádicas, con lo que en el IRPF reflejé el epígrafe 411 como actividad principal. Hasta aquí, todo correcto.
    El problema es que cuando las clases de inglés (epígrafe 826) pasaron a ser mi actividad principal, no me dí de alta en el RETA ya que ingenuamente pensé que ya bastaba con los pagos de autónomos a la hermandad de Arquitectos. De esto me di cuenta hace 4 días y te puedes imaginar cómo me he quedado ya que no tenía ni idea de este tema. No hubo mala fe alguna.
    Desde 2014 llevo indicando en el modelo 100 del IRPF que mi actividad principal es el 826.
    No he recibido ninguna notificación y todos los años Hacienda me devuelve las retenciones íntegras ya que tengo pocos ingresos.
    Me urge regularizar mi situación y me han asesorado de distintos modos:
    1- Darme de alta en el RETA, con lo que mi situación saldrá a la luz y habré de pagar los últimos 4 años sin bonificaciones más el recargo del 20%.
    2- Darme de baja en el epígrafe 826, manteniendo el 411 (que se rige sólo por la Hermandad de Arquitectos) y volver a darme de alta al cabo de un par de meses a la vez que el RETA.
    ¿Qué me recomiendas? Te agradecería mucho una respuesta urgente.
    Muchísimas gracias

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

SUSCRIPCIÓN

SUSCRÍBETE!

No deberías perderte nada de lo que cuente por aquí.