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Beneficios del Sistema de Garantía Juvenil

Hace unos meses ya te hable sobre los contratos bonificados, sus características, requisitos y beneficios, para que estuvieras al día de cuáles son y si pudieras utilizar alguno de ellos en nuevas contrataciones de empleados.

Hoy te vengo a hablar de un plus de bonificación que hay muchos empresarios que no conocen, el Sistema de Garantía Juvenil, que tiene como objetivo garantizar que los jóvenes puedan recibir una oferta de empleo tras acabar sus estudios o quedar desempleados.

¿Quién se puede inscribir al Sistema de Garantía Juvenil? 

Para que una persona se pueda inscribir debe de cumplir los siguientes requisitos:

  1. Tener nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia. También podrán inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar.
  2. Estar empadronado en cualquier localidad del territorio español.
  3. Tener más de 16 años y menos de 30 en el momento de solicitar la inscripción.
  4. No haber trabajado en los 30 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  5. No haber recibido acciones educativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 90 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  6. Presentar una declaración escrita de tener interés en participar en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

¿Cómo inscribirse en el Sistema de Garantía Juvenil?

Si tienes a un posible candidato para un puesto en tu empresa existen varias formas de acceso para que se pueda inscribir, como el DNI electrónico o el certificado digital.

Yo siempre recomiendo el certificado digital puesto que es la forma más cómoda y rápida y además hace pocos días hablé sobre cómo solicitar el certificado digital, por lo que le puedes echar un ojo!

¿Qué beneficios puedo tener?

Depende del tipo de contrato, existen plus de bonificación para los contratos indefinidos, los de formación, los de práctica y los contratos parciales con vinculación formativa:

Contratos indefinidos

Ya sea un contrato indefinido ordinario con bonificación como si contratamos a un trabajador en cualquiera de los contratos indefinidos bonificados como el apoyo a emprendedores, el microempresa o el de tarifa reducida.

La bonificación es compatible siempre que la cuenta de cotización mensual de la empresa no resulte negativa, es decir, no vas a tener Seguros sociales con saldo acreedor.

Bonificación adicional: 300 euros durante 6 meses.

Requisitos a cumplir:

  • Mantener el nivel de empleo indefinido y el nivel de empleo total.
  • Mantener el empleo del trabajador durante, al menos, 6 meses desde el inicio del contrato.

Contratos de prácticas

contrato en prácticas

El contrato en práctica es aquel que los empresarios les hacen a los jóvenes menores de 30 años que ya están en posesión de un título, ya sea universitario, de formación profesional de grado medio o superior, títulos oficialmente reconocidos como equivalentes a los anteriores, o certificados de profesionalidad.

Bonificación adicional: subir al 100% la bonificación de las contingencias comunes empresariales. Si haces el contrato en práctica sin que esté en el Sistema de Garantía Juvenil, la bonificación es solo del 50%.

 Contrato para la Formación y el Aprendizaje

Este contrato está pensado para los trabajadores sin formación, para que a medida que trabajen en la empresa se vayan formando a través de un curso relacionado con el puesto a desempeñar.

Actualmente tiene una reducción del 100% de las cotizaciones (75% en empresas con más de 250 trabajadores) y cuenta con una bonificación de hasta el 25% por la actividad formativa, que debe ser como mínimo del 25%el primer año y del 15% el segundo y tercer año.

Bonificación adicional: La cuantía máxima de las bonificaciones por la actividad formativa se pueda elevar al 50% por la actividad formativa el primer año y del 25% el segundo y tercer año.

1 Fuente: SEPE

Contrato a tiempo parcial con vinculación formativa

contrato a tiempo parcia con vinculación formatival

Este contrato solo existe si el trabajador está inscrito en el Sistema de Garantía Juvenil, si no lo está no tiene ninguna bonificación. El objetivo de este contrato es compatibilizar formación y empleo y deberán hacerlo durante 6 meses o justificar haberlo hecho 6 meses previos al contrato. ¿Qué requisitos tiene?

  • Compatibilizar formación y empleo durante 6 meses o justificar haberlo hecho 6 meses previos al contrato.
  • Experiencia laboral inferior a tres meses o que procedan de otro sector (recualificación profesional).
  • Formación: idiomas, tecnologías de la información y la comunicación (duración mínima de 90 horas en cómputo anual) o formación acreditable oficial o promovida por el SEPE.
  • El contrato podrá hacerse de forma indefinida o determinada.
  • A tiempo parcial no superior al 50% de la correspondiente a un trabajador a tiempo completo comparable.

Bonificación: Reducción de hasta el 100% de las contingencias comunes empresariales durante 12 meses (75% en empresas con más de 250 trabajadores), prorrogable 12 meses más si sigue cumpliendo las condiciones.

¿Cómo busco trabajadores que estén inscritos?

Los empresarios también se pueden inscribir en el Sistema de Garantía Juvenil para realizar una búsqueda de posibles trabajadores, accediendo a través de certificado digital.

Si te has quedado con alguna duda puedes consultar directamente en la página del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, en el teléfono 060 o consultar a nuestros asesores de Ayuda-T que te ayudarán en todo lo que necesites.

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