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¿Se puede ser autónomo y trabajar por cuenta ajena a la vez?

Una de las dudas que más veces he resuelto en mi vida como gestor es la que podéis leer en el título de esta pregunta. Una y otra vez me han preguntado «¿puedo ser autónomo y trabajar por cuenta ajena al mismo tiempo?«.

Hoy vengo a resolver esa duda para que todos podáis saber si se puede compaginar o no la vida laboral con el autoempleo.

¿Puedo ser autónomo y trabajar en una empresa?

No os voy a dejar más con la intriga: sí, se puede ser trabajador por cuenta ajena y autónomo a la vez. Es una opción muy buena para aquellos que quieran compaginar su empleo de toda la vida con alguna actividad que quieras llevar a cabo por tu cuenta.

Ser autónomo y empleado a la vez tiene el nombre de pluriactividad. Para la Seguridad Social esto significa que el trabajador en cuestión está cotizando en dos o más regímenes de la Seguridad Social. ¿Qué quiero decir con esto? Que, en definitiva, estás pagando «por dos» a la Seguridad Social como trabajador autónomo (en el RETA) y como empleado.

👨‍⚖️ ¡Ojo! Pluriempleo no significa lo mismo que pluriactividad. Según la Seguridad Social, un pluriempleado es aquel que trabaja por cuenta ajena y presta servicios a dos o más empresas distintas en el mismo régimen de la Seguridad Social.

En definitiva, puedes ser pluriactivo y convertirte en un trabajador por cuenta ajena que también presta sus servicios como autónomo. Solo tendrás que darte de alta como autónomo y podrás empezar a compaginar ambas actividades.

Si prefieres que un experto tramite tu alta como autónomo y además quieres quitarte de papeleo, puedes echar un vistazo aquí para conocer el servicio que tengo preparado para ti. Sabemos por experiencia que si algo le falta a un asalariado que además es autónomo… ¡es el tiempo!

¿Puedo tener una SL y trabajar por cuenta ajena?

También puedes. Puedes ser un autónomo societario y ser empleado de otra empresa al mismo tiempo.

Es importante conocer que desde hace años los autónomos societarios tienen derecho a disfrutar de la tarifa plana al igual que el resto de autónomos.

Ahora bien, también existe la posibilidad de ser socio trabajador de una SL y cobrar por nómina, lo que significaría pluriempleo y no pluriactividad, ya que estarías con dos trabajos asalariados en el Régimen General de la Seguridad Social (RGSS).

Beneficios de ser autónomo y asalariado

Seguro que estás pensando lo siguiente: ¿tengo que pagar dos veces a la Seguridad Social y no tengo ningún tipo de descuento o bonificación? 

Pues lo cierto es que existía una bonificación por pluriactividad hasta 2023, que se traducía en lo siguiente:

  • Primeros 18 meses como autónomo: reducción de un 50% de la base mínima.
  • Siguientes 18 meses como autónomo: reducción de un 75% de la base mínima.

Había que elegir al darse de alta como autónomo entre esta bonificación y la tarifa plana, y lo cierto es que esta última salía más rentable el 95% de las ocasiones, así que nunca resultó demasiado útil; hasta el punto que la eliminaron.

De este modo, el beneficio que tienen actualmente quien sea autónomo y trabajador por cuenta ajena es la devolución del exceso de cuotas.

Devolución del exceso de cuotas

Cuando eres autónomo y trabajador por cuenta ajena estás cotizando por conceptos idénticos a la Seguridad Social en dos regímenes distintos: el RGSS y el RETA.

Por este motivo, la Seguridad Social te devolverá el 50% de tus cotizaciones, siempre que cuando la totalidad de las cotizaciones ingresadas por contingencias comunes, en ambos regímenes, supere una cuantía determinada que varía año a año.

Normalmente esta devolución se abona a primeros del mes de mayo, y se realiza de oficio, sin que tengas que solicitar nada.

¿Tendré dos pensiones de jubilación si he sido autónomo y asalariado?

Sí, podrás cobrar una por autónomo y otra por haber trabajado por cuenta ajena, siempre y cuando hayas cotizado durante al menos 15 años en ambos regímenes.

En caso de que no llegues a los 15 años en alguna de las dos opciones, puedes acumular la cotización en aquel régimen en el que sí puedes cotizar.

👩‍🏫 ¡Importante! si cobras solo tu pensión de jubilación como asalariado, debes tener en consideración que se sumará el importe de cada día que hayas cotizado en los dos regímenes; pero un día jamás contará como dos días cotizados.

Espero que con este artículo ya no te queden dudas sobre si puedes ser autónomo y trabajador por cuenta ajena a la vez. Eso sí, ten en cuenta que si ser autónomo ya es duro de por sí, compaginarlo con un trabajo por cuenta ajena es más duro todavía. Por ese motivo no te recomiendo perder el tiempo con los papeleos y trámites, que ya bastante tendrás con lo tuyo. Déjalo mejor en manos de Ayuda T Pymes.

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