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¿Se puede ser autónomo y trabajar por cuenta ajena a la vez?

Una de las dudas que más veces he resuelto en mi vida como gestor es la que podéis leer en el título de esta pregunta. Una y otra vez me han preguntado «¿puedo ser autónomo y trabajar por cuenta ajena al mismo tiempo?«.

Hoy vengo a resolver esa duda para que todos podáis saber si se puede compaginar o no la vida laboral con el autoempleo.

¿Puedo ser autónomo y trabajar en una empresa?

No os voy a dejar más con la intriga: sí, se puede ser trabajador por cuenta ajena y autónomo a la vez. Es una opción muy buena para aquellos que quieran compaginar su empleo de toda la vida con alguna actividad que quieras llevar a cabo por tu cuenta.

Ser autónomo y empleado a la vez tiene el nombre de pluriactividad. Para la Seguridad Social esto significa que el trabajador en cuestión está cotizando en dos o más regímenes de la Seguridad Social. ¿Qué quiero decir con esto? Que, en definitiva, estás pagando «por dos» a la Seguridad Social como trabajador autónomo (en el RETA) y como empleado.

👨‍⚖️ ¡Ojo! Pluriempleo no significa lo mismo que pluriactividad. Según la Seguridad Social, un pluriempleado es aquel que trabaja por cuenta ajena y presta servicios a dos o más empresas distintas en el mismo régimen de la Seguridad Social.

En definitiva, puedes ser pluriactivo y convertirte en un trabajador por cuenta ajena que también presta sus servicios como autónomo. Solo tendrás que darte de alta como autónomo y podrás empezar a compaginar ambas actividades.

Si prefieres que un experto tramite tu alta como autónomo y además quieres quitarte de papeleo, puedes echar un vistazo aquí para conocer el servicio que tengo preparado para ti. Sabemos por experiencia que si algo le falta a un asalariado que además es autónomo… ¡es el tiempo!

¿Puedo tener una SL y trabajar por cuenta ajena?

También puedes. Puedes ser un autónomo societario y ser empleado de otra empresa al mismo tiempo.

Es importante conocer que desde hace años los autónomos societarios tienen derecho a disfrutar de la tarifa plana al igual que el resto de autónomos.

Ahora bien, también existe la posibilidad de ser socio trabajador de una SL y cobrar por nómina, lo que significaría pluriempleo y no pluriactividad, ya que estarías con dos trabajos asalariados en el Régimen General de la Seguridad Social (RGSS).

Beneficios de ser autónomo y asalariado

Seguro que estás pensando lo siguiente: ¿tengo que pagar dos veces a la Seguridad Social y no tengo ningún tipo de descuento o bonificación? 

Pues lo cierto es que existía una bonificación por pluriactividad hasta 2023, que se traducía en lo siguiente:

  • Primeros 18 meses como autónomo: reducción de un 50% de la base mínima.
  • Siguientes 18 meses como autónomo: reducción de un 75% de la base mínima.

Había que elegir al darse de alta como autónomo entre esta bonificación y la tarifa plana, y lo cierto es que esta última salía más rentable el 95% de las ocasiones, así que nunca resultó demasiado útil; hasta el punto que la eliminaron.

De este modo, el beneficio que tienen actualmente quien sea autónomo y trabajador por cuenta ajena es la devolución del exceso de cuotas.

Devolución del exceso de cuotas

Cuando eres autónomo y trabajador por cuenta ajena estás cotizando por conceptos idénticos a la Seguridad Social en dos regímenes distintos: el RGSS y el RETA.

Por este motivo, la Seguridad Social te devolverá el 50% de tus cotizaciones, siempre que cuando la totalidad de las cotizaciones ingresadas por contingencias comunes, en ambos regímenes, supere una cuantía determinada que varía año a año.

Normalmente esta devolución se abona a primeros del mes de mayo, y se realiza de oficio, sin que tengas que solicitar nada.

¿Tendré dos pensiones de jubilación si he sido autónomo y asalariado?

Sí, podrás cobrar una por autónomo y otra por haber trabajado por cuenta ajena, siempre y cuando hayas cotizado durante al menos 15 años en ambos regímenes.

En caso de que no llegues a los 15 años en alguna de las dos opciones, puedes acumular la cotización en aquel régimen en el que sí puedes cotizar.

👩‍🏫 ¡Importante! si cobras solo tu pensión de jubilación como asalariado, debes tener en consideración que se sumará el importe de cada día que hayas cotizado en los dos regímenes; pero un día jamás contará como dos días cotizados.

Espero que con este artículo ya no te queden dudas sobre si puedes ser autónomo y trabajador por cuenta ajena a la vez. Eso sí, ten en cuenta que si ser autónomo ya es duro de por sí, compaginarlo con un trabajo por cuenta ajena es más duro todavía. Por ese motivo no te recomiendo perder el tiempo con los papeleos y trámites, que ya bastante tendrás con lo tuyo. Déjalo mejor en manos de Ayuda T Pymes.

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • Manuela dice:

    Soy autónoma societaria y a la vez trabando por cuenta ajena, me acaban de despedir después de años, he pedido al SEPE el paro y me dicen que no me corresponde por estar en RETA, aclarar que mi actividad como autónomo societario es desde hace 7 meses, y no he recibido remuneración de mi SL, podrían decirme si es correcto que ni me den el paro. Muchas gracias

    • GesTron dice:

      Hola Manuela. Es correcto. No se puede cobrar la prestación por desempleo estando dado de alta en el RETA, incluso no ingresando dinero por la actividad económica.

  • Natalia dice:

    Buenas tardes,

    Trabajo por cuenta ajena a jornada completa y con contrato indefinido. Además, soy psicóloga y de manera esporádica me sale la oportunidad de atender pacientes, pero estamos hablado de ingresos esporádicos que no superarían en ningún caso los 400€ al mes. En esta situación tendría que darme de alta como autónoma? O por ser ingresos esporádicos, y por debajo del SMI, con declararlos como ingresos extraordinarios en la declaración de la renta sería suficiente?
    Muchas gracias!

    • GesTron dice:

      Hola Natalia. En la Declaración de la Renta es insuficiente ya que tienes que declarar el IVA todos los trimestres, y la Renta es solo para el IRPF. Debes darte de alta en Hacienda como mínimo. Por otro lado, esporádicas son 1, 2 o 3 facturas en un año. A partir de ahí pueden considerar que se trate de una actividad continuada, lo que obligaría sí o sí a darse de alta como autónoma también.

  • Jorge dice:

    Hola, muchas gracias por el artículo, es muy útil la información. Sigo con una duda sobre los cambios en 2024.
    Tengo un contrato indefinido de 12 horas, y para compaginar he encontrado trabajo temporal de autónomo, para un par de meses me tendré que dar de alta. ¿Hay algún descuento que no sea los de primer año ya que he sido autónomo anteriormente? ¿O debo esperar hasta MAYO de próximo año para ver si me devuelven algo?

    • GesTron dice:

      Hola Jorge. Algunas comunidades autónomas ofrecen sus propias ayudas. Deberías consultarlas en la página oficial de la tuya. De todos modos, para un alta de dos meses no suelen concederlas.

  • Oscar dice:

    Hola, si trabajo por cuenta ajena 20horas y quiero abrir una tienda online . Tendría que darme de alta como autónomo y podría ejercer los dos trabajos ? Un saludo!

    • GesTron dice:

      Hola Óscar. Así es, tendrías que darte de alta como autónomo. Que trabajes aparte como asalariado no importa, aunque estuvieras a jornada completa; no afecta en nada, ni siquiera a la hora de pedir las bonificaciones estatales o las ayudas autonómicas.

  • Ainara dice:

    Soy autónoma hace dos meses y me a salido una faena de 30h semanales y me quieren contratar, hay algún problema?

    • GesTron dice:

      Hola Ainara. No hay inconveniente alguno en ser autónoma y asalariada al mismo tiempo. Y además tampoco afectará a las bonificaciones en la cuota que pudieras tener.

  • Julio dice:

    Hola! Soy autonomo desde hace un mes, y siendo autonomo por la primera vez, pago 80 euros de cuota de autonomo durante el primer año. En estos dias se ha presentado un oportunidad de emepzar tambien un trabajo para cuenta ajena fulltime. Si emepiezo a trabajar en esta emperesa y mantengo mi alta como autonomo, mi cuota de autonomo seria pagar la mitad de 80 euros o no cambiaria en este caso?

  • Silvia dice:

    Hola si eres autónomo y te llaman a trabajar de la bolsa del Servicio Andaluz de Salud como laboral para cubrir una baja o por meses, al ser un organismo público se puede compatibilizar? Qué hay que hacer?

    • GesTron dice:

      Hola Silvia. La cuestión es si saben el el Servicio Andaluz de Empleo que eres autónoma en estos momentos. Porque no hay nada que impida que puedas trabajar al mismo tiempo que eres autónoma pero… ¿Te hubieran llamado sabiéndolo para cubrir esa baja?

  • Pablo dice:

    Buenos días,
    Trabajo a 40h por cuenta ajena con contrato indefinido y tengo pensado darme de alta como autónomo. Mi duda está en que la actividad que quiero ejercer como autónomo es la misma que la empresa en la que trabajo ¿Supondría algún problema? Gracias de antemano.

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