Ventajas de ser autónomo y trabajar por cuenta ajena

Índice
- Opciones en la cotización
- La cobertura por contingencias comunes en tus dos regímenes
- La cobertura por contingencias profesionales en pluriactividad
- Bonificaciones
- Tarifa plana
- En caso de Pluriacitividad
- Solicitud devolución de cuotas de autónomo
- Consejos para evitar problemas en la aplicación de la pluriactividad
- Jubilación y pluriactividad
- Conclusión
Hoy vengo a hablarte de la bonificación por pluriactividad. ¿No tienes claro si puedas ser autónomo y trabajar para una empresa a la vez? Pues bien tengo que decirte que sí, que no hay ningún problema en estar dado de alta en el régimen general y en el RETA. Es más, es la opción más adecuada si desarrollamos actividad por cuenta propia y ajena al mismo tiempo y de forma continua. Cada actividad debe estar cubierta por su correspondiente régimen.
¿Quieres saber las ventajas y bonificaciones que existen por trabajar como autónomo y por cuenta ajena a la vez? Estás de suerte porque este post va cargadito de información sobre ventajas, bonificaciones y consejos para que no se te escape ni una, la tarifa plana de autónomo, la solicitud devolución de cuotas… y ¡todo lo que conlleva estar dado de alta en Pluriactividad!
¡Recuerda! Si ves que aún leyendo esto no te queda claro o prefieres dejárselo a los profesionales, puedes contar con mis amigos de Ayuda-T Pymes, les encanta ayudar a Pymes, autónomos y startups.
Opciones en la cotización
Como estás dado de alta en dos regímenes de seguridad social distintos, esto supone que en cada uno se te darán las coberturas correspondientes en el caso de que caigas enfermo, tengas un accidente o tengas que pedir permiso por maternidad o paternidad.
Pues bien, todo esto está muy bien, pero igual que no sacas dos seguros a tu coche que cubran lo mismo, en el caso de la pluriactividad existe la posibilidad de que, aunque tengas que contar con los dos seguros, puedes excluir de uno las coberturas ya satisfechas por el otro, con lo cual te será más barato.
Las dos coberturas principales cuando estás dado de alta en la Seguridad Social son: contingencias comunes, que te cubre cualquier enfermedad común, y contingencias profesionales o por accidente, la que ‘actúa’ cuando, mientras trabajas, sufres un accidente que imposibilite que puedas cumplir con tu labor durante los días que dure tu baja.
Pues bien, si ya estás contratado por una empresa y decides darte de alta como autónomo puedes optar por tener o no en tu seguro de autónomo la cobertura por contingencias comunes. ¿Por qué? En caso de que tengas una baja por enfermedad, ya estarás cubierto por el régimen general de la empresa que te tiene contratado, y podrás seguir cotizando y cobrando según la ley, puedes ver más de este tema aquí.
La cobertura por contingencias comunes en tus dos regímenes
En esto de las coberturas tienes que hacer balance de lo que te conviene más. En caso de estar de baja, además de seguir cobrando por parte de tu empresa lo que te corresponda, también podrás solicitar a tu mutua como autónomo el pago directo por esa baja, en los mismos porcentajes que en régimen general. En definitiva, mensualmente estarías pagando por ambos regímenes, pero en caso de baja te pagarían también por dos vías.
No tener la cobertura por contingencias comunes no supone tanto ahorro como puedes imaginar. Ni un 3.5 % sobre la base de cotización que elijas. Deberás valorar qué te conviene más. Eso sí, si no eliges esta cobertura y en algún momento dejas de estar dado de alta por cuenta ajena, deberás acogerte a la misma.
La cobertura por contingencias profesionales en pluriactividad
Es opcional para todo autónomo, esté o no en el régimen de pluriactividad. Es decir, cualquier autónomo en el momento de darse de alta puede elegirla pero no es obligatorio. Tener la cobertura por accidentes de trabajo, te supondrá pagar entre 30 y 50 € mas aproximadamente cada mes. Las cantidades varían ya que para calcularse se debe tener en cuanta la actividad que realizas. Cada una de ellas se vincula a un código CNAE, y a cada código CNAE le corresponde un % concreto por el que se calculan las coberturas.
Otra cobertura que puedes elegir antes de darte de alta como autónomo, y que tampoco está vinculada a la pluriactividad, es el cese por actividad, el llamado paro de autónomos. Tenerla, te supone pagar un 2.2 % más sobre la base de cotización que elijas al darte de alta.
Cuantas más coberturas añadas a tu seguro de autónomo, más caro te saldrá éste, por eso debes valorar qué te conviene más. Si eres como un súper héroe que nunca te pones malo, seguro que te saldrá más rentable tener las coberturas mínimas que te pida la ley, porque así, aunque poquito vas ahorrando cada mes.
Bonificaciones
Bonificaciones a las que puedas optar cuando estás en pluriactividad.
*Recuerda que tiene que ser la primera vez que te das de alta como autónomo.
Es muy importante que la pluriactividad de produzca en el siguiente orden, para que puedas tener derecho a ellas, primero debes ser contratado y estar dado de alta por cuenta ajena y luego debes darte de alta como autónomo, si es a la inversa, no te lo tendrán en cuenta para estas bonificaciones.
Estas bonificaciones, realmente son reducciones en tu base de cotización de autónomo, esto no quiere decir que estés cotizando menos, si no que te reducen la base para hacerte el cálculo de cada cuota:
- Si estás contratado a jornada completa en una empresa
- Primeros dieciocho meses de alta: hasta el 50% de la base mínima de cotización,
- Segundos dieciocho meses de alta: hasta el 75% de la base mínima.
- Si estas contratado a jornada parcial en una empresa
- En el caso de que la pluriactividad sea a tiempo parcial, las bonificaciones se reducirían al 75% y 85% respectivamente.
Cuando te des de alta en seguridad social tienes que tener especial cuidado a la hora de solicitar la pluriactividad, para que te la recojan bien, si tienes alguna duda, mis amigos de Ayuda-T Pymes, estarán encantados de ayudarte.
Estas bonificaciones, por pluriactividad son incompatibles con la tarifa plana de autónomos.
Tarifa plana
Como te he dicho, la bonificación por pluriactividad es incompatible con la famosa Tarifa plana de autónomos, ya que uno de los requisitos para aplicarte la tarifa plana es no estar en pluriactividad, por tanto la pluriactividad prevalece sobre la tarifa plana, ¿pero sabes cuál te conviene más?
Te dejo unos números para que puedas verlo claramente:
- Primeros 6 meses: 80 % de la base de cotización. Supone pagar sobre 54 € mensuales.
- Segundos 6 meses: 50 % de la base de cotización. Supone pagar sobre 133 € mensuales.
- Terceros 6 meses: 30 % de la base de cotización. Supone pagar sobre 186 € mensuales.
- Desde el mes 19, pasarás a pagar sobre 266 €
Primeros 18 meses en tarifa plana, pagarías sobre 2238 €
Segundos 18 meses en tarifa plana, pagarías 4788 €
Total período de 36 meses, 7026 € aprox.
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En caso de Pluriacitividad
- Primeros 18 meses
Jornada completa= 50 %. Supone pagar sobre 133 € mensuales
Jornada parcial = 75%. Supone pagar sobre 199 € mensuales
- Segundos 18 meses
Jornada completa= 75%. Supone pagar sobre 199 € mensuales
Jornada parcial =85%. Supone pagar sobre 226 € mensuales
Primeros 18 meses en pluriactividad, jornada completa, pagarías sobre 2394 €
Segundos 18 meses en pluriactividad, jornada completa, pagarías 3582 €
Total período de 36 meses, 5976 € aprox.
Primeros 18 meses en pluriactividad, jornada parcial, pagarías sobre 3582 €
Segundos 18 meses en pluriactividad, jornada parcial, pagarías 4068 €
Total período de 36 meses, 7650 € aprox.
Solicitud devolución de cuotas de autónomo
Hay una opción para cuando estás en pluriactividad de pedir devolución por doble cotización, esto es cuando has estado todo el año cotizando por cuenta ajena, al trabajar para una empresa, y cotizando por cuenta propia como autónomo. Si estás en este caso y has cotizado por una cuantía igual o superior a 12.245,98 euros anuales, podrás solicitar a seguridad social que te devuelvan el 50 % de lo que haya excedido de dicha cantidad.
Es muy importante que tengas en cuenta que para pedir este devolución lo tienes que hacer antes del último día de abril de 2016.
Consejos para evitar problemas en la aplicación de la pluriactividad
Tu alta de autónomos nunca puede ir fuera de plazo, si está fuera de plazo no te van a permitir aplicarte ninguna reducción, ni bonificación.
También te recomiendo que pagues puntualmente tu cuota porque en el momento que hay algún impago, seguridad social, dejará de aplicártelas.
Jubilación y pluriactividad
Aunque sabemos que aun te queda mucho para jubilarte, porque los súper héroes estamos hechos de otra pasta, tengo que contarte que en caso de que llegue el momento de jubilarte, hoy día, es posible compatibilizar tu pensión de autónomo, con una actividad por cuenta ajena.
Así puedes cobrar el 50 % de lo que te corresponda de pensión por haber sido autónomos y seguir trabajando para una empresa. Esto se llama ser “pensionista activo”, y para ello debe haber alcanzado la edad de jubilación, y que tu jubilación no sea ni anticipada ni parcial.
Si dejases de estar contratado, ya pasarás a cobrar el 100 % de la pensión que te corresponda.
Conclusión
Si tienes una idea de negocio, y quieres apostar por ella que no te pare estar dado de alta como trabajador, ya que todo son ventajas, y durante el tiempo que inviertes para despegar por tu cuenta, puedes beneficiarte de las posibilidades que te da la ley para estar en dos regímenes distintos. Porque hay que arriesgar en la vida, pero si tienes un buen paracaídas mejor que mejor.
Espero que ye haya servido de ayuda, si tienes alguna duda házmelo saber, estaré encantado de escucharte y ayudarte en todo lo que pueda 🙂
181 comentarios
Noemi
Hola
Me ha encantado el artículo. Os quería preguntar ¿Se puede ser autónomo y funcionario a la vez? o mejor dicho ¿se puede ser funcionaria y cobrar ingresos por otro negocio por cuenta propia?
Gracias
Saludos
Noemí
GesTron
Buenos días Noemí,
Me alegra que te haya gustado el artículo. Respecto a tu consulta comentarte que por regla general los funcionarios no pueden darse de alta como autónomos, pero todo depende de la exclusividad laboral que se estipule en el convenio colectivo que te afecte. El procedimiento más común es que no actúes como autónomo directamente, pero si figurar en el negocio, como por ejemplo siendo socio capitalista de una Sociedad Limitada.
Saludos 🙂
Ana Iturregui
Saludos
Si he cotizado varios años como autónomo y contratado por una empresa a la vez….puedo jubilarme con algo más q sólo lo de autónomos?
GesTron
Buenos días Ana,
Por supuesto, la base que computa de manera general es la que hayas cotizado mediante cuenta ajena y cuenta propia, es decir, para el cálculo de la jubilación se sumará lo que hayas cotizado estando contratado y estando como autónomo. Es importante que no hayas tenido deuda con la Seguridad Social y que hayas pagado todas las cuotas como autónomo para que te las sumen correctamente cuando te jubiles.
Saludos 🙂
javi
hola me despejo mente el comentario, yo trabaje 12 años montando molinos de viento, de siempre me encanto la artesania y los mercados! diciembre 2014 deje empresa por año sabatico artesano, formandome por un lado en carpinteria y mueble, varios cursos de tornero, de ahi mi hobby oficio, hago cuencos, cajas, de todo un poco.
En enero 2016 empiezo a trabajar en empresa de eolicos pero para departamento tecnico , nada k ver con montar un parque eolico, buen trabajo k me permite horario de nave 8:00 a 16:00 y fin de semana libres. me gustaria trabajar de forma autonomo para vender la artesania y seguir currando en empresa…como tengo k hacer?
algo de venta ambulante? no se miro info
por k podia cambiar el pais a precios normales como el resto del mundo,ojala baje pronto…
de verdad…no tarifa plana esa..k no es un movil! es una verguenza antigua encima
GesTron
Buenos días Javi,
Para la venta ambulante te recomiendo que te pongas en contacto con el Ayuntamiento al que pertenezcas, concretamente con urbanismo para que te conceda un permiso de ocupación de la vía pública, y también para que consultes los permisos que te hagan falta para vender tu mercancía.
Si no quieres acogerte a la tarifa plana, si cumple los requisitos te la recomendamos, pagarás en función del CNAE que te des de alta en Seguridad Social (4789,4781,4799) una cuota un poco inferior a la mínima.
Te recomendamos que tengas un asesor para que te informe los trámites fiscales y laborales si decides darte de alta como autónomo.
Saludos.
Brendaa
Buenas.esto aplica para la cuota de administrador único de una sociedad limitada profesional? Actualmente se trabaja 8h/semana para una empresa por cuenta ajena y quiero montar mi propia SLP pero los 316e de cuota actual me resultan muy elevados….es posible la deducción? Alguna otra posibilidad?
GesTron
Buenos días Brenda,
En cuanto a administradores de lo único que engloba esa reducción es para administradores de Sociedades Limitadas Laborales o cooperativistas. Respecto a la deducción, lógicamente te lo podrás deducir en tu declaración de renta como rendimientos de actividades económicas (los socios o administradores trabajadores deben de facturar a su propia sociedad al estar incluidos en el grupo 2 de IAE). Lo único que veo es la posibilidad de que marques la situación de pluriactividad y solicitar la devolución si te corresponden.
Saludos 🙂
Juan
Hola,
Excelente artículo.
Una pregunta, ¿Que pasaria si te despiden de la cuenta ajena y estuvieras dado de alta como autonomo?
¿Tendrias derecho al paro de la cuenta ajena?
Un saludo.
GesTron
Buenas Juan,
para cobrar ese paro tendrías que darte de baja como autónomo, ya que solo las personas desempleadas son las que tienen derecho a cobrar el paro. Así que respondiendo a tu pregunta, no tendrías derecho a paro si estuvieras dado de alta como autónomo.
Saludos.
David
Hola Gestron, gran articulo.
Creo que hay una errata donde dices que primero tienes que estar dado de alta por cuenta propia y despues hacerte autonomo, aunque no estoy muy seguro.
Yo estuve de autonomo hace doce años, despues he estado por cuenta ajena y ahora quiero estar en pluriactividad, ¿el ser autonomo no prescribe?
Me refiero a lo que indicas de que para acogerse a todas estas medidas hace falta que sea la primera vez.
Gracias y un saludo
GesTron
Hoola David, muchas gracias 🙂
Si no has sido autónomo en los últimos 5 años te podrías acoger a la tarifa plana de 50€ de autónomos sin ningún problema.
Saludos!!
CLAUDIA
Pero en el artículo dice que la tarifa plana no es compatible con la pluriactividad, o he entendido mal?
GesTron
Me refiero a que no puedes acogerte a la bonificación por pluriactividad y también a la tarifa plana, son incompatibles. Con la actualización de la normativa, el primer tramo de la tarifa plana se amplia de 6 a 12 meses, en los que sólo pagarías 50 euros, por lo que quizás pueda interesarte. 🙂
VAVIGO
hola, estoy leyendo estos articulos por primera y me parecen muy interesantes. Quisiea saber si cobrando una ayuda (RAI) PUEDO hacer ese seguro autonomo de 50€ por seis meses . Para probar de vendedor por las ferias.Llevo en el parado 5 Años.
UN SALUDO
VAVIGO
GesTron
Buenas!!
Es incompatible, tendrías que suspender la ayuda en SEPE y reanudarla.
Saludos.
javvi
hola queria saber si trabajo en dos empresas atiempo completo durante un año por ejemplo,me saldrian dos años cotizados en caso de una incapacidad en la que solicitan un minimo de 5 años cotizados o mas ,se suman los dias de cada trabajo?como me afectari en caso de incapacidad permanente en la cuantia?gracias
GesTron
Buenas Javi,
hay un máximo de cotización, aunque el máximo legal sean 40h horas es posible que haya un excepcion que haga pueda cotizar mas de esas 40 horas semana, aún así Seguridad Social no te va a contar dos años cotizados, solo un año, aunque la sumas de las dos cotizaciones sea mayor del máximo, solo te va a contar por el máximo, es decir que solo le cuenta un año.
Saludos 🙂
Louis Martin
Es mejor que corrijas el error existente en el párrafo de pluriactividad. Por lo demás, muy bien.
“primero debes estar dado de alta por cuenta propia y luego debes darte de alta como autónomo”
GesTron
Buenas, Louis!
Gracias por el apunte y disculpa el despiste Nos referíamos al requisito de ser contratados en primer lugar y estar dados de alta por cuenta ajena y posteriormente iniciar actividad como autónomo.
Espero que aun así te haya resultado interesante, un saludo!
david
Me ha parecido muy interesante el articulo, te expongo mi caso.
Mi idea seria compatibilizar mi trabajo por cuenta ajena con mi trabajo como “fotografo freeland” me dedicaria a hacer fotos en eventos ,bodas, creara mi propia web con su catalogo de productos (fotos de boda, eventos,publicidad.. ) no pondria precios , facturaria a traves de una cooperativa ya que serian trabajos muy esporadicos. Lo que te queria preguntar es si la web es vinculante, tengo que crear una empresa ? darme de alta en hacienda? ser autonomo? , o me valdria con demostrar que estoy en una cooperativa de trabajadores?
Muchas Gracias,
GesTron
Hola, David
Las inspecciones de Hacienda se llevan a cabo en el momento en el que estos vean irregularidades y sus fallos, es decir, lo que consideran que cumple o no con la normativa en cuanto a seguridad social y tributación, muchas veces varía en función del inspector o la jurisprudencia en caso de llevar los casos a juicio.
En principio, si vas a desarrollar tu actividad de forma esporádica y no superas el SMI, con darte de alta en Hacienda sería suficiente. Se supone que el requisito radica en que no te ganes la vida con ese trabajo, sino que suponga un ingreso extra puntual. En caso de inspección deberías poder demostrar que eso ocurre de esa forma.
La web podría ser empleado en un caso extremo como prueba vinculante de que tu actividad genera ingresos elevados, si por ejemplo invirtieras un pastizal contratando a un programador, en desarrollo web, diseño, etc, etc. Pero es una opción relativamente remota.
No creo que tengas problema en principio con limitar tus trámites al alta en Hacienda. Echa un ojo por el blog, hay post que te enseñan qué debes hacer.
El tema de las cooperativas de trabajo, en principio se supone que existe un vacío ahí y no suelen dar problemas. Personalmente no me pronuncio al respecto porque no las conozco, pero sí es cierto que tuvimos la oportunidad de trabajar con una y no lo vimos claro.
Espero haberte sido de ayuda, un saludo 🙂
Isabel
Vender productos artesanos en webs como artesanio o etsy, que un mes puedes vender 15 euros, otro 70 y otro 25 o nada, ¿se consideraria ingresos puntuales, teniendo en cuenta que con eso no se come y tienes otro trabajo con el que vives o sobrevives?
GesTron
Si no es habitual, podrías realizarlo y no creo que tengas problema. Siempre teniendo en cuenta que para estar 100% seguros se debe cotizar por el trabajo por cuenta propia, peeero en principio podrías darte de alta en Hacienda si necesitas facturar y listo.
Alfredo
trabajo por cuenta ajena, hace 15 años mi padre me puso a mí nombre La agricultura , por la que me di de alta en Hacienda, un conocido estaba en la misma situación y la seg. Social le comunicó que no podía estar dado de alta en dos regímene por lo que yo no me di de alta de autónomo, que hago.
GesTron
Hola Alfredo,
¿Puso a tu nombre como sociedad? Porque a menos que factures muy poco, si hace 15 años que está a tu nombre, me extraña que sólo estés de alta en Hacienda. A día de hoy se puede estar dado de alta en varios regímenes, por supuesto, no debe haber sido ese el problema exacto de tu conocido. Deberías tramitar tu alta como autónomo en el RETA bien como societario si tienes una SL y adminsitrador, o como autónomo normal. Aquí tienes toda la info: http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/CotizacionRecaudaci10777/Regimenes/RegimenEspecialTrab10724/SETA/index.htm
Saludos
Alfredo
me explico Me puso los ingresos y gastos a mí nombre, en bruto se facturan unos 50000 euros pero se quedan en un rendimiento neto 4000 euros. Si me doy de alta no me sancionarán por no haberme dado de alta antes. Las tareas agrícolas me las realiza un agricultor.
GesTron
Hola de nuevo Alfredo,
No es seguro, pero cabe la posibilidad de que te sancionen, sino a ti, a tu padre si era el beneficiario directo de esos ingresos aunque estuvieran a tu nombre y, aun así, te verías salpicado. Aunque pusiera el capital a tu nombre, ¿nunca cotizó en el régimen de agricultura y en 10 años no habéis tenidos noticias sobre la necesidad de justificar esos ingresos? Yo intentará regularizar la situación cuanto antes.
Saludos
Cris
Soy autónomo más de 25 años en una autónomia y ahora estoy sustituyendo de profesor de instituto en otra autónomia.el próximo curso volverán a contratarme. Ya q no ejerzo de autónomo voy a darme de baja. Cuando acabe este curso tendría derecho a paro hasta q se inicie el nuevo contrato.? Gracias
GesTron
Hola Cris,
Si te das de baja como autónomo, antes de terminar el contrato, puedes solicitar el paro siempre y cuando cumplas con los requisitos de haber cotizado lo suficiente en el Régimen General, pero si te das de baja después de finalizar el contrato no podrías El paro de autónomo, solo lo cobrarías si hubieras estado cotizando por el cese de actividad, y reúnes los requisitos para acceder al mismo.
Saludos 🙂
Daniel
buenas tardes.
Si estoy a 40h pagando el 9,25 de irpf y quiero darme de alta de autonomo para empezar un negocio, si facturase poco al principio sería rentable? tendria que pagar mucho en la declaracion de la renta? muchas gracias un saludo
GesTron
Uf, Daniel. No puedo darte una respuesta a eso así de forma superficial. Depende de la naturaleza y las expectativas de tu negocio. No se puede saber si funcionaría guay o si te implicaría pérdidas. Necesitaría estudiar tu caso más a fondo y contar con más datos. Si te interesa ponte en contacto con mis compañeros de la asesoría Ayuda-T Pymes, ellos te ayudarán a solucionar tus dudas.
Siento no poder ayudarte más, un saludo!
carlos
Estoy contratado con contrato indefinido a jornada completa bonificado durante dos años 118 € y luego el 50 %. Si me hago autonomo tengo derecho a bonificación?
GesTron
Si nunca has sido autónomo o, al menos, no en los últimos cinco años, y nunca has solicitado una bonificación como tal, claro que sí. 🙂
Amelia
Hola
Ahora mismo soy autonoma pero creo que me van a contratar en una empresa por cuenta ajena. Si estoy dada de alta en ambos regimenes. ahora mismo estoy pagando el mínimo de cuota de autonomo en ese momento la podre reducir? o tendre que pagar la misma cuota?
Gracias
GesTron
Hola Ameia,
Por lo que me cuentas ya estás disfrutando de una bonificación, no? La tarifa plana? Esta y la pluriactividad no son compatibles, hay que escoger beneficiarse de una u otra. Además, ambas deben ser escogidas en el momento del alta. Es decir, que tendrías que haber sido contratada por cuenta ajena y luego tramitar el alta como autónoma acogiéndote a pluriactividad para poder solicitarla. Tendrás que pagar la misma cuota.
Saludos
Fernando
Gran artículo. Trabajo por cuenta ajena y varias start-ups quieren les asesore a tiempo parcial además del trabajo a jornada completa. Nunca he sido autónomo.
Si son tareas de pocos meses, ¿es qué condiciones es mejor ser autónomo en pluriactividad o facturar como persona propia (ingreso<SMI)?
GesTron
Si te das de alta como autónomo durante pocos meses, mejor taifa plana que pluriactividad. Si son pocos ingresos, alta en Hacienda en el modelo 037 para facturar y cubrir obligaciones fiscales! Un saludo y gracias por leer el blog 🙂
Fernando
Gracias. Si facturo como persona física, me preocupa qué se considera como “no habituabilidad” para la Seg. Social (sólo 1 mes, 2-3 meses seguidos y luego parar). Igualmente si el tipo de actividad tiene limitaciones (en mi caso sería asesoría especializada en temas de servicios digitales).
GesTron
Hola de nuevo
La habitualidad sería el problema de facturar ocmo persona física, no la “no habitualidad”. 🙂 Es decir, no debes realizar la tarea de manera continua, sino que deben ser actividades muy puntuales y que no superen el SMI.
Susana
Gracias por el artículo.En mi caso, soy autónomo porque soy administradora de una empresa. Ahora tengo una empresa que me quiere contratar en régimen general y bonificarse en los seguros sociales porque soy mayor de 47 años. Podrían aplicarse la bonificación aunque yo siga dada de alta en autónomo?
GesTron
Hola Susana, si tu contratación cumple los requisitos de esta bonificación, sí, sin problemas.
Javi C
Hola,yo soy militar y empiezo una excedencia voluntaria el 22de mayo.Las dudas son, ¿Estando de excedencía puedo solicitar la tarifa plana, o cuenta como pluriactividad? ¿y si me quiero dar de alta antes del 22 tendría la bonificacion por pluriactividad,o se anularía al empezar excedencia?gracias!
GesTron
Hola Javi,
Lo de la excedencia, en principio, no debe estar reñido con el derecho a percibir la bonificación. Los requisitos principales son no haber sido autónomo en los últimos cinco años y no haber disfrutado de una bonificación con anterioridad. Lo de la tarifa plana anual, no creo que tenga carácter retroactivo cuando se aplique, y aun no ha entrado en vigor.
Hugo
buenos días y gracias por su ayuda.Estoy buscando información y unas paginas se contradicen con otras, incluso dos gestores me lo plantean de forma diferente.La duda es si puedo beneficiarme de la tarifa plana de 50 euros teniendo pluriactividad. Unos me dicen que es incompatible y otros que no..
GesTron
Hola Hugo,
Son incompatibles, no puedes disfrutar de las dos bonificaciones al mismo tiempo.
Gracias a ti por comentar 🙂
Víctor
Buenas. Se podría acoger una persona a la tarifa plana durante los 6 primeros meses y si no funcionará la actividad darse de baja? Existe penalización por ello? Gracias.
GesTron
Hola Víctor, claro que sí podrías. Sólo que perderías el derecho a acogerte a ella en el futuro, a no ser que te volvieras a dar de alta dentro del periodo de vigencia de la bonificación desde que la solicitaste, descontando los meses que hubieras estado de baja como autónomo como si hubieras disfrutado igualmente de la reducción.
Saludos
Fernando
Hola!
Qué condiciones han de darse para estando en régimen de pluriactividad (autónomo y por cuenta ajena) para poder cobrar dos pensiones, una de cada cosa? Gracias
GesTron
Hola Fernando! 🙂 Lee este artículo que escribimos al respecto, te va a venir perfecto: ¿Puedo recibir dos pensiones cuando me jubile? Sí
Silvia
Hola! Muchas gracias por el artículo! Una duda que tengo es, si decides no darte de alta durante un tiempo, pero tienes que dar ticket en cada venta, habría algún problema añadido a los ya mencionados por dar ticket de forma ilegal, si no cobras el iva de los artículos?
GesTron
Hola Silvia…
Hombre, teniendo en cuenta que la peña puede usar esos tickets para declarar a Hacienda y que si siguen la pista dada una inspección pueden llegar a ti, pues…
Joel
Buenas tardes gracias por el artículo tan bueno.
Me surge una pregunta… Soy menor de 25, quiero abrir un negocio con mi tío, el es autónomo desde hace muchos años y yo por primera vez…puedo acogerme a la tarifa plana de 50€? O que el este en dicho negocio me va a perjudicar en cuanto a ayudas. Gracias
GesTron
Si lo abres con tu tío como sociedad no podrías acogerte a la tarifa plana al ser autónomo societario. Para poder acceder a esta tendrías que darte de alta como autónomo general…
¡Saludos!
RAQUEL
Por fin me queda un poco claro el tema de la pluriactividad.
Yo estoy trabajando por cuenta ajena a jornada completa. y quiero darme de alta como autónomo, si eligiera la opción de tarifa plana, una vez que pasaran los 36 meses, ¿podría solicitar la devolución por doble imposición? Gracias
GesTron
Hola Raquel,
Si solicitas la tarifa plana no, sólo con el régimen de pluriactividad. Además, si te planteas trabajar como autónoma a largo plazo, quizás te interese más esta opción que la de 50 euros.
Saludos
Zelma
Acabo de descubrir la página y me encanta. Mi pregunta es: tengo contrato de 6 meses en un hotel a 4h (termino en noviembre y puede que me alarguen medio año más), pero quiero abrir una pequeña tienda on line de venta de bolsos y capazos para la temporada de verano. ¿Qué tendría que hacer? Gracias!
GesTron
Hola Zelma,
Son 3 meses de actividad, ¿no? Si son ingresos reducidos quizás puedas desarrollar actividad dándote de alta sólo en Hacienda. Ahora, ten en cuenta que siempre cabe el riesgo de que la Seguridad Social entienda que tu actividad tiene carácter habitual y te penalice obligándote a cursar alta en el RETA, sin acceso a bonificación. Llámales, a los de la Seguridad Social, el número es gratuito. Explícales lo que esperas ganar y si hay algún problema con desarrollar la actividad sólo con el alta en Hacienda esos 3 meses.
¡Saludos!
AlithiaArp
Si estoy en situación de pluriactividad, con la tarifa plana de autónomos y la empresa en la que trabajo por cuenta ajena me despide, qué ocurre? Afecta en algo a la cotización, el pago de las cuotas o las coberturas?
GesTron
Hola 🙂
Si disfrutas de la tarifa plana, no pasaría nada. El problema sería si la bonificación que escogiste hubiera sido la de pluriactividad.
De todos modos, en el segundo caso, sólo se incrementaría el pago mensual de la cuota, las coberturas serían las mismas.
Saludos!
Merche
¡Hola! Muchas gracias por este post, muy interesante.
No me queda clara una cosa: yo estoy dada de alta como autónoma desde hace menos de dos años y ahora me van a contratar en una empresa, ¿no puedo disfrutar de la reducción de la cuota de autónomos que mencionas? Gracias.
GesTron
Hola Merchie,
Nop, sólo puedes ahorrarte las contingencias comunes, que ya lo pagan por ti en el Régimen General. La pluriactividad sólo se puede solicitar al estar contratado como asalariado y darse de alta por primera vez como autónomo.
Mariano
Excelente artículo.
Si se está en situación de pluriactividad y se opta por la tarifa plana. ¿Puede uno, una vez acabado el plazo, optar por la bonificación por pluriactividad? ¿Y si deja de ser autónomo y luego vuelve? Por mas tiempo que pase,le sigue estando vetada esta bonificación por pluriactividad?
GesTron
Hola Mariano,
Las bonificaciones en la cuota de autónomo se solicitan en el momento del alta, es decir, suelen estar destinadas a nuevos autónomos únicamente (una gracia). La tarifa plana y la reducción por pluriactividad son excluyentes. Una vez escoges una de ellas no puedes acceder a la otra. Además, cuando solicitas una bonificación al darte de alta como autónomo, una vez tramites tu baja en el RETA, no podrás volver a acceder a ninguna otra bonificación en la cotización a no ser que esperes, como mínimo, 5 años desde el momento en el que ceses tu actividad por cuenta propia. De todos modos no puedes volver a disfrutar de la misma bonificación dos veces y en muchos casos no te dejan aun habiendo pasado los 5 años por el hecho de haberte beneficiado ya de reducciones en al cuota.
Asi que en respuesta a tus dudas:
1. ¿Puede uno, una vez acabado el plazo, optar por la bonificación por pluriactividad? NO.
2. ¿Y si deja de ser autónomo y luego vuelve? Por mas tiempo que pase,le sigue estando vetada esta bonificación por pluriactividad? Probablemente tampoco.
Gracias por leer el blog, ¡saludos!
JAVIER
Hola,
mi caso es diferente, llevo 10 años de autónomo dedicado al comercio y a causa de la “crisis” el negocio va fatal,
por suerte me ha salido trabajo en una empresa con un contrato de 6 meses renovable pero quiero conservar mi “negocio” en mi caso de pluriactividad tengo alguna bonificacion?
GesTron
Hola Javier,
Que va, para acceder a la bonificación por pluriactividad debes estar trabajando por cuenta ajena, es decir, contratado, en el momento de iniciar la actividad. De hecho la mayoría de bonificaciones se aplican sólo a nuevos autónomos.
Lo siento, saludos
Juan
Hola! después de leer todo sigo teniendo dudas… por eso os escribo: soy autónomo acogido a la tarifa plana (hace 7 meses que me di de alta), ahora tengo una oferta de una empresa que quiere contratarme (en principio a media jornada, por obra y servicio), afectaría esto a mi tarifa plana? Gracias!
GesTron
Hola Juan 🙂
No, no afectaría a la Tarifa Plana, no te preocupes.
Carlos
Hola,
Muchas gracias por el artículo. Tengo una situación particular sobre la que soy incapaz de encontrar información por ningún lado. Trabajo por cuenta ajena el 100%. Estoy montando una empresa, y queremos diseñar la estructura societaria tal que minicemos las cuotas de autónomos. ¿Cómo podríam?
GesTron
Hola Carlos 🙂
No hay mucha info porque realmente las opciones son limitadas, a no ser que tengáis confianza plena entre unos y otros y queráis dejar el poder legalmente en una única persona, que lo dudo y no es para nada aconsejable. Me refiero a un administrador único. De todos modos, al final, supongo que tendríais que contratar a las otras personas por cuenta ajena y nombrarlas como apoderados, además de que también repercute en gastos en la Seguridad Social en términos de cotización tener trabajadores en plantilla. Además a la hora de repartir beneficio y ante posibles problemas entre vosotros, la cosa estaría jodida…
De todos modos, si todos los socios tienen un cierto número de participaciones (1/3 del capital social), están obligados a darse de alta en el RETA.
La mejor opción es que os deis de alta en el RETA y compartáis tanto derechos como obligaciones en cuanto a la administración de la sociedad en función, claro, de lo que dispongáis en cuanto a funciones y aportaciones de cada uno.
Ana
Hola,
Trabajo por cuenta ajena a jornada completa. Como hoybb hago bisuteria y joyeria y aunque actualmente pierdo dinero, estoy dispuesta porque me encanta. Tengo una tienda online y he hecho colaboraciones esporadicas (de 15 dias) con tiendas. ¿Tengo que darme de alta si no gano nada?
GesTron
En Hacienda sí, Ana 🙂 De todos modos, el alta en la Seguridad Social no dependerá de lo que ganes, es decir, de tus beneficios, sino de que desarrolles actividad de forma habitual que te supongan ciertos ingresos. Como trabajo al que te dedicas, se supone que tienes la obligación de cotizar.
Si no ganas nada, en principio, podrías seguir cursando el alta sólo en Hacienda.
Saludos
Elisabeth
Buenos días,
Siempre hablamos de pluriactividad previa al alta en autonomos. En mi caso fue posterior, en febrero me di de alta como autónoma acogiéndome a la tarifa plana. 2 meses después empecé a compatibilizarlo con un empleo por cuenta ajena. Mantengo la tarifa plana pero no se si es correcto.
GesTron
Hola Elisabeth,
Es correcto, de hecho no tienes opción a la bonificación por pluriactividad ahora. Las reducciones en la cuota se escogen al darse uno de alta, después, una vez estás registrado en el RETA, pierdes el derecho a acceder a ellas si no las solicitaste en su momento.
Luis Piñero
Trabajo por cuenta ajena y tengo un bazar con receptor de Loterías a mi nombre en el que trabaja mi madre (yo nunca estoy). Los dos pagamos autónomo (ella colaborador familiar). Estoy obligado a pagar mi cuota de autónomo aunque no trabaje en el bazar? Gracias
GesTron
Claro, eres el autónomo titular, el negocio y la actividad la explotas tú, generas y te quedas con los ingresos derivados de la misma. Tu madre, como colaboradora, es una empleada tuya con un “tipo diferente de contrato”, por llamarlo de alguna forma. En definitiva, el negocio es tu forma de vida y debes cotizar por ello.
Saludos Luis 🙂
Andrés
Hola, muy buen artículo pero si anteriormente a la pluriactividad ya he trabajado como autónomo cual sería mi bonificación? Es decir, trabajaba como autónomo y me he dado de baja. Me ha contratado una empresa trabajando por cuenta ajena, ahora me gustaría ponerme en pluriactividad. ¿Cuánto pagaré?
GesTron
Hola Andrés,
Si estás trabajando contratado y aún no te has dado de alta como autónomo pero pretendes hacerlo, quizás te permitan beneficiarte de la bonificación por pluriactividad. Si ya te has beneficiado de esta reducción con anterioridad, a no ser que hayan pasado mças de 5 años, quizás tengas problemas para volver acceder a la misma.
Saludos
Cristina
Hola,
Trabajo como auxiliar administrativa interina a media jornada para la Generalitat de Catalunya, seria compatible con hacerme autonoma? No encuentro la respuesta en ningun lugar
En caso de que si, me podria acoger a la tarifa plana?
GesTron
Hola Cristina,
Tienes que consultar tu convenio y ver si el desarrollo de tu actividad por cuenta propia es compatible con la de funcionaria. Dado el caso, sí, podrías acogerte a la tarifa plana sin problemas 🙂
Raquel
Hola Gestron,
Soy interina en el ámbito de la sanidad y tengo una reducción de un tercio de la jornada por cuidado de un menor. Me ha salido la oportunidad de trabajar en el mismo ámbito pero dándome de alta de autónomo. Es compatible la pluriactividad con una reducción?
GesTron
Hola Raquel,
Disculpa la tardanza, he estado de vacaciones 😉
Debes consultar el convenio al que te acojas y ver si es posible compaginar dichas actividades.
La pluriactividad puede aplicarse tanto a jornada completa como a la parcial, lo que tienes que comprobar es que no existen incompatibilidades entre ambos trabajos (que debieran desarrollarse en el mismo horario, por ejemplo, o que tu trabajo por cuenta ajena no te permita desarrollar la a otra actividad en términos competitivos u otro motivo).
¡Saludos!
andrea
Hola! He estado trabajando por cuenta ajena para una empresa durante un año muy pocas horas. Mi puesto de trabajo y mis condiciones van a cambiar, y voy a adquirir el 8 % de la misma. Puedo darme de alta de autónomos si no soy administradora? Y cobrar una baja por maternidad en medio año? Gracias
GesTron
Hola Andrea,
Puedes darte de alta como autónoma y ofrecer tus servicios a la empresa facturando, claro. Tienes que haber cotizado un tiempo mínimo para solicitar la baja como autónoma por maternidad, a no ser que seas menor de 21 años.
Si tienes entre 21 y 26 años 90 días en los 7 años anteriores, 180 días en toda la vida laboral.
Si superas los 26 años, 180 días en los 7 años anteriores y 360 días en toda la vida laboral.
En caso de que no tengas cotizado el mínimo, puedes solicitar la ayuda no contributiva de maternidad o el subsidio por maternidad, también lo llaman así.
¡Suerte en tu nueva etapa!
EL FOTON
Hola tengo una duda recientemente me he comprado una “fotomatón” y la quiero alquilar para eventos, bodas, tengo ya todo publicidad, web y hasta cliente, pero en la asesoría me han dicho que al estar trabajando x cuenta ajena en un contrato a tiempo completo no puedo acogerme a las bonificaciones,
GesTron
Hola 🙂
Si ya estás de alta como autónomo no puedes acogerte a ninguna bonificación. Estas se solicitan en el momento de darse de alta en el RETA.
EL FOTON
y que como estoy pluriactividad no puedo acogerme a nada, teniendo que pagar la tarifa de autónomo de 270€ quiero saber si es esto cierto, porque la capacidad económica no me genera dividendo como para pagar esa cantidad tan desmesurada, que puedo hacer quiero hacerlo todo aplicado a la legalidad
YAGO
Hola.Tengo un trabajo a tiempo completo por cuenta ajena y me ha surgido la posiblidad de realizar colaboraciones como organizador de eventos para un club deportivo de manera esporadica (una al mes/cada 2 meses). ¿Debo darme de alta como autonomo? Me ofrecen un fijo+incentivos en cada evento.
GesTron
Hola Yago,
En principio creo que podría pasar por actividad esporádica. Eso sí, depende de lo que vayas a cobrar. Si supera el SMI mensual/anual, date de alta.
Sol
Buenas tardes :
Trabajo como secretaria media jornada en colegio con contrato fijo discontinuo de octubre a junio, me surge la oportunidad de que un autónomo a su vez me contrate la otra media jornada dándome de alta como autónoma . No sé qué cuantía tendría que pagar ¿tarifa plana?¿pluriactividad?
GesTron
Hola Sol 🙂
Si va a ser un trabajo a largo plazo y seguro, acógete a la tarifa plana y a la larga habrás pagado menos. Si no lo tienes del todo claro, quiero decir, cuánto va a durar y eso, entonces acógete a la tarifa plana. Los descuentos de esta son mayores durante los 6 primeros meses, así que si luego cortas la actividad, habrás pagado muchísimo menos…
¡Saludos!
sol
Hola, tengo 38 años y trabajo como fija discontinua de octubre a junio media jornada, ahora me surge otro trabajo para la otra media pero me dicen (quien me contrata también es autónomo) que me de de alta como autónoma, no sé qué cuota tendría que pagar ¿puedo acogerme a la tarifa plana? Mil gracia
GesTron
Hola Sol 🙂
Sí podría darte de alta como autónoma solicitando la tarifa plana. Revisa como funciona y si te conviene o no aceptar el empleo dándote de alta. ¡Suerte y un saludo!
IRENE
Hola, buenos días. Muy interesante la información, gracias. Pasados los 36 meses del beneficio de descuento por pluriactividad, ¿a cuánto asciende la cuota? Gracias
GesTron
Hola,
Depende de si eliges pagar o no contingencias comunes, pero en torno a los 270-300 euros.
Olivia
Hola!
Yo trabajo para una empresa por 40h, y me ofrecieron trabajar por algunas horas para una empresa ubicada en Argentina, es para ofrecer sus servicios a empresas españolas.
Lo que pasa es que no tengo ni idea de cómo cotizar/factur, ni como puedo cobrar las debidas comisiones, me podéis ayudar?
GesTron
Hola Olivia,
Entiendo que te darás de alta como autónoma en España, ¿no?
Tienes que darte de alta como autónoma, en Hacienda y Seguridad Social. Facturarás sin IVA, al ser un país extranjero no europeo. Puedes usar nuestro programa gratis para hacerlo, aquí te dejo el enlace: http://www.ayudatpymes.com/programa-facturacion-gratuito/
Respecto a lo demás, ponte en contacto con nosotros si necesitas asesoramiento experto y que nos encarguemos de todo el papeleo, envíame un teléfono de contacto a gestron@ayudatpymes.com y te llamamos sin compromiso en menos de 24h para informarte y ver qué necesitas.
Aquí tienes un artículo sobre como realizar na factura: http://gestron.es/como-hacer-una-factura-paso-a-paso/
¡Saludos!
IRENE
Buenos días,
¿cuál pasa a ser la cuota de autónomo cuando pasan los 36 meses en régimen de pluriactividad y ya te has beneficiado de las reducciones? ¿Nos quedamos pagando una cuota normal? y eso por que si ya pagamos por el régimen por cuenta ajena? Muchas gracias
GesTron
Hola Irene,
No pagas por contingencias comunes si no quieres, al margen de eso si ya has agotado las bonificaciones, tendrás que pagar el resto de la cuota mínima. Así es la normativa. Se supone que debes cotizar por el trabajo que desarrolles por cuenta propia, en otro contexto y espacio y tal y cual… para tener una serie de prestaciones aseguradas.
Noe
hola Gestrón! Actualmente trabajando por cuenta ajena. Me gustaría montar algo por mi cuenta pero no tengo los recursos necesarios como para soportar los gastos “mínimos” de la pluriactividad. Preguntarte sobre las plataformas de venta online como Etsy o Facebook. ¿Es bueno para emprender?Gracias!
GesTron
Hola Noe 🙂
Como plataformas supongo que si lo gestionas de forma adecuada puede funcionar bien. Ahora sí, ojito, porque Hacienda está vigilando el plano online. En cuanto a lo de la pluriactividad, no olvides que puedes solicitar bonificaciones por ese motivo si decides darte de alta.
Pdc
Buenas,
Muy interesante la labor que hacéis, muchas gracias.
¿Podría darme de alta como autónomo estando cursando un baja por contingencia común en la empresa en la que estoy contratado por cuenta ajena?
GesTron
Hola! Muchas gracias 🙂
Siempre que la dolencia te impida desarrollar tu actividad por cuenta ajena, pero no esté reñida con el desarrollo de tu negocio por cuenta propia, no veo problema 🙂
angelo
Hola, muy interesante todo lo que escribis y de gran ayuda.
Soy trabajador por cuenta ajena a tiempo parcial en dos empresas. Estoy valorando darme de alta como autonomo, entiendo que no hay problema para acogerme a la tarifa plana? ya esta vigente la tarifa plana 12 meses? alguna prevision?
GesTron
Hola Angelo,
No está vigente aún. No tendrías problema en acogerte a la tarifa plana, aunque aun no durante 12 meses a 50 euros, sólo 6 meses y luego las siguientes francas de descuento. Se supone que entrará en vigor para enero de 2018, pero a saber si no siguen estirando el plazo 🙂
Ari
Hola, estoy pensando en inciar una actividad online de webcam, deberia darme de alta como autonoma para declarar todo lo que gane? Tengo un trabajo a jornada completa, por cierto. Dependiendo de lo que gane, tengo que pagar mas o menos en autónomos? Gracias
GesTron
Hola Ari, 🙂
La cuota de autónomo es una cuantía fija en función a la base de cotización que escojas. Por ejemplo, la mínima (sin aplicar bonificaciones) es de 275 euros/mes. Eso es al margen de lo que ganes, incluso si tienes pérdidas, tendrás que pagar tu cotización íntegra cada mes.
La necesidad de darte de alta como autónoma dependerá de la habitualidad de la actividad y de tu nivel de ingresos, aunque más de lo primero. Habitualidad implica desarrollar la actividad de forma continua, como forma de ganarte la vida, vaya. En cuanto al nivel de ingresos, el SMI mensual o anual, aproximadamente.
¡Saludos!
Rodrigo
Hola! Me parece increíble tu blog y el nivel de respuestas que das!
Disculpa si la duda es obvia,si estoy contratado a jornada parcial, deberé de pagar cada mes esos 199€, independientemente de mis ingresos como autónomo? Me da la sensación de que o facturas mucho o no merece la pena, no? Gracias.
GesTron
Hola Rodrigo,
Sí, al trabajar por cuenta propia y estar registrado en el RETA debes cotizar cada mes, por lo que debes hacer frente a la cuota. También puedes elegir acogerte a la tarifa plana, al principio las aportaciones son más reducidas (50 euros durante 6 meses). ¡Muchas gracias por leer el blog y por tu comentario!
Espero que tengas suerte, ¡saludos! 😉
JAVIER
Enhorabuena por el artículo.
Hace dos años que me di de baja como autónomo. Estoy trabajando por cuenta ajena al 100%, pero me ha surgido un trabajo para este mes, por el que facturaré 1.550 euros. Será puntual, no habrá otro este año (ni lo ha habido). ¿Debería darme de alta como autónomo?
GesTron
Hola Javier,
En principio superas el SMI… pero si no se trata de un trabajo habitual y estás seguro de que no vas a seguir con la actividad, factura a través de Hacienda.
Madeleine
Si una persona que, por un lado, está trabajando a jornada completa asalariada y, por otro lado, está dada de alta en el RETA en pluriactividad con la correspondiente bonificación, y contrata a un trabajador ¿pierde la bonificación?.
Gracias anticipadas.
GesTron
Hola Madeleine,
No, no pierdes la bonificación por contratar a un empleado.
Felipe
Soy autónomo y tengo una S.L. en donde tengo contratado sólo a mi hermano y a tiempo parcial. Además de trabajar para mi, lleva una actividad extraescolar de ajedrez. ¿Podemos utilizar mi cuota de autónomo para contratarle como monitor y evitar que él tenga que darse de alta como autónomo también?
GesTron
Hola,
Como autónomo puedes contratarlo, siempre que no viváis en la misma unidad familiar. Pero no, no puede facturar a través de ti las clases extraescolares, es decir, no debe porque es ilegal.
Felipe
Siguiendo con la pregunta anterior:
Mi propósito es ayudarle. Sólo él daría las clases. Aunque supuestamente yo sería el jefe, todo el beneficio se lo pagaría a él a través de nóminas. ¿En caso afirmativo, se vería incrementada mi cuota de autónomo? ¿Cómo afectaría a mi renta otra actividad económ.?
GesTron
Tendrías que darte de alta en los epígrafes correspondientes de IAE y CNAE. Tu cuota no se vería incrementada, pero tendrías que pagar sus cotizaciones sociales como empleado. En tu renta podrías deducirte los gastos de tener un empleado (los seguros sociales, el líquido, etc).
Santiago
En pluriactividad, si superamos los 12.245,98 euros anuales podemos solicitar a seg. social que nos devuelva el 50 % de lo que haya excedido… ¿Esa cantidad sería sumando ambas cotizaciones o sólo por cuenta ajena? ¿Para 17000€ en total qué me devolverían (me cotizan a la S.S. un 47% de la base)?
GesTron
Hola Santiago 🙂
Esa cantidad se aplica al total de las cotizaciones por ambos regímenes.
Ine
Hola buenas,
Muchas gracias por vuestro artículo, es de tremenda utilidad. En mi caso fui hace como un par de años fui autónoma de manera puntual algunos meses… Crees que tendría alguna posibilidad de solicitar las bonificaciones como nuevo autónomo o lo de los 5 años se lleva de forma estricta?
GesTron
Hola Ine 🙂
Puedes esperar a que entre en vigor la nueva Ley de Autónomos, se estima para enero de 2018, al menos lo referente a la tarifa plana. A partir de ese momento los periodos para volver a acceder a la tarifa plana se reducen y tal vez puedas volver a aplicarla a tu cuota.
alberto
Buenas, tengo una duda que no viene mucho a cuento con el articulo. Actualmente soy trabajador por cuenta ajena a tiempo parcial (15h/semana) En cuanto a cotización de cara a jubilación, que diferencia habría entre la mía actual y la que podría tener como autonomo (podria facturar de esa manera)
GesTron
Hola Alberto,
Las cotizaciones siguen el mismo sistema, las del autónomo suelen ser inferiores porque estos escogen bases reguladoras inferiores para pagar menos cuota a la Seguridad Social cada mes. Podrías facturar como autónomo escogiendo la base de cotización que creas oportuna, más baja o alta, según las coberturas que quieras tener. De todos modos la jubilación es una tema complejo, hay que calcularlo personalmente en función a las cotizaciones en cada régimen, edad, hijos que se han tenido a cargo, etc.
Diego
Buenas tardes,
Estando de baja por IT por cuenta ajena como Instructor (teoría y prácticas) de un tipo de formación, puedo emitir recibo, sin alta en RETA, por curso teórico de otro? 7% de retención irpf se puede aplicar, con alta-baja-alta actividad, intervalo de unos meses, de los 3 primeros años?
GesTron
Hola Diego,
Hombre, si se trata de actividades con la misma naturaleza, aunque es raro, cabe la posibilidad de que te de problemas. Y si, puedes tributar aplicado el 7% 🙂
Victor
Hola Gestron,
Actualmente trabajo como autónomo y pago la tarifa plana de 50 euros, pero en 2 semanas me van a hacer un contrato por cuenta ajena. Por lo que pasaría a estar en pluriactividad. ¿Mi cuota de autónomo seguirá siendo de 50 euros mensuales? Si así fuera ¿Repercutiría en algo? Gracias!
GesTron
Hola Víctor,
La bonificaciónes siguen vigentes. No va a afectarte en nada 🙂
Ricardo
Hola, estoy trabajando por cuenta ajena hace mas de 13 años y ahora quería montar un pequeño negocio. Se que puedo darme de alta como autónomo la duda que tengo es;
Puedo contratar a alguien?
Esa persona que contrato si es extranjero y no tiene papeles, que debo de hacer?
Gracias
GesTron
Hola Ricardo,
Claro que puedes contratar a quien creas oportuno. Tú no debes realizar ningún trámite especial más allá del tema laboral en la Seguridad Social, darlo de alta y cotizar por él (siempre que sea por cuenta ajena). Esa persona debe solicitar permiso de trabajo. Para ello necesitará el contrato que vayas a formalizar por su empleo. 🙂
Miguel Angel
HOLA, Mi caso es algo distinto yo empecé como autónomo hace 4 años, durante ese periodo también decidí ser empleado por cuenta ajena. Hace dos meses decidi traspasar mi actividad y darme de baja como autónomo siguiendo por cuenta ajena. Cuanto pagaría ahora si decido ser autónomo de nuevo ?
GesTron
Si esperas a cumplir los 5 años sí podrías volver a acceder ala tarifa plana, si no debes esperar a que se aplique la nueva Ley de Autónomos para poder disfrutar de la bonificación. Si no tendrás que pagar en torno a los 270 euros si te acoges a la base mínima. 🙂
Raúl
Buenas!
Actualmente estoy trabajando por cuenta ajena, pero en momentos puntuales realizo tareas para otra empresa como profesional libre. La cantidad que facturo anualmente es de en torno a 8.000 euros. Quería saber si es obligatorio que estando en pluriactividad, pero no ejerciendo de manera cont
GesTron
Hola Raúl,
Yo me daría de alta, al menos los meses en los que factures… es una cantidad importante y superas de largo el SMI mensual, además del anual si realizas varios trabajos a lo largo del año. Luego puedes darte de baja.
Maribel
Buenas tardes.
Muy interesante este artículo.
Tengo un negocio y a la vez soy profesora interina. Tengo a una persona trabajando allí y yo no puedo estar en el negocio. Me podría dar de baja de autónomos y tener el negocio?
Un saludo, gracias!!!
GesTron
Hola Maribel,
Si eres autónoma sin más, no, no podrías darte de baja ya que la actividad sigue estando a tu nombre para poder desarrollarse. Puedes crear una sociedad y dejar el negocio en manos de un autónomo administrador de confianza… aunque no lo recomiendo.
Saludos
Manu
Hola, soy autonomo desde hace 6 años y estoy trabajando en una empresa durante 3 años con un contrato fijo.discontinuo. Pero me han planteado desde la empresa la posiblidad de hacerme autonomo para ellos.
¿es posible estar de autonomo en dos sitios? ¿me perjudica al perder el contrato con ellos?
GesTron
Como autónomo puedes trabajar en todos los sitios que creas oportuno porque ellos son tus clientes y puedes facturar a quien creas conveniente. Aunque creo que a lo que te refieres es a la pluriactividad, ¿no? Estar en fijo discontinuo y de autónomo al mismo tiempo. En ese caso no habría problema tampoco, no te preocupes. Perder el contrato con ellos por hacerte autónomo? Si ellos te lo proponen ten en cuenta que ahora tendrás que hacerte cargo del pago de tu cotización mensual e la Seguridad Social, que son unos 270 euros mensuales. Planteaselo y que tengan en cuenta los costes a la hora de remunerar tus servicios, porque ahora se van a ahorrar el coste de los Seguros Sociales.
¡Saludos!
Valentino
Hola,
Trabajo a jornada completa en un colegio. Quiero trabajar de entrenador personal 3h al dia. En la mayoria de gimnasios me piden ser autónomo para poder llevar a mis clientes. Cuál seria la opción que mas me interesa para tener mayor beneficio? Otras opciones? Gracias
GesTron
Hola Valentino, echa un ojo a este artículo sobre
¡Saludos!
Valentino
…hay otras posibles opciones que pueda plantear al gimnasio sin ser autónomo? como repercutiria en mi declaracion de la renta? GRACIAS POR LA AYUDA
GesTron
Hola 🙂
¿Por cuenta propia? No… ya te hagas autónomo o montes una sociedad, alguien debe ser el titular de la misma y el que ejerza las funciones de administrador, al ser autónomo societario incluso pagarías más por tu cuota y no tendrías derecho a bonificaciones, además de tener que atender obligaciones fiscales más complejas. Tu declaración se verá afectada en función de lo que factures, se reflejará si como contribuyente has generado más o menos patrimonio con tu actividad, lo mismo que pasaría si encontrases un trabajo como contratado. Eso sí, si ejerces actividad por cuenta propia, seas o no autónomo, debes cumplir con las declaraciones trimestrales de IRPF, además de la anual (entre otras).
¡Saludos!
Gemma
Hola
Me gustaría saber sobre la pluriactividad y la habitualidad. Sé que cuando no tienes habitualidad, no superas el S.M.I, puedes darte de alta con el modelo 036, Actividad empresarial o profesional, y no tienes por qué darte de alta en la S.S, pero, puedes trabajar por cuenta ajena y beneficiarte
GesTron
Hola,
La normativa no dice nada claro respecto al nivel de ingresos, se estipula por jurisprudencia pero existen sentencias en ambos sentidos (las que han transigido que las personas que no superan cierto nivel de ingresos puedan facturar sin estar dados de alta como autónomos y otros casos en los que se ha sancionado en las mismas circunstancias).
Lo que determina que debas registrarte en el RETA es la habitualidad de tu trabajo. Si este se alarga en el tiempo, eres trabajador por cuenta propia y debes cotizar por ello para tener acceso a una serie de prestaciones (sanidad, jubilación, maternidad, etc).
Miguel A
Hola.
Llevo 10 años trabajando por cuenta ajena, pero actualmente estoy de baja por accidente laboral desde hace 2 meses.
Puedo hacer un autonomo para vender articulos por internet al mismo tiempo que estoy de baja?
GesTron
Hola 🙂
Es un tema complicado, lo suyo para no tener problemas es que la actividad que desarrolles no tenga nada que ver o no implique las mismas aptitudes que por la que has cursado tu baja. En la última consulta que hice al respecto en la Seguridad Social me dijeron que hasta que no tuviese el alta, no podía gestionar el registro como autónomo…
Chema
Hola,
tengo una duda sobre el tema de pluriactividad. Por tener más claras las cosas.
Estoy de alta de autónomos, con la tarifa plana de 50 euros, dando clase en un centro de formación 10 horas semanales. Si entro como empleado público y quiero seguir en el privado, ¿cuánto costaría el autónomo?
GesTron
Lo mismo 🙂
Miguel angel
Hola. Llevo 10 años trabajando en cuenta ajena y ahora estoy de baja por un accidente laboral.
Quiero hacerme un autonomo para vender por una web mia articulos.
Es compatible estar de baja con estar cobrando la baja por la mutua?
GesTron
Hola Miguel Ángel,
Es compatible 🙂
Noelia
Hola,trabajo x cuenta ajena,contrato fijo/jornada completa y quiero hacerme autónoma, de cara a las declaraciones, tendría que seguir haciendo la de siempre, y cada 3 meses el iva de autónomos?afectaría ser autónomo, tb en la declaración por cuenta ajena?al estar finalizando el año,me afecta?gracias
GesTron
Hola Noelia,
Presentación trimestral de IVA e IRPF y también la anual. Además, dependiendo de la actividad que realices, quizás estés obligada a presentar algún que otro modelo adicional. Por ejemplo, el 349 si realizas operaciones con proveedores de la UE. Si necesitas ayuda o quieres que un profesional se encargue del papeleo, nuestra asesoría te lo lleva todo desde 25 euros al mes para un autónomo. Si quieres más info envíame un teléfono de contacto a gestron@ayudatpymes.com y ya zanjamos dudas. Si no, echa un ojo por el blog, hay un montón de info que te puede ser útil 🙂
Monica
Hola,
Soy autónoma desde hace dos años y medio y llevo 11 mese trabajando por cuenta ajena. Ahora veo lo de la pluriactividad…..¿No tengo derecho a ninguna bonificacion ya que estoy pagando por dos sitios a la asocial?
GesTron
Hola Mónica,
Debes solicitar expresamente a la Seguridad Social que te reintegren la cotización doble, al menos hasta 2018 cuando la Administración te devuelve el exceso de cotización de oficio.
Bjoern
Hola, cual seria la mejor manera para mi como trabajador por cuenta ajena, jornada completa? Tendré ingresos regulares por otros trabajos realizados. Vi arriba esto: „Primeros 6 meses: 80 % de la base de cotización. Supone pagar sobre 54 € mensuales.“ Esto es actual? Muchas Gracias
GesTron
Hola 🙂
Si trabajas a jornada completa como asalariado la bonificación será mayor. En principio, si tienes pensado realizar trabajos como autónomo a largo plazo y vas a darte de alta inmediatamente, te conviene solicitar la pluriactividad. Con la entrada en vigor de la tarifa plana a 50 euros extendida a partir de enero de 2018, te convendría más esta última opción.
¡Saludos!
Bjoern
Con la tarifa plana esta puedo darme de alta/baja sin que sigan contando los meses? Si me recuerdo bien, empezando la tarifa plana, va a durar 10 meses, correcto? O lo puedo alargar si por ejemplo estoy de alta solo cada 2 o 3 meses? En caso este, me conviene mejor otra manera? Muchas Gracias
GesTron
Hola 🙂
Una vez solicitas y accedes a la tarifa plana, puedes darte de baja y alta hasta 3 veces en el mismo año, pero el tiempo de vigencia que te queda sigue descontándose como si no estuvieras dado de baja ese mes y estuvieras aplicando la bonificación. Luego, cuando te des de alta, vuelves a acceder a la misma en el punto en el que se encuentre. Aquí viene todo explicado: http://gestron.es/tarifa-plana-de-autonomos/
Jorge
Trabajo para una empresa a jornada completa y me acabo de dar de alta en autónomos por Internet, al hacerlo marqué pluriactividad pero en el justificante del alta no pone nada aparece la B. C. minima.¿Me van a aplicar alguna bonificacion? Fui autónomo hace 8 años ¿solicito por escrito la T. plana?
GesTron
Hola Jorge,
En las resoluciones de alta no aparece lo de la pluriactividad, no tiene porqué haber habido problema. 😉
Laura
Hola actualmente y desde julio 2017 estoy dada de alta como autónomo con la tarifa plana. A partir de Enero 2018 tengo posibilidad de compaginar con un trabajo por cuenta ajena. Mi pregunta es, es incompatible la tarifa plana con contratación por cuenta ajena a aunque está sea temporal?gracias 6
GesTron
Es compatible 🙂
Tina
Hola, he estado trabajando cómo autónoma durante 10 años pero desde hace 3 meses me di de baja porque el negocio iba mal. Actualmente estoy contratada con el contrato indefinido a tiempo completo. Quiero darme de alta cómo autónoma al mismo tiempo. Tengo derecho a la bonificacion por pluriactividad?
GesTron
Hola Tina,
Que va, debes haber estado al menos 3 años en cese de actividad si has disfrutado de bonificaciones, o 2 si no has accedido a alguna antes (y eso siempre que te vuelvas a dar de alta a partir de enero de 2018). Si solicitaste en su momento la tarifa plana, aún estará vigente para ti.
Marcos
Buenos días,
Estoy contratado por cuenta ajena con clausula de exclusividad y a la vez tengo una pequeña actividad de venta online al extranjero. Estando de alta por cuenta ajena, hasta que punto tengo que hacerme autónomo? Si lo hiciera, mi empresa podría despedirme por incumplir contrato.Gracias!
GesTron
Hola Marcos 🙂
Si desarrollas actividad por tu cuenta de forma habitual, tienes que darte de alta como autónomo para cumplir 100% con la normativa.
David
Hola Gestron,
Muchas gracias por esta información. Actualmente resido y trabajo por cuenta ajena en el extranjero, ahora estoy estudiando como comenzar negocio online para venta en España con lo que tendría que darme de alta en RETA. Podría tener bonificación por pluriactividad? Muchas gracias!
GesTron
Hola David,
Si no estás dado de alta en otro régimen en España, por pluriactividad no. Sin embargo, sí podrías acceder a la tarifa plana si no has sido autónomo en los últimos 2 años, 3 si te has beneficiado anteriormente de alguna bonificación siendo autónomo.
Eso sí, debes tener residencia fiscal española…
María
Hola Gestron.
Actualmente trabajo por cuenta ajena y jornada completa pero quiero emprender un negocio. Mi duda es: al tener 2 pagadores tengo que hacer la declaración de la renta y quiero saber cuánto es lo máximo que puedo ganar para que no me toque pagar ha hacienda más de lo que gano…
GesTron
Hola María,
Lo que tengas que pagar a Hacienda dependerá de un montón de factores, no sólo de lo que ganes, sino de tus condiciones personales, si estás casada, entre otros aspectos. No puedo decirte una cifra determinada…
Hugo
Buenos días,
Actualmente trabajo por cuenta ajena a tiempo completo. Mi intención es sacarme un sobresueldo haciendo trabajos por horas en mi tiempo libre. No sé lo que podría facturar, pero si no supera el SMI, con darme en Hacienda ya habría suficiente?
Gracias por adelantado.
GesTron
Hola Hugo,
El SMI no viene reflejado en la normativa, se ha usado por jurisprudencia, pero no es un seguro de que si no se supera, se puede facturar libremente sin darse uno de alta como autónomo. Si desarrollas actividad habitual, deberías tramitar tu alta en la Seguridad Social si quieres asegurarte de que no te sancionarán. De otro modo puede que tengas suerte, o puede que no.
Clau
Hola, soy informática y tengo un contrato por cuenta ajena y a la vez soy autónomo. Mi pregunta es si puedo facturarle también a la misma empresa para la que trabajo. Ellos pretenden contratar a trabajadores externos para hacer sitios web y yo quiero facturarles y hacer el trabajo en mi tiempo libre
GesTron
Sí, puedes. Sin problema 🙂
andrea
buenos dias, queria haceros una pregunta , soy autonomo desde mayo del 2017, estoy aun con la bonificacion del autónomo hasta mayo de 2019 , mi pregunta es , si me contratan 4 horas diarias como dependienta .. pierdo la bonificacion del autónomo?
GesTron
Hola Andrea,
Para nada, pierde cuidado 🙂
Alejandro
Mi caso es que trabaja por.cuenta ajena desde 2015 , en diciembre.de 2017 me hice autonomo , me despidieron hace unoa.dias y voy a.solicitar la.prestacion por.desempleo y me.dicen que no.por estar dado.de.alta como autonomo. Que puedo hacer
GesTron
Claro, Alejandro…
Es que si estas dado de alta como autónomo se supone que estás trabajando… no puedes solicitar la prestación si aún desarrollas actividad laboral.
ISABEL
Tengo 32 años, soy suiza y ya obtuve el NIE para trabajar en España. Tenía un trabajo a tiempo parcial y ahora tengo otro algunos días del mes. Gano muy poco en los dos, pero me exigen estar de alta como autónomo. Voy a tener que pagar la cuota dos veces? Y si no me alcanza para la cuota?
GesTron
Hola Isabel,
No, no tendrías que pagar la cuota dos veces. Sólo debes darte de alta en el RETA (además de en Hacienda) una vez y con esa cotización ya podrías desarrollar todas las actividades que quieras. Sólo debes reflejar en el momento del alta, tanto en Hacienda, como en la Seguridad Social, los epígrafes correspondientes a las actividades profesionales que pongas en marcha. En Hacienda los epígrafes se llama IAE y en Segurdad Social CNAE. Puedes solicitar bonificaciones como la tarifa plana para que pagues una cuota reducida durante 24 meses. Los primeros 12 meses sólo tienes que pagar 50 euros al mes, así le da tiempo a despegar a tu negocio.
Si no te alcanza para la cuota, desgraciadamente, tendrás que pagarla igualmente… Es un fastidio, lo sé, pero así es.
Si necesitas que te echemos una mano con todos los trámites, escríbeme un teléfono de contacto a gestron@ayudatpymes.com
Saludos 🙂
Juan Carlos
Soy administrador único de una SL familiar que tiene un inmueble y lo arrienda. Estoy pagando las cuotas como autonomo societario.(Reta) Mi ingresos provienen por trabajador por cuenta ajena cotizando a la seguridad social en regimen general.Se pueden sumar lo pagado a Ss de ambos regimenes en irpf
GesTron
Hola Juan Carlos,
Sí, ambos gastos son deducibles 🙂