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Cómo Facturar sin ser autónomo ¿es posible, o no?

La verdad es que muy a menudo me planteáis la siguiente cuestión: Hola GesTron, ¿puedo facturar sin ser autónomo? Pues hoy, con la ayuda de mis amigos de la asesoría para autónomos, Ayuda T Pymes, vamos a arrojar luz a esta movida.

La famosa cuota de autónomo es uno de los dolores de cabeza más habituales de los trabajadores por cuenta propia. Que si la tarifa reducida, que si me suben el tramo, que si la cotización…Vamos, que no le gusta a nadie.

Pero a la hora de desarrollar actividad por cuenta propia, ¿es posible facturar sin ser autónomo? ¿Es legal, o puedo buscarme problemas con Hacienda o la Seguridad Social? Veamos.

Facturar sin ser autónomo ¿es legal?

Según la normativa laboral, los límites no están del todo claros a pesar de haber establecido una serie de condiciones.

Es cierto que la cotización y cobertura de una serie de prestaciones como trabajador es fundamental. Imprescindible para mantener el acceso a derechos como la jubilación, el acceso a bonificaciones y demás.

Sin embargo, más allá de la propia legislación existen los problemas reales de aquellas personas que deciden llevar a cabo actividad por cuenta propia pero que no perciben, al menos en principio, una cuantía de ingresos suficientes que permita cubrir los costes de la cotización en el RETA. Y mucho menos que la actividad sea rentable haciendo frente a la cuota y al pago de impuestos.

Esto se traduce en la extensión de economía sumergida, precariedad y en la escasez de conocimiento en cuanto a los límites de lo que estamos haciendo. Esto no solo afecta a una parte del colectivo o a perfiles concretos.

Supuestos reales: inicios de un negocio, facturaciones por debajo de la cuota y falsos autónomos

A la asesoría de Ayuda T Pymes llegan personas de todo tipo de sectores que se encuentran en situación irregular y que no tienen muy claro si deberían hacer factura sin ser autónomo o si tendrían que cursar su alta como tal. Desde profesores particulares, pasando por electricistas, diseñadores gráficos y web, influencers, ecommerces, programadores, etc.

Trabajadores que desarrollan actividad por cuenta propia tiempo parcial, bien por ser durante pocas horas, por días, semanas concretas, como autónomos discontinuos en cada mes, trimestre o a lo largo del año. Puede ser gente que incluso compagina este tipo de actividad con su puesto de trabajo por cuenta ajena, como asalariados.

Falsos autónomos que reciben pagos o condiciones precarias por parte de sus clientes. Empresas que les obligan a darse de alta como autónomo para eludir los costes en seguros sociales que implicaría la contratación por cuenta ajena de la misma persona con contrato laboral.

Y también están empresarios con negocios que aún no han alcanzado el punto de maduración necesario, se encuentran en periodo de crisis o no cuentan con los recursos para hacer frente a los costes de la Seguridad Social.

Entonces, ¿es legal emitir facturas sin ser autónomo?

Efectivamente es posible, puedes llegar a hacer factura sin ser autónomo por algún tipo de servicio esporádico que hayas desarrollado por tu propia cuenta.

Sólo es requisito fundamental estar dado de alta en el Censo de empresarios, Profesionales y retenedores de actividades económicas (Hacienda), a través de la presentación del modelo 036 o 037.

Eso sí, para que puedas hacerlo sin salirte de los límites que establece la normativa, debes cumplir lo siguiente:

  • El requisito más importante, que la actividad no sea habitual. Esto es que desarrolles la misma de forma ocasional. Si es el caso, no tendrás problemas por hacer factura sin ser autónomo. La cuestión es que, si no supone un ingreso extra, sino que se trata de tu medio de vida, estarías obligado a cotizar como tal.
  • No generar ingresos superiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Es decir, tu actividad no puede darte ingresos mayores al salario bruto mensual mínimo establecido en el Real Decreto 231/2020. Eso sí ¡Ojo! El Estatuto del Trabajo Autónomo no establece una cantidad de dinero fija para tener que darte de alta o no, pero existe jurisprudencia que establece el SMI.

Aunque la teoría es sencilla, las condiciones establecidas para determinar si se puede facturar sin ser autónomo o no dan lugar a un amplio margen de confusión.

👨‍⚖️ ¡ACTUALIZACIÓN IMPORTANTE! Nuestros asesores tienen constancia de que desde ENERO 2021 han aumentado de manera significativa las sanciones y aperturas de expediente por no darse de alta como autónomo cuando se cumple el criterio de periodicidad en las facturaciones. ¡No te la juegues!

Cuándo NO facturar sin ser autónomo

Para dejarlo más claro voy a intentar responder a esta cuestión.

El autónomo es aquella persona física que realiza de forma habitual por cuenta propia, fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo. El alta en la Seguridad Social es obligatoria siempre que se cumplan estas condiciones para empezar a facturar.

Pero ¿y darse de alta en Hacienda sin ser autónomo y retrasar el alta en la Seguridad Social? ¿Es posible entonces facturar sin pagar la cuota de autónomos? La respuesta es que, sintiéndolo mucho, esto NO es posible. Si la actividad es habitual, retrasar el alta en el RETA tendrá por riesgo que más tarde te exijan el alta retroactiva, con unas consecuencias que te indicaré en el siguiente párrafo,

Hacienda y la Seguridad Social son dos organismos que van unidos de la mano. El alta como autónomo debe hacerse de forma simultánea en los dos organismos o dándote de alta en la Seguridad Social con un plazo anterior incluso que en Hacienda. Por eso, si se detectan esta anomalía, te pedirán abonar las cuotas atrasadas (sin bonificación), un recargo de un 20% y una posible multa por fraude.

Si facturar sin ser autónomo ha dejado de ser una opción para ti, podemos ayudarte. Tú te centrarás en el motor de tu negocio, lo que da beneficios. Nosotros nos encargamos del papeleo.

Cómo facturar sin ser autónomo

Metiéndonos de lleno en el tema que nos atañe, te diré que para facturar sin ser autónomo hay que estar dado de alta en Hacienda. Exactamente, en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. De esta manera, Hacienda podrá controlar tus ingresos y saber qué es lo que ganas.

«Tan solo» tendrás que rellenar el diabólico modelo 036 o 037. Te aviso de antemano que cualquiera de estos modelos puede ser complicados de rellenar y tienen ciertos puntos difíciles de comprender si no tienes ni idea del tema. En ese caso recurrir a mis colegas de Ayuda T Pymes te puede salvar del aprieto.

Además de estar dado de alta, tendrás que cumplir con las obligaciones fiscales que cumple cualquier autónomo: presentar los trimestres, presentar los resúmenes anuales y liquidar el IVA y el IRPF. Aunque no te des de alta en la Seguridad Social, tendrás las mismas obligaciones que un autónomo y no cumplirlas sería catastrófico, ya que las multas son bastantes grandes y puede que debas poner de tu bolsillo el IVA de tus ingresos si no lo repercutiste.

👩‍🏫 Una vez de alta en Hacienda ya se puede facturar sin ser autónomo. Siempre que no se convierta en algo habitual y que estés ingresando menos del salario mínimo interprofesional. Al finalizar la actividad, vuelve a darte de baja con los mismos modelos (036 o 037).

Cuánto se puede facturar sin ser autónomo en 2023

Estando dado de alta en el censo de empresarios de Hacienda con el modelo 036 o 037, puedes facturar sin ser autónomo una cantidad menor al SMI de 2023.

En 2023 el Salario Mínimo Profesional tuvo una subida del 8%, hasta alcanzar los 15.120 euros anuales, lo que se traduce en 1080€ brutos mensuales. Es decir, puedes emitir facturas de esta forma siempre que la cantidad a ingresar sea menor a 1080 euros brutos al mes. 

Como siempre, el problema está en saber qué considera la Seguridad Social como actividad habitual. En teoría para ellos no se debería de dar de alta como autónomo una persona que realice actividades que no son consideradas un medio de vida, sino como algo complementario u ocasional.

Eso sí, cuidado si haces facturas todos los meses o con periodicidad similares de tiempo y con la misma cantidad, aunque sean pocas, se considerará que estás realizando una actividad habitual y recurrente y podrías tener problemas. Y si lo haces cobrando el paro, perderás la prestación automáticamente.

Límite para facturar sin ser autónomo

A la hora de decantarte por emitir facturas sin cotizar hay ciertos límites que no debes cruzar. Situaciones que debes tener presente para actuar de la forma correcta, evitando así problemas mayores. Estas son algunos puntos a tener en consideración:

  • Si a lo largo del año tienes una operación que alcance los 3005 euros con algún cliente, tendrás que presentar el modelo 347, la Declaración de operaciones con terceras personas. El cliente también tiene la obligación de declararlo, así que mejor que os pongáis de acuerdo ante Hacienda y cumplas con tus obligaciones.
  • Al hacer factura sin ser autónomo o siéndolo, indiferentemente, tendrás que incluir el tipo de IVA correspondiente en función al producto o servicio gravado y al tipo de cliente. Una vez recaudes la cuota de IVA correspondiente, como intermediario entre el cliente y la Agencia Tributaria, tendrás la obligación de ingresar el cobro en concepto de IVA.
  • Si al tiempo de estar de alta en Hacienda tus ingresos se van incrementando y decides darte de alta como autónomo, no podrás hacerlo de inmediato. Tendrás que cursar primero tu baja en el censo de actividades económicas y esperar cierto tiempo antes de volver a cursar el alta en la Seguridad Social y luego en Hacienda.
  • Al hacer factura sin ser autónomo o emitiéndolas ya como profesional de alta en el RETA, no olvides que Hacienda podrá conocer en todo momento tu nivel de ingresos y si la evolución de estos y de tu actividad se adecua fiscalmente a lo que declaras. Por ejemplo, piensa en el IRPF que te retengan tus clientes o en el IVA que hayas declarado. Existen varias vías para que la Agencia Tributaria verifique que cumples con la normativa fiscal en todo momento.

¿Y si me pillan al hacer factura sin ser autónomo? Peligros y sanciones

Facturar sin ser autónomo conlleva ciertos peligros, aunque el principal y el que más te preocupará seguro es el de los recargos, las multas y sanciones.

👨‍⚖️ Si no cumples los requisitos para poder facturar sin pagar la cuota de autónomo, las multas podrían llegar a ser más caras que haberte dado de alta.

En el caso de que la Seguridad Social determine que debieras haberte dado de alta por tu actividad, te obligará a realizar el alta inmediata en el RETA desde la fecha que estimase que deberías haber cursado tu registro.

Además, perderías el derecho a obtener cualquier tipo bonificaciones como la Tarifa Plana y tendrías que pagar un recargo de todas las cuotas atrasadas.

Esto último puede ser un pago voluntario, con un recargo máximo del 20%, o un pago exigido por la Seguridad Social, hasta un 35% si se paga fuera del plazo impuesto por este mismo organismo. A estos recargos se le debe sumar los intereses de demora fijados en el interés legal del dinero.

Dudas frecuentes sobre facturar sin ser autónomo

Antes de acabar el artículo, voy a contaros varios casos que he llevado y con los que seguro que os identificaréis.

¿Tengo que darme de alta si tengo pérdidas?

Por desgracia, aunque tengas pérdidas según el Gobierno debes darte de alta sí o sí si la actividad es habitual. Si llega una inspección y ve que trabajas habitualmente, aunque tengas pérdidas te obligarán a darte de alta.

¿Debo retener el IVA y el IRPF a todo el mundo?

No, el IRPF solo se añade a la factura y se retiene cuando das servicio a una empresa. En caso de que emitas una factura para un particular, solo tendrás que añadir el 21% de IVA.

¿Tengo que darme de alta si ya estoy trabajando por cuenta ajena?

Si trabajas de manera habitual fuera de ese trabajo, sí. Aun así, tendrás una reducción en el pago de la cuota ya que en tu propio trabajo ya estás pagando a la Seguridad Social.

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