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¿Se puede cobrar el cese de actividad y trabajar por cuenta ajena?

Soy autónomo y también trabajo por cuenta ajena. Si he cesado la actividad como autónomo, ¿podré acogerme a la prestación por cese de actividad? Lo repasamos hoy en Gestron con la ayuda de nuestros compañeros de la asesoría online Ayuda T Pymes.

En principio, parecería que cualquier autónomo que cese en su actividad y cumpla los requisitos genéricos para acceder a la prestación por cese, podría solicitarla, pero como veremos a continuación,  esto no es así en todos los casos.

  • ¿Qué ocurre si mi actividad cesa y sigo trabajando como asalariado?
  • ¿Y si formo parte de un ERTE, pero sigo dado de alta como autónomo?
  • ¿Son compatibles las prestaciones por desempleo como trabajador asalariado y la que ofrece cobertura en caso de cese de actividad?

Soy autónomo y trabajo por cuenta ajena ¿Tengo derecho a paro?

Pues lamento informarte de que no es posible percibir la prestación por desempleo si mantienes tu actividad como autónomo, al igual que por regla general no se permite cobrar la prestación por cese de actividad si se mantiene el alta como trabajador por cuenta ajena.

Además, en el caso de la prestación por desempleo esto es así sin excepciones, es decir, incluso si te vieras afectado por un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) o un ERE (Expediente de Regulación de Empleo), no podrás cobrar la prestación por desempleo y seguir dado de alta como autónomo.

En ese caso, tendrías que tramitar la baja como autónomo en el RETA con antelación a la fecha en que se celebrase la suspensión del contrato o reducción de la jornada laboral para tener posibilidad de acceder a la prestación por desempleo sin que el Servicio Público de Empleo Estatal considere que existe fraude y que por tanto no te encuentras en situación legal de desempleo.

En cualquier caso, ambas prestaciones seguirían siendo incompatibles. Por ende, aunque por casualidad te hubieses visto obligado a cesar tu actividad el mismo día en el que terminase tu contrato o se redujese tu jornada de trabajo, igualmente tendrías que elegir entre una de las dos prestaciones.

¿Y si me veo obligado al cese de actividad pero sigo trabajando por cuenta ajena?

En este caso, como adelantaba, aunque la regla general es la incompatibilidad, desde enero de 2023 contamos una excepción:

Si en el momento del cese te encuentras en situación de pluriactividad y la suma de la retribución mensual media de los últimos cuatro meses de tu trabajo por cuenta ajena junto con la prestación por cese de actividad que te correspondería no superan el Salario Mínimo Interprofesional vigente, podrás acceder a cobrar la prestación por cese de actividad.

¿Y si ya estoy cobrando la prestación por desempleo y quiero darme de alta como autónomo para iniciar una actividad?

En este caso, si que se permite iniciar la actividad y seguir cobrando la prestación por desempleo durante un periodo máximo de nueve meses, pero ¡ojo! que debes solicitar la compatibilización de la prestación.

Si te encuentras en este supuesto, no te la juegues y deja que nuestros asesores expertos se encarguen de tramitar tu alta con la correspondiente solicitud de compatibilización.

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • Lety dice:

    Hola,
    Soy autónoma y por una pérdida de varios clientes esenciales me estoy viendo abocada a cerrar. Mi pregunta es: si encuentro trabajo en una empresa, antes de gestionar mi cese de actividad, ¿estos años cotizados como autónoma me darían derecho a paro cuando la empresa prescinda de mis servicios? Me planteo opositar y llevaba más de 3 años como autónoma y quiero ver si puedo compaginarlo

  • ramon dice:

    Buenas tardesa 14 de marzo yo estaba trabajando por cuenta propia y por cuenta ajena, me afecto un erte y se me denegó prestación.El 29 de junio se me rescato del erte y a 30 de julio me di de baja de autonomos. El 16 de septiembre se me volvio a afectar en un erte y de nuevo se me denegó la prestación ( incluso estando ahora solo en un regimen)Hice la reclamacion y llevo 6 meses sin cobrar nada y todavia no e recibido la respuesta del sepe por escrito aunque me adelantan que no me lo reconoceran . Que puedo hacer’Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Ramón,

      Vaya faena, efectivamente parece que ha habido un error en tu solicitud pero tienes que intentar ponerte en contacto con el SEPE, te aconsejo llamar a primera hora y refrescar la página web para intentar coger cita.

      Suerte

  • ANA dice:

    Buenos días:Yo trabajo por cuenta ajena y también estoy dada de alta en autónomos. Mi negocio propio está en cese de actividad, pero yo no percibo ninguna ayuda por contar con el trabajo por cuenta ajena. En breve me van a despedir en mi trabajo actual y me iré al paro. Mi pregunta es si para cobrar la prestación por desempleo me tengo que dar de baja en autónomos. Por otro lado, si cerramos definitivamente el negocio propio, tendría derecho a los dos paros?Gracias 

    • GesTron dice:

      Hola Ana,

      La prestación por desempleo de tu trabajo por cuenta ajena no puedes percibirla si mantienes una actividad como autónoma. La única forma de compatibilizarlo, sería darte primero de baja de autónomos y volver a realizar el alta, teniendo, desde ese momento, un plazo de 15 días para solicitar tu prestación por desempleo. Los autónomos no tienen derecho a paro como tal, pero puedes revisar los requisitos para solicitar la prestación por cese de actividad en caso de que decidas cerrar tu negocio. Un saludo!

  • Víctor Daniel dice:

    Pero en los formularios pone que mientras que el salario por cuenta ajena no sea superior al 1,25 veces el SMI o entre cuenta propia y cuenta ajena 2,2 veces el SMI tienes derecho al 50% de la cotización mínima. La cuestión es si en el momento de la solicitud está en pluriactividad o si entran en pluriactividad despues, que también es mi caso. Entiendo que habría derecho siempre que no se supere 2,2 veces el smi.

  • Jéssica dice:

    Buenos días, quería preguntaros una duda, yo estaba en pluriactividad hasta el 31 de Octubre, que la empresa donde trabajaba por cuenta ajena me ha despedido, a la vez he solicitado y me han concedido la ayuda para autónomos por cese de actividad temporal por el covid de 472€, mi duda es, yo cuando me di de alta como autónoma hace 1 año y medio no capitalicé el paro ni nada y tengo todo, y quisiera saber si lo puedo solicitar o no es compatible con el cese de actividad temporal de autónomos que estoy teniendo por el covid.
    Gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Jessica,

      Para solicitar la capitalización del paro no puedes haber iniciado tu actividad económica ni haber realizado el alta en la Seguridad Social. Tampoco podrías solicitar la prestación por el desempleo de tu anterior trabajo por cuenta ajena, a no ser que vuelvas a trabajar para una empresa y quedes de nuevo en situación de desempleo. Cualquier duda puedes ponerte en contacto directamente con nuestra asesoría empresas y autónomos, donde estudiaremos tu caso para ver como puedes beneficiarte de alguna ayuda.

      ¡Un saludo!

  • Marina dice:

    Hola, yo soy autónoma y estoy cobrando La prestación por el cese de actividad ya que tengo unas salas de fiestas infantiles que están cerradas desde el 13/3/20.
    Si decido ponerme a trabajar por cuenta ajena en una actividad totalmente diferente a la que tengo como autónoma y también sigo con mi negocio de las salas de fiestas porque cuando pueda volveré a abrir… seguiré cobrando la prestación por cese de actividad? Yo seguiré pagando los autónomos ya que las dos actividades en un futuro serán compatibles…
    Gracias!

    • GesTron dice:

      Hola Marina,

      Sí, podrás seguir recibiendo la prestación por cese de actividad cumpliendo los requisitos del cese extraordinario y sin recibir otra prestación. Un saludo!

  • FERNANDO dice:

    Hola, estoy en pluriactividad desde marzo de este año, con lo que me beneficio de la tarifa plana, pero ahora en octubre la empresa en la que trabajo por cuenta ajena me va a meter en un erte al 50%, por lo que para poder cobrar el erte, me tendría que dar de baja de autónomo. Mi pregunta es la siguiente, ¿me tenría que dar de baja de la SS o simplemente con el cese de actividad valdría para poder cobrar el ERTE? , ya que como autónomo no estoy facturando nada y me interesa tener algún ingreso aunque sea el ERTE, es que creo que si me doy de baja de autónomos, pierdo los privilengios de la tarifa plana.

    Si alguien le ha pasado algo parecido, me gustaría que me pudiera contestar.

    Un saludo y gracias.

  • Paloma dice:

    Hola, hasta el 23 de marzo estuve como autónoma y trabajando en empresa por cuenta ajena. Me di de baja como autónoma el 23 de marzo y el 24 de marzo la empresa tb me incluyó en ERTE. El SEPE me ha denegado el pago del ERTE por ser autónoma, aunque sigo como dada de alta por la empresa que ha solicitado el ERTE para mi hasta octubre. No me lo conceden y no sé si puedo reclamar

    • GesTron dice:

      Hola Paloma,

      Sí, te aconsejo que reclames, seguramente al SEPE le constaba en ese momento que tú seguías como autónoma y por eso te lo denegaron.

      Espero que lo puedas solucionar.

      Un saludo

  • Carmen dice:

    Hola,
    Sigo en ERTE con mi empresa pero estoy pensando en hacerme autónomo por tiempo parcial para poder mejorar mis ingresos y espero que calidad de vida con una nueva actividad. Si me doy de alta como autónomo pierdo mi derecho al ERTE? El erte es realmente el único ingreso que tengo y me preocupa este hecho. Muchas gracias

  • Yurmaris dice:

    Hola estoy en erte por parte de la empresa ajena en la que trabajo el cual hasta la fecha no lo he cobrado por parte del Sepe y soy autónoma Me tengo que dar de baja como autónoma para que me puedan reconocer el erte desde Marzo? No se que hacer esto ha sido muy contradictorio

    • GesTron dice:

      Hola Yurmaris,

      Tienes derecho a la prestación por ERTE independientemente de si eres o no autónoma. Ponte en contacto con el SEPE para que revisen tu caso, aunque es cierto que la cosa está aún un poco saturada respecto a este tema. Aún así, te animo a intentar solucionarlo directamente con el organismo. Aún realizan consultas de forma telefónica, sólo tendrás que tener algo de paciencia hasta que te atiendan.

      • Victoria dice:

        Buenos días, aunque te hayas dado de baja de autónomos para cobrar el erte de la empresa en la que trabajas no lo cobrarás por haber sido autónomo. Esta es la información que he recibido personalmente del sepe

  • JOSE SÁNCHEZ dice:

    Buenos días y gracias de antemano.

    Estaba como trabajando como autónomo y me he visto avocado a un «cese de actividad». Mi pregunta es, ¿puedo seguir cobrando esta ayuda (o es compatible) e incorporarme a trabajar a una empresa por cuenta ajena?. En sus comentarios dice que es compatible cuando ambas -propia y ajena- estaban ya en marcha, mi duda es que yo EMPIEZO en ajena partiendo de estar ya en «cese de actividad».
    Saludos

    • GesTron dice:

      Hola Jose,

      Me temo que al no estar en situación de desempleo real, dado que cuentas con otro trabajo y, por ende, fuente de ingresos, no tendrás derechos a acceder a dicha prestación.

  • maria dice:

    Mª ángeles estoy igual que tú. Ayer día 29 de julio conseguí hablar son el SEPE. Me dijeron que no tengo derecho a cobrar el Erte por ser además autónoma, al igual que tampoco tenemos derecho a paro. ¿Entonces de qué sirve cotizar dos veces? Oiga, si en momentos de dificultad me voy a quedar con una mano por delante y otra por detrás para eso no me haga cotizar dos veces. No estaría encantada apenas la empresa para la que trabajo de no tener que hacerse cargo de ese coste.
    No sé si esto pasa igual si eres empleado por cuenta ajena de dos pagadores diferentes.
    Creo que sinceramente que para que esta situación cambie los autónomos pluriempleados deberíamos unirnos para tener visibilidad y hacer algo de presión porque los que somos autónomos y trabajamos por cuenta ajena lo hacemos porque lo necesitamos, no por amor a trabajar jornadas de 15 horas.

  • M Angeles dice:

    Buenas tardes;
    Yo estoy en un Erte, por la empresa desde que empezo el estado de alarma por covi19.
    A dia de hoy no he cobrado nada por parte del Sepe, pero en cambio me di de baja por el tema del Covi 19 de Autonomos y la mutua me ha pagado,.
    La pregunta a todo esto es que si el comentario y la información facilitada mas arriba es correcta, porque a dia de hoy no me han pagado nada del Sepe y ni siquiera he recibido contestacion alguna por el Sepe.
    Si alguien sabe algo de esto me gustaria que me contestara.
    Un saludo y gracias a todos.

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